REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ODINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS.

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY. ACTUANDO EN ESTA SEDE DE MANERA TRANSITORIA.

Chivacoa: 8 de agosto de 2014
AÑOS: 204º y 155º

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos MARITZA ISABEL AVENDAÑO FERNÁNDEZ y CARLOS JOSÉ NAVEA TOVAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 7.577.906 y 11.645.880, domiciliado (la primera), en el sector la Arenera, Palito Blanco, Municipio La Trinidad del Estado Yaracuy, (el segundo), en el sector la Arenera, Palito Blanco, Municipio La Trinidad del Estado Yaracuy, SIN PERJUICIOS DE TERCERO DE IGUAL O MEJOR DERECHOS, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de La Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO, sobre un lote de terreno propiedad municipal que mide MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO METROS CUADRADOS CON SESENTA Y TRES CENTIMETROS (1428,63 mts2), ubicada en el callejón el Carmen con calle N° 20, sector Palito Blanco, Municipio La Trinidad del Estado Yaracuy, y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Terreno ocupado por Graciano Rodríguez con callejón de por medio; SUR: Parcela ocupada por Carlos Escudero; ESTE: Finca Calicanto y OESTE: Parcela ocupada por Yuscarli Navea, sobre su superficie existe: un tanque, construido con paredes de bloque de cemento, el cual tiene un área de veinticuatro metros cuadrados (24,00 mts2) y se encuentra cercado al frente, fondo, lateral derecho con estantillos de madera y cinco (05) cuerdas de alambre púas. El costo total de dicha bienhechurías es de DOSCIENTOS MIL BOLÍVARES (200.000,00 Bs), a favor del ciudadano EDUARDO JOSÉ CASTELLANO BARRETO, venezolano, mayor de edad, soltero, hábil en derecho, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.768.952. Regístrese, publíquese y déjese copia certificada, a los efectos indicados en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Notifíquese mediante oficio a la ciudadano Sindico Procuradora del Municipio La Trinidad del Estado Yaracuy sobre el presente fallo, de conformidad con la parte in fine del Artículo 153 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, y una vez cumplido este requisito, devuélvase original con sus resultas a la parte interesada, una vez que sean proveídas por esta las copias fotostáticas relativas a la misma.
El Juez Temporal,

Abg. Osmar José Klemm Gutiérrez.
El Secretario,

Abg. Villasmil Antonio Petit

Se dará cumplimiento a lo ordenado en la anterior decisión. En ésta misma fecha, siendo las tres y diez de la tarde (03:10 Pm) se registró y publicó la anterior decisión.
El Secretario,

Abg. Villasmil Antonio Petit

OJKG/vap/mcgv.
N° 005/14