REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS URACHICHE Y JOSE ANTONIO PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Urachiche, 24 de Abril de 2014
Años: 204° y 154°
Exp. Nº 1827-2014.-
(Titulo Supletorio)
Vista la solicitud formulada por la ciudadana YETSIMAR ALEJANDRA MARTINEZ PEROZA, al final del escrito que encabeza estas actuaciones y las declaraciones de los testigos jurados, ciudadanos: MARIUSKA DEL CARMEN DIAZ LOVERA y JORSEWILLIAMNS WILSON VILORIA MORALES, titulares de las cedulas de identidad Nros V-25.513.152 y V-18.438.818 respectivamente, este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y conforme a la Resolución Nº 2.009-0006 de fecha 18 de Marzo del 2.009 de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana: YETSIMAR ALEJANDRA MARTINEZ PEROZA, titular de la cédula de identidad N° V-19.265.104, sobre unas bienhechurías en un lote de terreno de origen Municipal, con un área total de terreno de DOSCIENTOS DIECIOCHO METROS CON CUARENTA CENTÍMETROS CUADRADOS (218,00 Mts.2); ubicado en Final Callejón Jiménez con Final Calle 02, Barrio El Tanque del Municipio José Antonio Páez del Estado Yaracuy; cuyos linderos son los siguientes: NORTE: O.C.V. SOL NACIENTE; SUR: CALLEJON JIMENEZ; ESTE: VILLA BOLIVARIANA; y OESTE: PARCELA SRA. YURIMARE LOBO. Las referidas bienhechurías consisten en una cerca perimetral con las siguientes características: Estantillos de concreto de alambre de púas y tela metálica. Devuélvase original a la interesada a los fines solicitados, sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 555 del Código Civil. Déjese copia de esta providencia.
La Juez Temporal,
Abg. MARIA TERESA SCALA LODATO;
La Secretaria,
Abg. Yuly R. Suárez V.
En la misma fecha se devuelve constante de QUINCE (09) folios útiles.
La Secretaria;
Abg. Yuly R. Suárez V.-
|