REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS URACHICHE Y JOSE ANTONIO PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Urachiche, 09 de Abril de 2014
Años: 203° y 155°
Exp. Nº 1758-2013.-
Titulo Supletorio
Vista la solicitud formulada y las declaraciones de los testigos jurados, ciudadanos: ABIGAIL SEGUNDO SOTO DIAZ y GERMAN JOSE PUERTAS, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.836.828 y V-10.855.611 respectivamente, este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y conforme a la Resolución Nº 2.009-0006 de fecha 18 de Marzo del 2.009 de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos JUANA BAUTISTA GIMENEZ PEREZ y JOSE RUBEN VELASQUEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros V-10.855.218 y V-10.112.727 respectivamente, sobre unas bienhechurías en un terreno que se encuentra bajo Regularización de la Tenencia de la Tierra, según decreto N° DA-2011-004 de fecha 14 de Febrero del 2011, publicado en Gaceta Municipal Extraordinaria N° 586 de fecha 2011; con un área de construcción aproximadamente CUARENTA Y SEIS METROS CON VEINTICINCO CENTIMETROS CUADRADOS (46,25 M2), sobre un área total de terreno de CIENTO SETENTA Y UN METROS CON NOVENTA CENTIMETROS CUADRADOS (171,90, M2); ubicado en la Carrera 1 entre Callejón y Calle El Esfuerzo, El Polvorín, El Porvenir, ámbito Territorial del Municipio Urachiche; siendo sus linderos: NORTE: Con terrenos y bienhechurías que son o fueron ocupados por Rosario Chuello; SUR: Con Carrera 1 que es su frente; ESTE: Con terrenos y bienhechurías que son o fueron ocupados por la ciudadana Johana Rodríguez; y OESTE: Con terrenos y bienhechurías que son o fueron ocupados por la ciudadana Aides Giménez. Dichas bienhechurías consisten en una vivienda, con las siguientes característica: techo de forma a dos aguas, fabricada en losa nervada, paredes de concreto armado, piso de cemento rustico, dos (2) puertas y cinco (5) ventanas de metal con las siguientes comodidades: Un (1) porche, una (1) sala de recibo, dos (2) dormitorios, una (1) sala comedor, un (1) baño, un (1) lavadero con los servicios de aguas blancas y cloacas y luz eléctrica. Devuélvase original a los interesados a los fines solicitados, sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 555 del Código Civil. Déjese copia de esta providencia.
La Juez Temporal,
Abg. MARIA TERESA SCALA LODATO;
La Secretaria;
Abg. Yuly R. Suárez V.
En la misma fecha se devuelve constante de Veintiséis (65) folios útiles.
La Secretaria;
Abg. Yuly R. Suárez V.
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