República Bolivariana de Venezuela
EN SU NOMBRE
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la
Circunscripción Judicial del
Estado Yaracuy

Años: 204º y 155º

ASUNTO: UP11-L-2013-000133

Demandantes: Naridis Mercedes Villegas Castillo y otros, titular de la cédula de identidad N° 16.534.910.

Apoderado: Jorge Rodríguez Arrieche, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 113.809.

Demandada: Colorificio Pordecar, C.A.

Apoderado: Humberto Brito Brito, inscrito en el IPSA bajo el N° 5.180.

Motivo: Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales.

Sentencia: Interlocutoria con fuerza de definitiva.




Se inicia el presente proceso por demanda de Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales interpuesta en fecha 03 de mayo de 2013 por la ciudadana Naridis Mercedes Villegas Castillo, titular de la cédula de identidad N° 16.534.910, en contra de la sociedad mercantil Colorificio Pordecar, C.A.
La demandada fue admitida el 07 de mayo de 2013 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, dejándose constancia expresa de la notificación de la empresa demandada el día 03 de junio de 2013.
El día 19 de julio de 2013 se celebró la audiencia preliminar, en la cual las partes solicitaron la prolongación de la misma y habiéndose celebrado la última de las prolongaciones el 06 de diciembre de 2013 se dio por concluida la misma, debido a la imposibilidad de que las partes llegaran a un acuerdo. Por tal motivo, se acordó incorporar las pruebas promovidas por ambas partes, a los fines de su admisión y evacuación de conformidad con lo previsto en el artículo 74 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Una vez cumplido el lapso previsto en el artículo 135 de la citada ley, fue remitida la presente causa a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial del Trabajo a los fines de su distribución entre los Juzgados de Juicio, correspondiendo a este Tribunal Primero de Juicio del Trabajo conocer del asunto.
En el caso que nos ocupa, el día 12-08-2014 la representante de la empresa demandada la profesional del derecho Rosy Emily Brito, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro. 58.850, en su carácter acreditada en autos, presento diligencia donde consigno transacción celebrada entre la demandada Naridis Mercedes Villegas Castillo, titular de la cédula de identidad N° 16.534.910 y la empresa Colorificio Pordecar C.A., así como la copia del auto de homologación de la misma emanado por este mismo tribunal y solicitando a favor de su patrocinada la cosa juzgada.
De una revisión de las actas procesales, esta juzgadora observa que de la transacción homologada en fecha 30 de marzo de 2014 en el asunto UP11-S-2011-000007 las partes en la cláusula Novena, solicitaron copia certificada a los efectos de ser consignada en este asunto a los fines legales consiguientes, es por lo que se da por terminado el presente asunto, por cuanto quien juzga considera que no existe materia sobre la cual decidir, en consecuencia se ordena remitir en su oportunidad legal con oficio el presente expediente a su tribunal de origen para el cierre y archivo del mismo.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy. En San Felipe, a los catorce (14) días del mes de agosto del año dos mil catorce (2.014).
La Jueza,


Elvira Chabareh Tabback
El Secretario

Luís Eduardo López Pérez

En la misma fecha siendo las 3:49 minutos de la tarde, se publicó y registró la anterior decisión, consignándose al expediente con el que se encuentra relacionada.

El Secretario

Luís Eduardo López Pérez