REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 6 de agosto de 2014
Años: 204º y 155º
Vista la solicitud que dio comienzo a este procedimiento, sus anexos y las declaraciones de los testigos hábiles presentados por la parte interesada, la ciudadana IRIS CAROLINA ARÉVALO FUENMAYOR, venezolana, mayor de edad, soltera, hábil en derecho, domiciliada en la urbanización La Candelaria, calle 3, casa número 2, Palito Blanco, municipio La Trinidad, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº 14.336.503; y el ciudadano FOLKE ELIECER CARRIZALEZ SINGER, venezolano, mayor de edad, soltero, hábil en derecho, domiciliado en la urbanización San Antonio, Transversal 5, casa número 16-10A, municipio San Felipe, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº 13.985.071; este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del ciudadano JORGE LUÍS FIGUEROA, quien era venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº 16.951.237; suficientes para asegurarle el derecho que le corresponde a la ciudadana RAQUEL JOSEFINA FIGUEROA BAZÁN, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, domiciliada en el municipio San Felipe, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº 4.476.745; asistida por el abogado JOSÉ RODOLFO QUINTERO RIVEROS, inscrito en el Inpreabogado según matricula número 40.896. Quedan a salvo los derechos de terceros. Devuélvase las presentes actuaciones que forman el expediente Nº 2.268-14, a los solicitantes y déjese copia en el archivo del tribunal.
El Juez Temporal,

Abg. Raimond M. Gutiérrez M.
La Secretaria,

Abg. Andreina J. Rodríguez R.
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de diez (10) folios útiles, a la parte interesada.
La Secretaria,

Abg. Andreina J. Rodríguez R.


Exp. N° 2.268-14/RMGM/AJRR/jasc.