REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO YARACUY
Chivacoa, 12 de Agosto de 2.014
Años: 203° y 155°
Vista y revisada la presente causa signada bajo el Nº 2103/2012 de Aumento de Obligación de manutención introducida por la ciudadana EILIN KATIUSKA ARIAS DAVID, en contra del ciudadano RAMON ARISTIDES GRIMAN SUAREZ y en beneficio de su hija identidad omitida según artículo 65 de la ley orgánica para la protección del niño, niña y adolescente, por cuanto este Tribunal observa que en fecha 05 de Junio de 2013 se dictó sentencia firme al y por cuanto la demandante presentó su solicitud de Cierre formalmente como consta al folio 138, quedando plenamente notificado el demandado, y visto que de igual manera la Demandante solicitó la apertura de un nuevo procedimiento de aumento de la Manutención por ante la Defensa Publica de este Estado el cual se Homologó por ante el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. Este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, ACUERDA: CERRAR EL PRESENTE EXPEDIENTE DE AUMENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION, archivarlo, desincorporarlo del inventario real y remitirlo en su oportunidad al Archivo Judicial para su guarda y custodia.
El Juez,
La Secretaria,
Abg. EFRAIN BALLESTER ACOSTA Abg. Erlen Martínez
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado, en el auto que antecede.
La Secretaria,
Abg. Erlen Martínez
EBA/EM/klency.-