República Bolivariana de Venezuela
En Su Nombre
Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medida de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides
Bastidas de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy
Chivacoa: Lunes, Trece (13) de Octubre del 2014
AÑOS: 204º y 155º


Actuando en sede civil.
LA SOLICITANTE: Ciudadana INA MERCEDES PALACIOS DE PÉREZ, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 3.711.849 y domiciliada en la Ciudad de San Pablo, Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy.

ABOGADO ASISTENTE: Ciudadano ALEXANDER J. GAMEZ PÉREZ, quien está inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 140.760.


EXPEDIENTE NÚMERO: 026/14.


MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO.

Se inicia la presente causa, mediante escrito de SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO y los recaudos acompañados del mismo, presentados por la ciudadana: INA MERCEDES PALACIOS DE PÉREZ, venezolana, mayor de edad, de estado civil casada, titular de la Cédula de Identidad N° 3.711.849, asistido por la Abogado ALEXANDER J.GAMEZ PÉREZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 140.760, en el cual solicita la Rectificación de Acta de Nacimiento numero N°184, Folio 55 del año 1951, inserta en el Libro de Registro de Nacimiento del Registro Principal del Estado Yaracuy; por cuanto se incurrió en error material involuntario, al momento de ser asentada, en el sentido que identificaron mi nombre como “HILDA MERCEDES”, siendo lo correcto y cierto “INA MERCEDES”, todo evidenciado en los documento públicos presentados: Copia Certificada de Acta de Nacimiento de Registro Principal del Estado Yaracuy de la ciudadana “INA MERCEDES”, (folios 3 y 4), Actualización de datos Filiatorios otorgado por la Dirección de Dactiloscopia y Archivo Central Departamento de datos Filiatorios, (folio 5), Partida de Nacimiento Certificada de la ciudadana Hilda Mercedes, (folio 6), Copia fotostática de Cédula de Identidad de la ciudadana INA MERCEDES PALACIOS DE PEREZ, (folio 7), Copia Certificada de Solicitud de Título Supletorio por la ciudadana INA MERCEDES PALACIOS DE PÉREZ,(folios 8 al 12), Copia fotostática del Acta de Nacimiento del ciudadano SERGIO EURIBE, hijo de la ciudadana INA MERCEDES PALACIOS DE PÉREZ, (folio 13), Copia fotostática del Acta de Nacimiento de la ciudadana YUDELKA YESENIA, hija de la ciudadana INA MERCEDES PALACIOS DE PÉREZ, (folio 14), Copia fotostática del Acta de Nacimiento de la ciudadana YELITZA MERCEDES, hija de la ciudadana INA MERCEDES PALACIOS DE PÉREZ, (folio 15), Copia fotostática de Acta de Matrimonio de los ciudadanos INA MERCEDES PALACIOS y JOSÉ HILARIO PÉREZ LINAREZ, (folio16), Copia fotostática de Registro Electoral de la Ciudadana INA MERCEDES PALACIOS DE PÉREZ, (folio 17), Copia Certificada de Reconocimiento de Documento Privado en su Contenido y Firma. (folios 18,19 y 20), Copia fotostática de Registro Electoral de la Ciudadana INA MERCEDES PALACIOS DE PÉREZ, (folio 21), Copia Fotostática de Reconocimiento de Documento Privado en su Contenido y Firma. (folios del 22, al 24).
DE LA ADMISIÓN DE LA DEMANDA
El 4 de Agosto del año 2014, (folio 27) la solicitud fue admitida por el Abg. Osmar José Klemm Gutiérrez, Juez Temporal de este Juzgado, por cuanto a la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres ni alguna disposición de la Ley, acordándose librar Boleta de Notificación al Fiscal Séptimo del Ministerio Publico del Estado Yaracuy.
En fecha 4 de Agosto de 2014, (folio 28), se acordó librar Edicto con la finalidad de que cualquier persona que tenga interés manifiesto y directo en el asunto, concurra ante este Tribunal al Acto de Oposición a la demanda, el cual tendrá lugar al DÉCIMO (10º) DÍA DE DESPACHO SIGUIENTE A LA FIJACIÓN, PUBLICACIÓN Y CONSIGNACIÓN EN AUTOS DEL EJEMPLAR DEL PERIÓDICO DONDE APAREZCA PUBLICADO EL PRESENTE EDICTO, y pueda invocar todos los alegatos que tengan a bien sobre dicha solicitud, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 770 del Código de Procedimiento Civil.
En fecha 4 de agosto de 2014 (folio 29), se acordó librar Boleta de de Notificación al Fiscal Séptimo del Ministerio Publico del Estado Yaracuy.
En fecha 8 de Agosto la ciudadana INA MERCEDES PALACIOS DE PÉREZ, consigna edicto publicado en el Diario Yaracuy Al Día de fecha 8 de Agosto del año 2014. Agregándose en el presente expediente. (Folios 30, 31 y 32)
En fecha 11 de Agosto del 2014, (folio 33), el Alguacil Titular de este Tribunal consignó Boleta de notificación debidamente firmada el 08 de Agosto del 2014, por la Fiscalía Séptima del Ministerio Publico.
En fecha 14 de agosto de 2014 se recibe OPINION FAVORABLE de la Fiscal Séptimo del Ministerio Público del Estado Yaracuy Ordenándose agregar al expediente en esta misma fecha.
En fecha 26 de Septiembre del 2014, este Tribunal mediante Auto abre articulación probatoria de conformidad con el artículo 771 del Código de Procedimiento Civil (folio 35).
Llegada la oportunidad de decidir lo conducente se procede a ello de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 773 del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente, previa las siguientes consideraciones: PRIMERO: La solicitud ha sido ejercida por la ciudadana INA MERCEDES PALACIOS DE PÉREZ, parte interesada en la presente solicitud. SEGUNDO: Consta suficientemente de la documentación presentada conjuntamente con el escrito de solicitud, el cual cursa en los folios (01 al 24), que dicha Acta de Nacimiento debe ser corregida de la forma que a continuación se expresa: identificaron de la ciudadana como “HILDA MERCEDES PALACIOS DE PÉREZ, siendo lo correcto y cierto “INA MERCEDES PALACIOS DE PÉREZ”
En merito de las razones antes expuestas y por apreciar que se encuentran llenos los extremos del artículo 773 del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente. Este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley procederá de la siguiente manera:
DECLARA
PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento de la ciudadana “INA MERCEDES PALACIOS DE PÉREZ”, venezolana mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° 3.711.849; Acta de Nacimiento llevada por el Registro Principal del Estado Yaracuy, número 184, folio 55 del Libro de Registro de Nacimiento, del año 1951, en tal sentido que donde aparezcan los siguientes errores sean corregidos de manera que el nombre de la ciudadana que lo identificaron como “HILDA MERCEDES PALACIOS DE PÉREZ”, siendo lo correcto INA MERCEDES PALACIOS DE PÉREZ.
SEGUNDO: Líbrense Oficios al Registro Civil de San Pablo, Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy, y al Registro Principal del Estado Yaracuy a los fines de que se estampe la respectiva nota marginal de conformidad a lo establecido en el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil Venezolano en concordancia con el artículo 152 de la Ley Orgánica del Registro Civil.
Publíquese en la página web de este Juzgado, regístrese, déjese copia Certificada de la presente Sentencia.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipio Sucre La Trinidad y Arístides Bastidas de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. En Chivacoa, a los 13, días del mes de ¬¬¬¬¬Octubre de 2014.


EL JUEZ TEMPORAL

ABG. OSMAR JOSÉ KLEMM GUTIÉRREZ
EL SECRETARIO
ABG. VILLASMIL ANTONIO PETTIT

En esta misma fecha, siendo la hora de las dos y treinta de la tarde (02:30 Pm.) se registró y se publicó la anterior decisión.-
EL SECRETARIO
ABG. VILLASMIL ANTONIO PETTIT
OJKG/mcgv
EXP026/14