REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS URACHICHE Y JOSE ANTONIO PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Urachiche, 13 de Agosto de 2014
Años: 204° y 155°

Exp. Nº 1915-2014.-
(Titulo Supletorio)

Vista la solicitud formulada por el ciudadano RAFAEL TEODORO SANDOVAL, al final del escrito que encabeza estas actuaciones y las declaraciones de los testigos jurados, ciudadanos: JOSE DOMINGO PICHARDO y JUAN BAUTISTA PRINCIPAL, titulares de las cedulas de identidad Nros V-2.967.145 y V-7.519.410 respectivamente, este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y conforme a la Resolución Nº 2.009-0006 de fecha 18 de Marzo del 2.009 de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor del ciudadano: RAFAEL TEODORO SANDOVAL, titular de la cédula de identidad N° V-1.268.593, sobre unas bienhechurías en un lote de terreno propiedad del Municipio, con un área de terreno de SEISCIENTOS SESENTA Y UN METROS CUADRADOS CON NOVENTA CENTÍMETROS CUADRADOS (661,90 Mts.2), con un área total de construcción de SETENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON VEINTIOCHO CENTIMETROS CUADRADOS (77,28 Mts2); ubicado en la Calle 05 con Carreras 02 y 03, Barrio Copa Redonda del Municipio José Antonio Páez, Estado Yaracuy; cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Parcela de la Sra. María Dolores Sandoval, en línea de 31,95 metros; SUR: Parcela y vivienda de la Sra. Anacleta Castillo, Parcela y vivienda de la Sra. Isabel Mogollón y Parcela y Casa de la Sra. Marcela León, en línea de 39,07 metros; ESTE: Calle 04, en línea de 28,40 metros; y OESTE: Parcela y casa del Sr. Juan Oviedo y Parcela y casa del Sr. Oscar Rodríguez, en línea de 25,45 metros. Las referidas bienhechurías consisten en una Casa Unifamiliar, con las siguientes características: paredes de bloques, piso de cemento, techo de zinc, distribuida de la siguiente manera: dos (02) dormitorios, una (01) sala de baño, una (01) cocina y un (01) anexo. Devuélvase original al interesado a los fines solicitados, sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 555 del Código Civil. Déjese copia de esta providencia.

La Juez Temporal,


Abg. MARIA TERESA SCALA LODATO;

La Secretaria,



Abg. Yuly R. Suárez V.

En la misma fecha se devuelve constante de NUEVE (09) folios útiles.

La Secretaria,



Abg. Yuly R. Suárez V.