TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NINAS Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR. EXTENSION CIUDAD BOLÍVAR
Ciudad Bolívar, 09 de diciembre del 2014
204º y 155º
ASUNTO: FP02-V-2014-000218
RESOLUCIÓN Nº PJ0822014000957
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
Vista la diligencia de fecha:13-11-2014, suscrita por el ciudadano: RICHARD HERNANDEZ, en su carácter de apodera judicial de la parte actor el ciudadano LUIS ENRIQUE RODRIGUEZ HERNANDEZ, titular de la cedula de identidad Nº 14.969.038, mediante la cual DESISTES del presente PROCEDIMIENTO del presente juicio de DIVORCIO 185-A; este Tribunal, acuerda la solicitud por no ser contrario a derecho, al orden público y a ninguna disposición expresa de Ley, procediendo de conformidad con la voluntad expresa de las partes y ajustado a las previsiones de la norma contenida en el Artículo 265 del Código del Procedimiento Civil, el cual expresa: “Los solicitantes podrá limitarse a desistir del procedimiento; pero si el desistimiento se efectuare después del acto de la contestación de la demanda, no tendrá validez sin el consentimiento de la parte contraria”, en consecuencia le imparte su HOMOLOGACION al presente DESISTIMIENTO, dando en consecuencia, por consumado el acto procediendo para todos los efectos como si se tratase de Sentencia pasada en Autoridad de cosa Juzgada, y así se declara. Se ordena devolver los documentos originales acompañados con el libelo de la solicitud, previa su certificación por secretaria. Déjese Constancia en el Libro Diario de Actuaciones.
ABG. LOLIMAR GARCIA HURTADO
Jueza Titular del Tribunal Primero de Primera Instancia
de Mediación, Sustanciación y Régimen Procesal Transitorio
del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
del Estado Bolívar, Extensión Ciudad Bolívar
Secretario (a) de Sala
ABG. CAROLINA QUIJADA GUEVARA
LGH/EleniceAbreu.asistente
|