REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO HERES DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR
Ciudad Bolívar, ocho de diciembre de dos mil catorce
204º y 155º
RESOLUCION Nº: PJ0252014000339
ASUNTO: FP02-S-2014-0003475

Por recibida y vista la presente solicitud de declaración DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS presentada por los ciudadanos AMERICA JOSEFINA DELGADILLO DE VIVAS, JOSE GREGORIO VIVAS RONDON, JOCKYS OMAR VIVASRONDON, y DAMARISIS LISBETH VIVAS RONDON, titular de la cédula de identidad Nº V-4.006.572, 10.552.932, V-10.553.387, y V-9.905.733 respectivamente, debidamente asistidos por la profesional del derecho RIGUBERTA ROJAS, abogada en ejercicio e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 150.227, de este domicilio, este Tribunal a los fines de emitir el pronunciamiento correspondiente sobre la admisibilidad observa:
Que el presente asunto versa sobre una solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, mediante la cual se pretende que este Tribunal declare como único y universal heredero de la de cujus OAMR DE JESUS VIVAS, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-2.793.051, fallecida ab intestato en fecha tres (03) de diciembre del 2012, como se desprende en el escrito de la presente solicitud a los ciudadanos AMERICA JOSEFINA DELGADILLO DE VIVAS, JOSE GREGORIO VIVAS RONDON, JOCKYS OMAR VIVASRONDON, y DAMARISIS LISBETH VIVAS RONDON.
En fecha veinticinco (25) de noviembre de 2014, este Tribunal insto al la solicitante a que consigne en un lapso de CINCO (05) días de despacho la Copia Certificada del de cujus OMAR DE JESUS VIVAS, así como también las copias Certificadas de las Partidas de Nacimiento de los descendientes JOSE GREGORIO VIVAS RONDON, JOCKYS OMAR VIVAS RONDON, y DAMARISIS LISBETH VIVAS RONDON. Revisada las actuaciones que acompañan la solicitud se evidencia que hasta la presente fecha la solicitante no ha dado manifestación alguna de lo instado aunado a que ha vencido el lapso.
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, declara INADMISIBLE la solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS UNIVERSALES HEREDEROS presentada por los ciudadanos AMERICA JOSEFINA DELGADILLO DE VIVAS, JOSE GREGORIO VIVAS RONDON, JOCKYS OMAR VIVASRONDON, y DAMARISIS LISBETH VIVAS RONDON, en consecuencialmente se declara terminado el presente procedimiento.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada en el copiador de sentencias que a efectos lleva este tribunal.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en Ciudad Bolívar a los ocho (08) días del mes de diciembre del dos mil catorce. Años: 204º de la Independencia y 155º de la Federación.
El Juez,

Abg. Orlando Torres Abache.-
La Secretaria,


Abg. Emilia Caminero Sambrano.

En la misma fecha se publico la presente sentencia, siendo las nueve y cuarenta minutos de la mañana (9:40 a.m.).- Conste.-
La Secretaria,

Abg. Emilia Caminero Sambrano.