REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa, 12 de diciembre del 2014
Años: 203° y 154°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: JOSE JUVENAL ANDRADES ORTEGA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 4.480.45 y domiciliado en la Calle Caja de Agua de la Parroquia Campo Elías, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y ADEMIS ALBERTO CUICAS CASTRO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 6.701.940 y domiciliado en la Calle Caja de Agua de la Parroquia Campo Elías, Municipio Bruzual Estado Yaracuy; Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana ADELMIRA SUSANA GONZALEZ AGATON, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. V- 19.712.789 y de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuría que la solicitante dice poseer sobre un lote de terreno propiedad del Inti y mide una superficie de DOS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON CINCUENTA CENTIMETROS, (2.676,50 MTS) en un área de construcción de SESENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS, (64,00 MTS), ubicado en la calle 4 Entre Vereda 5 y Terrenos Agrícola Comunidad Alto del Rio, Campo Elías, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; Con las siguientes características: Una casa de una (1) sola pieza, construida con Paredes de bloque, techo de zinc, piso de tierra con una (1) puertas de entrada de madera, cercada perimetralmente dichas bienhechurías con empalizadas construida con estantillos de madera viva y muerta con ocho (8) cintas o pelos de alambre de púas con servicios de electricidad y aguas blancas. Cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa y solar que es o fue de Damelis Arrieta en 53,00 Ml ; SUR: Casa y solar que es o fue de Brigido González en 53,00; ESTE: Quebrada Chimiture en 50,50 Ml; OESTE: Calle 4 su frente en 50,50; según se evidencia en el CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO, Código Catastral Nº 22-03-01-R02-117-20-67 emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 02 de Julio del año 2013. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el Nº 3412/2014.-
El Juez
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria,
Abg. Erlen Martínez.-