REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa, 17 de Diciembre del 2014
Años: 203° y 154°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: CARLOS RAFAEL RIVAS DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 5.463.265 y domiciliado en la Parroquia Campo Elías Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y EDUARD JHONVERLY GUEDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 16.974.950 y domiciliado en la Calle 24 final en la Comunidad Andrés Bello, Municipio Bruzual Estado Yaracuy; Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor del ciudadano JOSE MAXIMINO PARRA GORDILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. V- 7.916.128 y de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuría que el solicitante dice poseer sobre un lote de terreno Municipal y mide una superficie de MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON SESENTA Y CINCO CENTIMETROS, (1.586,65 MTS 2), en un área de construcción de VEINTIUN METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y DOS CENTIMETROS (21,52 MST 2), ubicado en la Calle Bella Vista, entre Terrenos Agrícolas y Callejón 1, Sector Bella Vista, Parroquia Campo Elías, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; Con las siguientes características: Un (1) galpón construido con pared perimetral a una altura de tres (3) hiladas de bloque de concreto, techo de zinc, piso de cemento rustico, las paredes poseen tubos redondo de 3 pulgadas y un (1) tanque para almacenamiento de agua, con una capacidad de aproximadamente 60.000,00 litros de agua , construido con paredes de bloques rellenos con concreto, frisado, vigas de arrastre y columnas de concreto con cabillas de media pulgadas, el tanque en referencia mide: 2 ½ de alto, por tres (3mts) de longitud de frente y de fondo por tres (3 mts) de longitud por sus laterales, cercada perimetralmente dichas bienhechurías con empalizada construida con estantillos de madera viva y muerta con cinco (5) cintas o pelos de alambre de púas, con servicios de aguas blancas y electricidad. Cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa y solar que es o fue de Silvino Landinez en 83.30 M; SUR: Casa y solar que es o fue de Pedro Mendoza en 83,30 M; ESTE: Calle Bella Vista en 18,10 M; OESTE: Quebrada Bella Vista en 20,00 M; según se evidencia en el CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO, Código Catastral Nº 22-03-02-R01-102-45-16 emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 17 de Noviembre del año 2014. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el Nº 3579/2014.-
El Juez
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria,
Abg. Erlen Martínez.-