REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ODINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY CHIVACOA: MARTES, (20) DE ENERO DE 2015
AÑOS: 204º Y 155º
EXPEDIENTE:
N° 087/14
MOTIVO:
ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
SOLICITANTES:
Ciudadana: TEODORA VALERA DE OSPINO, venezolana, mayor de edad, C.I: N° 3.707.247, actuando en representación de su padre ciudadano CARLOS VALERA C.I: N° 2.563.552, y de sus hermanas y hermanos GERTRUDIS VALERA ORTIZ, venezolana, mayor de edad, soltera, C.I: N° 9.077.027, CARMEN TEREZA VALERA ORTIZ, venezolana, mayor de edad, soltera, C.I: N° 7.553.934, ELSA GRISELDA VALERA ORTIZ, venezolana, mayor de edad, soltera, C.I: N° 7.916.788, ANA LUCIA VALERA ORTIZ, (+) quien fue venezolana, mayor de edad, soltera, C.I: N° 2.578.341. MILAGRO COROMOTO VALERA GIMENEZ, (+) quien fue venezolana, mayor de edad, C.I: N° 7.577.334. CARLOS DAMIAN VALERA GIMENEZ, venezolano, mayor de edad, casado, C.I: N° 7.505.236, LADISLAO VALERA ORTIZ, venezolano, mayor de edad, soltero, C.I: N° 4.966.464, HENRRIS ALBERTO VALERA GIMENEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, C.I: N° 9.077.039, EDGAR VALERA ORTIZ, venezolano, mayor de edad, soltero, C.I: N° 8.512.173, CARLOS DELFIN VALERA ORTIZ, venezolano, mayor de edad, soltero, C.I: N° 7.589.287, Y BENJAMÍN VALERA ORTIZ, venezolano, mayor de edad, soltero, C.I: N° 4.126.731.
ABOGADO ASISTENTE JESÚS MARIA CASTILLO HERRERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 230.008.
I
NARRATIVA
Este proceso fue suscrito y presentado, por la ciudadana: TEODORA VALERA DE OSPINO, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de Identidad N° 3.707.247, en representación de su padre CARLOS VALERA C.I: N° 2.563.552, y de sus hermanas y hermanos GERTRUDIS VALERA ORTIZ, venezolana, mayor de edad, soltera, C.I: N° 9.077.027, CARMEN TERESA VALERA ORTIZ, venezolana, mayor de edad, soltera, C.I: N° 7.553.934, ELSA GRISELDA VALERA ORTIZ, venezolana, mayor de edad, soltera, C.I: N° 7.916.788, ANA LUCIA VALERA ORTIZ, (+) quien fue venezolana, mayor de edad, soltera, C.I: N° 2.578.341. MILAGRO COROMOTO VALERA GIMÉNEZ, (+) quien fue venezolana, mayor de edad, C.I: N° 7.577.334. CARLOS DAMIÁN VALERA GIMÉNEZ, venezolano, mayor de edad, casado, C.I: N° 7.505.236, LADISLAO VALERA ORTIZ, venezolano, mayor de edad, soltero, C.I: N° 4.966.464, HENRRIS ALBERTO VALERA GIMÉNEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, C.I: N° 9.077.039, EDGAR VALERA ORTIZ, venezolano, mayor de edad, soltero, C.I: N° 8.512.173, CARLOS DELFIN VALERA ORTIZ, venezolano, mayor de edad, soltero, C.I: N° 7.589.287, Y BENJAMÍN VALERA ORTIZ, venezolano, mayor de edad, soltero, C.I: N° 4.126.731, asistidos en este Acto por el Abogado en ejercicio: JESÚS MARÍA CASTILLO HERRERA, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 230.008; Quien manifestó que en fecha 17 de Julio de 1997, falleció Ad-Intestato su Madre ciudadana MARÍA LEONARDA GIMÉNEZ DE VALERA, quien en vida fue venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 3.705.321, y por lo tanto solicita se les declaren a favor de su Padre CARLOS VALERA y de sus Hermanas y Hermanos GERTRUDIS VALERA ORTIZ, CARMEN TEREZA VALERA ORTIZ, ELSA GRISELDA VALERA ORTIZ, ANA LUCIA VALERA ORTIZ (+), MILAGRO COROMOTO VALERA GIMENEZ (+), CARLOS DAMIÁN VALERA GIMÉNEZ, LADISLAO VALERA ORTIZ, HENRRIS ALBERTO VALERA GIMÉNEZ, EDGAR VALERA ORTIZ, CARLOS DELFÍN VALERA ORTIZ, Y BENJAMÍN VALERA ORTIZ, como Únicos y Universales Herederos, en su condición de Esposo e hijos de la De Cujus, los solicitantes anexaron a su solicitud: 1) Original de Acta de Matrimonio inserta bajo el N° 21 del Libro de Registro Civil de Matrimonio llevado en el año 1.966, por el Registro Civil de San Pablo, Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy. 2) Copia Fotostática de la Cédula de Identidad del ciudadano CARLOS VALERA, esposo de la de Cujus. 3) Original del Acta de Defunción de la de Cujus, asentada bajo el N° 17 del año 1.997 del libro de Registro Civil de Defunciones del Registro Civil de San Pablo, Municipio Arístides Bastidas Estado Yaracuy. 4) Copia de la Cédula de Identidad de los hijos GERTRUDIS VALERA ORTIZ, TEODORA VALERA DE OSPINO, CARMEN TEREZA VALERA ORTIZ, ELSA GRISELDA VALERA ORTIZ, ANA LUCIA VALERA ORTIZ, (+) MILAGRO COROMOTO VALERA GIMENEZ, (+) CARLOS DAMIAN VALERA GIMÉNEZ, LADISLAO VALERA ORTIZ, HENRRIS ALBERTO VALERA GIMÉNEZ, EDGAR VALERA ORTIZ, CARLOS DELFÍN VALERA ORTIZ, Y BENJAMÍN VALERA ORTIZ. 5) Original de Acta de Defunción asentada bajo el N° 27 del año 2.005 del libro de Registro Civil de Defunciones del Registro Civil de San Pablo, Municipio Arístides Bastidas Estado Yaracuy. 6) Original de Acta de Defunción asentada bajo el año 2014 Tomo N° VI (seis) Acta N° 1.440, llevada por la Oficina de Registro Civil Parroquia Candelaria Municipio Valencia Estado Carabobo. 7) Original de Acta de Nacimiento asentada bajo el N° 58 llevada en el año 1.964, emitida por el Registro Civil de San Pablo, del Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy de la Ciudadana ELSA GRISELDA. 8) Original de Acta de Nacimiento asentada bajo el N° 60 llevada en el año 1.960, emitida por el Registro Civil de San Pablo, del Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy de la Ciudadana CARMEN TERESA. 9) Original de Acta de Nacimiento asentada bajo el N° 132 llevada en el año 1.965, emitida por el Registro Civil de San Pablo, Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy del Ciudadano EDGAR. 10) Original de Acta de Nacimiento asentada bajo el N° 183 llevada en el año 1.952, emitida por el Registro Civil de San Pablo, del Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy del Ciudadano LADISLAO. 11) Original de Acta de Nacimiento asentada bajo el N° 56 llevada en el año 1.961, emitida por el Registro Civil de San Pablo, del Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy del Ciudadano CARLOS DELFIN. 12) Original de Acta de Nacimiento asentada bajo el N° 115 llevada en el año 1.956, emitida por el Registro Civil de San Pablo, del Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy del Ciudadano CARLOS DAMIAN. 13) Original de Acta de Nacimiento asentada bajo el N° 119 llevada en el año 1.958, emitida por el Registro Civil de San Pablo, del Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy del Ciudadano HENRRIS ALBERTO. 14) Copia Certificada de Acta de Nacimiento asentada bajo el N° 2454 llevada en fecha 13 de Noviembre del año 1.946, por el Registro Principal del Estado Yaracuy de la Ciudadana TEODORA. 15) Copia Certificada de Acta de Nacimiento asentada bajo el N° 106 llevada en fecha 18 de Abril del año 1.950, por el Registro Principal del Estado Yaracuy del Ciudadano BENJAMÍN. 16) Copia Certificada de Acta de Nacimiento asentada bajo el N° 50 llevada en fecha 19 de Febrero del año 1.954, por el Registro Principal del Estado Yaracuy de la ciudadana GERTRUDIS.
II
DE LA ADMISIÓN DE LA SOLICITUD.
En fecha 03 de Diciembre de 2014 (folios 21, 22 y 23), la solicitud fue admitida, por el Abogado Osmar José Klemm Gutiérrez, Juez Temporal de este Juzgado, por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres ni alguna disposición expresa en la Ley, acordándose librar Edicto para su debida publicación.
En fecha 12 de Diciembre de 2014 (folios 24, 25, 26), compareció la Ciudadana TEODORA VALERA DE OSPINO, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.707.247; y mediante escrito consigno Edicto debidamente publicado en el Periódico “Yaracuy Al Día” en fecha 08-12-2014 en la página 26, agregándose al presente expediente.
En fecha 14 de Enero de 2015 (folio 26), el Secretario de este Juzgado hizo constar, que siendo el día y la hora, culmino el Lapso previsto en la Ley para la Oposición de la Publicación del Edicto, respecto a aquellas personas que tuvieren interés en la Solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos, sin que compareciera persona alguna invocando iguales o mejores derechos.
En fecha 15 de Diciembre de 2015 (folios 27), compareció la Ciudadana TEODORA VALERA DE OSPINO, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.707347; asistida por el Abogado en ejercicio JESÚS MARÍA CASTILLO HERRERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 230.008, promoviendo la Declaración testimonial de los ciudadanos: JUAN MANUEL PEÑA, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad Nro. 826.220, y residenciado en la calle 5 entre avenida 1 y 2 Sector, San Pablo Municipio Arístides Bastidas Estado Yaracuy y JOSÉ GUMERSINDO MUJICA YOVERA, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad Nro. 4.965.274, y domiciliado en la calle 5 entre avenida 1 y 2 Sector Barrio Centro, San Pablo, Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy. Quienes prestaron Declaración Testimonial a cerca de la presente solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos.
III
MOTIVA
Llegada la oportunidad de decidir lo conducente se procede a ello previa las Siguientes consideraciones:
PRIMERO: La solicitud ha sido ejercida por la ciudadana (as): TEODORA VALERA DE OSPINO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 3.707.247, en representación de su padre CARLOS VALERA C.I: N° 2.563.552, y de sus hermanas y hermanos GERTRUDIS VALERA ORTIZ, venezolana, mayor de edad, soltera, C.I: N° 9.077.027, CARMEN TERESA VALERA ORTIZ, venezolana, mayor de edad, soltera, C.I: N° 7.553.934, ELSA GRISELDA VALERA ORTIZ, venezolana, mayor de edad, soltera, C.I: N° 7.916.788, ANA LUCIA VALERA ORTIZ, (+) quien fue venezolana, mayor de edad, soltera, C.I: N° 2.578.341. MILAGRO COROMOTO VALERA GIMENEZ, (+) quien fue venezolana, mayor de edad, C.I: N° 7.577.334. CARLOS DAMIÁN VALERA GIMÉNEZ, venezolano, mayor de edad, casado, C.I: N° 7.505.236, LADISLAO VALERA ORTIZ, venezolano, mayor de edad, soltero, C.I: N° 4.966.464, HENRRIS ALBERTO VALERA GIMÉNEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, C.I: N° 9.077.039, EDGAR VALERA ORTIZ, venezolano, mayor de edad, soltero, C.I: N° 8.512.173, CARLOS DELFÍN VALERA ORTIZ, venezolano, mayor de edad, soltero, C.I: N° 7.589.287, BENJAMÍN VALERA ORTIZ, venezolano, mayor de edad, soltero, C.I: N° 4.126.731. Este juzgador considera necesario recordar que para que una o más personas pueda ser admitida y actuar en juicio en nombre propio como sujeto activo donde solicita la declaratoria de voluntad de la ley a través del dictado de una sentencia justa, debe gozar de cualidad o legitimación no solo con respecto al proceso (legitimación ad processum) sino con respecto a la causa (legitimación ad causam). La legitimación o cualidad al proceso se encuentra referida a la capacidad y a la titularidad del interés o derecho jurídico en el proceso judicial.
Al revisar las actas que conforman el presente expediente encontramos que en el folio 04 riela Acta de Defunción de la Ciudadana: MARÍA LEONARDA GIMÉNEZ DE VALERA, Nº 17, del año 1.997, emitida por la Oficina de Registro Civil de San Pablo, Municipio Arístides Bastidas Estado Yaracuy. En la referida acta de Defunción se dejo asentado que la ciudadana era casada con el ciudadano CARLOS VALERA y en la cual procrearon 12 hijos de nombre: GERTRUDIS VALERA ORTIZ, TEODORA VALERA DE OSPINO, CARMEN TEREZA VALERA ORTIZ, ELSA GRISELDA VALERA ORTIZ, ANA LUCIA VALERA ORTIZ, (+) MILAGRO COROMOTO VALERA GIMÉNEZ, (+) CARLOS DAMIAN VALERA GIMÉNEZ, LADISLAO VALERA ORTIZ, HENRRIS ALBERTO VALERA GIMÉNEZ, EDGAR VALERA ORTIZ, CARLOS DELFÍN VALERA ORTIZ, Y BENJAMÍN VALERA ORTIZ; dejando constancia que son hijos de la De Cujus. Por lo que se constata que los solicitantes son interesados en que se le Declare: como Únicos y Universales Herederos, en su condición de Esposo y de hijos de la De Cujus: MARÍA LEONARDA GIMÉNEZ DE VALERA; En este sentido los solicitantes tiene legitimación y cualidad procesal para intentar esta acción y así se decide.
SEGUNDO: Asimismo se deja constancia expresa que se publico un Edicto en la Pagina 26 del Periódico “Yaracuy Al Día” el día el 08 de Diciembre de 2014, el cual fue consignado por la ciudadana: TEODORA VALERA DE OSPINO y agregado al expediente en fecha 12 de Diciembre de 2014, y transcurrido el lapso para la oposición a la solicitud de Únicos Universales Herederos de acuerdo a lo establecido en el artículo 770º del Código de Procedimiento Civil, sin que conste en autos ningún acto de invocación de derechos o alegatos de terceros sobre la solicitud, por lo que este Juzgador declara que el acto de oposición precluyó y en consecuencia se toma como válida la solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos, así se declarara en el dispositivo del fallo y así se decide.
IV
DE LA VALORACION DE LAS PRUEBAS
Copia de Cédula de Identidad y Original de Acta de Defunción de la De Cujus: MARÍA LEONARDA GIMÉNEZ ORTIZ, los cuales al ser Documentos Públicos se les otorga todo el valor probatorio, que de ellos se desprenden, conforme a lo establecido en el Artículo 1.357º del Código Civil Venezolano, y así se Decide.-
Original de Acta de Matrimonio inserta bajo el N° 21 del Libro de Registro Civil de Matrimonio llevado en el año 1.966, por el Registro Civil de San Pablo Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy. Copia Fotostática de la Cédula de Identidad del ciudadano CARLOS VALERA esposo de la De Cujus. Original de Acta de nacimiento y Copia de la Cédula de Identidad de los hijos GERTRUDIS VALERA ORTIZ, CARMEN TEREZA VALERA ORTIZ, ELSA GRISELDA VALERA ORTIZ, ANA LUCIA VALERA ORTIZ, (+) MILAGRO COROMOTO VALERA GIMENEZ, (+) CARLOS DAMIAN VALERA GIMENEZ, LADISLAO VALERA ORTIZ, HENRRIS ALBERTO VALERA GIMENEZ, EDGAR VALERA ORTIZ, CARLOS DELFIN VALERA ORTIZ, TEODORA VALERA DE OSPINO Y BENJAMÍN VALERA ORTIZ.
Original de Acta de Defunción asentada bajo el N° 27 del año 2005 del libro de Registro Civil de Defunciones del Registro Civil de San Pablo Municipio Arístides Bastidas Estado Yaracuy.
Original de Acta de Defunción asentada bajo el año 2014 Tomo N° VI (seis) Acta N° 1440, llevada por la Oficina de Registro Civil Parroquia Candelaria Municipio Valencia Estado Carabobo, los cuales al ser Documentos Administrativos y Públicos se les otorga todo el valor probatorio, que de ellos se desprende conforme a lo establecido en el Artículo 1.357º del Código Civil Venezolano, y así se Decide.-
V
DISPOSITIVA
En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, la Trinidad y Arístides Bastidas de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley. DECLARA:
Al ciudadano CARLOS VALERA C.I: N° 2.563.552, en su condición de esposo de la De Cujus, y a los ciudadanos TEODORA VALERA DE OSPINO CI: 3.707.247, GERTRUDIS VALERA ORTIZ, C.I: N° 9.077.027, CARMEN TERESA VALERA ORTIZ, C.I: N° 7.553.934, ELSA GRISELDA VALERA ORTIZ, C.I: N° 7.916.788, ANA LUCIA VALERA ORTIZ, (+) C.I: N° 2.578.341. MILAGRO COROMOTO VALERA GIMENEZ, (+) C.I: N° 7.577.334. CARLOS DAMIAN VALERA GIMÉNEZ, C.I: N° 7.505.236, LADISLAO VALERA ORTIZ, C.I: N° 4.966.464, HENRRIS ALBERTO VALERA GIMÉNEZ, C.I: N° 9.077.039, EDGAR VALERA ORTIZ, C.I: N° 8.512.173, CARLOS DELFÍN VALERA ORTIZ, C.I: N° 7.589.287, BENJAMÍN VALERA ORTIZ, C.I: N° 4.126.731, respectivamente; como ÚNICOS Y UINIVERSALES HEREDEROS, en su condición de Esposo e Hijos de la De Cujus: MARÍA LEONARDA GIMÉNEZ ORTIZ, quien en vida fue venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-3.705.321, SIN PERJUICIO DE TERCEROS DE IGUALES O MEJORES DERECHOS.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, la Trinidad y Arístides Bastidas de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en Chivacoa, a los Veinte (20) días del Mes de Enero de Dos Mil Quince (2015).
EL JUEZ TEMPORAL
ABG. OSMAR JOSÉ KLEMM GUTIÉRREZ
EL SECRETARIO
ABG. VILLASMIL ANTONIO PETIT
En esta misma fecha, siendo la hora de las dos y treinta de la tarde (02:30 Pm.) se registró y se publicó la anterior decisión.-
EL SECRETARIO
ABG. VILLASMIL ANTONIO PETIT
OJKG/vap/czd
EXP 087/14