REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS URACHICHE Y JOSE ANTONIO PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Urachiche, 05 de Diciembre de 2014
Años: 204° y 155°

Exp. Nº 1988-2014.-
(Titulo Supletorio)

Vista la solicitud formulada por los ciudadanos MARIELIN BALZA RODRIGUEZ y JOSE ANTONIO ACOSTA QUIROZ, al final del escrito que encabeza estas actuaciones y las declaraciones de los testigos jurados, ciudadanos QUEILA PASTORA MACHADO FALCON y DIANA MILDRES RIOS PINEDA, titulares de las cedulas de identidad Nros V-3.459.376 y V-13.986.043 respectivamente, este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y conforme a la Resolución Nº 2.009-0006 de fecha 18 de Marzo del 2.009 de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de los ciudadanos: MARIELIN BALZA RODRIGUEZ y JOSE ANTONIO ACOSTA QUIROZ, titulares de las cédulas de identidad Nros V-14.607.220 y V-15.965.854 respectivamente, sobre unas bienhechurías en un lote de terreno propiedad Municipal; con un área de terreno de CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y UN CENTIMETROS CUADRADOS (467,51 MTS2), con un área total de construcción de NOVENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y UN CENTIMETROS CUADRADOS (98,81 MTS2); ubicado en la Calle 05, entre Carrera 05 del Barrio Copa Redonda y Carrera 03 del Sector 22 de Septiembre, Sabana de Parra, Municipio José Antonio Páez, Estado Yaracuy; cuyos linderos son los siguientes: NORTE: En una línea de veintidós metros con veinte centímetros (22,20 Mts) con Parcela y Construcción de la Sra. Dalila Flores; SUR: En una línea de dieciocho metros con cincuenta centímetros (18,50 Mts) con Parcela y Rancho de la Sra. María Ochoa; ESTE: En una línea de veinticuatro metros (24,00 Mts) con Calle 05; y OESTE: En dos líneas de: La Primera de trece metros con veinte centímetros (13,20 Mts) con Parcela y Construcción del Sr. Roberto Castillo; y en una Segunda Línea de ocho metros con sesenta centímetros (8,60 Mts) con Final de la Carrera 01. Las referidas bienhechurías consisten en una casa de habitación con las siguientes características: piso de cemento, paredes de bloques, techo de placa, puertas de madera; distribuida de la siguiente manera: un (01) porche, una (01) sala, tres (03) habitaciones, una (01) cocina y un (01) baño. Devuélvase original a los interesados a los fines solicitados, sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 555 del Código Civil. Déjese copia de esta providencia.

La Juez Temporal,


Abg. MARIA TERESA SCALA LODATO;

La Secretaria,



Abg. Yuly R. Suarez V.

En la misma fecha se devuelve constante de DIEZ (10) folios útiles.

La Secretaria,



Abg. Yuly R. Suarez V.