REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa: 22 de Enero de 2014
Años: 203° y 154°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanas: THAIS ANABEL PEREZ CASTILLO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-21.046.190, domiciliada en el Callejón José Félix Andrés Bello Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, y CUSTODIA MARIA SAMPAYO TEJEDA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-13.313.276, domiciliada en la Calle 3 con avenida 3, Comunidad Andrés Bello Chivacoa Municipio Bruzual Estado Yaracuy, Actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD, a favor de la ciudadana: ALTAGRACIA DEL CARMEN VEROES, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nro.V-19.198.762, Sin Perjuicios de Terceros de Iguales o Mejores Derechos, sobre unas bienhechurías que la solicitante fomento en un lote de terreno propiedad Municipal, ubicado en la Avenida Bolívar Entre Avenida 6 y Quebrada Canapé Comunidad Andrés Bello Chivacoa Municipio Bruzual Estado Yaracuy, con una superficie que mide: 180,00 mts 2, dichas bienhechurías posee las siguientes características: Una (1) casa con paredes de barro, techo de zinc, piso de tierra, Una (1) puerta de entrada y salida de hierro, distribuida de la siguiente manera: Una (1) sala-cocina y Una (1) habitación cercada perimetralmente con estantillos de madera viva y muerta con Cuatro (4) cintas o pelos de alambre de púas, con su servicios de aguas blancas, cloacas y electricidad, con un área de construcción de 20.00 M2, cuyos linderos particulares son los siguientes: NORTE: Avenida Bolivar su frente (12.00 M), SUR: Terreno ocupado por Familia Sivira (12.00 M), ESTE: Casa que es o fue de Maria Veroes (15.00 M) y OESTE: Casa que es o fue de Yurbi Campo (15.00 M) según se evidencia de Certificado de Empadronamiento Código Nro. 22-03-01-AU-107-20-37, emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha: 14-11-2013. Devuélvase Original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No. 3037/2014.
El Juez
Abg. Efraín Ballester Acosta
La Secretaria.
Abg. Erlen Martinez.
Abg. EBA/EM/gc