REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa, 27 de Enero del 2014
Años: 203° y 154°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por las partes interesadas, ciudadanas LIBETTY PEÑA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 13.796.862, con domicilio en La Comunidad de Palo Grande de la Parroquia Campo Elías, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y CLAUDIA MARTINEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.510.840, domiciliada en La Comunidad de Palo Grande Parroquia Campo Elías, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de la ciudadana EMILIA MAIRETT TREJO, Venezolana, Titular de la cedula de identidad Nro V- 22.312.852; sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre unas bienhechurias que la solicitante fomentó en un Lote de Terreno Propiedad del Municipio que mide DOSCIENTOS SESENTA METROS CUADRADOS ( 260 mts2), en un área de construcción de CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS ( 42 m2), Ubicada en la Vía de acceso entre Terrenos Agrícolas y Vía Agrícola de la Comunidad de Palo Grande, Parroquia Campo Elías , Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, consistente de una casa de una sola pieza, construida con paredes de barro, Techo de Zinc, piso de tierra, con una puerta de entrada de hierro y una ventana de hierro, cercada con estantillos de madera viva y muerta a seis pelos o cintas de alambres de púas con sus servicios de electricidad; cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Calle Principal Palo Grande, su frente en 13.00 ml; SUR: Casa y solar de la Familia Ordoñez en 13.00 ml; ESTE: Casa y solar de la Familia Trejo en 20.00 ml; OESTE: Terrenos Agrícolas en 20.00 ml, Según se evidencia del Certificado de Empadronamiento Nº 22-03-02-R01-105-09-18, Otorgado por la Dirección de Castrato del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 01 de Agosto del año 2013. Devuélvase original Con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le Asignó el No. 3049/2014.-

El Juez,


Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA La secretaria,


Abg. Erlen Martínez



EBA/EM/klency.-