REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa, 08 de Enero del 2014
Años: 203° y 154°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: GILBERTO DE JESUS BAPTISTA RAGA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 15.217.381 y domiciliado en la Calle 7 con avenida 17 Comunidad de Barrio Centro, de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y ELEUTERIO RAMON ARIAS PEREZ , venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 11.279.910 y domiciliado en la Comunidad de Cumaripa , sector Barrio Nuevo, 2 calle, punto de referencia detrás del club Don Isidro Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana: NAIR ELENA ROJAS MENDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. V- 10.854.573 de este domicilio,, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuría que la solicitante dice poseer sobre un lote de terreno propiedad del Inti, ubicado en la Calle Principal entre Tercera Entrada y Vía Agrícola Comunidad de Cumaripa, Chivacoa Municipio Bruzual Estado Yaracuy, que mide una superficie de SEISCIENTOS DOCE METROS CUADRADOS CON TREINTA Y SEIS CENTIMETROS ( 612,36 mts2), y con un Área de construcción de VEINTICINCO METROS CUADRADOS ( 25,00 mts2), dicha bienhechuría posee las siguientes características: Una (1) casa de una sola pieza, construida con paredes de barro, techo de zinc, piso de cemento pulido, con una (1) puerta de entrada y salida de hierro, cercada perimetralmente con estantillos de madera vivía y muerta con seis (6) cintas o pelos de alambre de púas, comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Casa y solar que es o fue de Ángela Méndez en 37,80 ml ; SUR: Casa y solar que es o fue de Jacinto Rojas en 37,80 ml; ESTE: Terreno ocupado por Familia Méndez en 16,20 ml; OESTE: Calle principal su frente en 16,20 ml; según se evidencia en el CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO Nº 22 03 01 R01 126 13 17, emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy en fecha 22 de Noviembre de año 2013. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No 3026/2013.-

El Juez

Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA

La Secretaria,
Abg. ERLEN MARTINEZ






Cy.-