REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MECANTIL Y AGRARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR.
PUERTO ORDAZ, VEINTE (20) DE ENERO DEL 2014
AÑOS: 203° Y 154°
COMPETENCIA CIVIL


Revisada las actuaciones que integran el presente expediente, se observa que mediante decisión dictada por este Tribunal en fecha 09 de Diciembre del 2013 en el presente expediente, en la cuál procedió a declarar Improcedente la Reforma de la demanda e Inamisible la presente el presente causa, es por lo que este Tribunal no teniendo otro punto por resolver en la presente causa da por terminado el presente juicio de RESOLUCION DE CONTRATO DE VENTA POR INCUMPLIMIENTO e INDEMNIZACIÒN DE DAÑOS Y PERJUICIOS, incoado por: LUIS JOSE AGOSTINI GOMEZ, en contra de: ELYSEE CAROLINA RONDON MONAGAS en consecuencia, se ordena la remisión del presente expediente al Archivo Judicial.
EL JUEZ PROVISORIO,

ABG. JOSÉ SARACHE MARÍN



EL SECRETARIO,


AB. JHONNY CEDEÑO




JSM/jc/dp
EXP. Nº 43.382