REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO HERES DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR
CIUDAD BOLIVAR, 14 DE ENERO DE 2014
203º y 154º

RESOLUCION Nº: PJ0252014000014
ASUNTO: FP02-S-2013-0003236

Vencido el lapso procesal a los fines que la parte interesada diere cumplimiento a lo dictaminado por el tribunal mediante auto de fecha 01/10/2013, mediante la cual se instó a la solicitante , a los fines que clarifique si lo que solicita es la corrección del estado civil de soltero a casado del de-cujus VIRGILIO SABINO ARISTIGUIETA o su inserción en el acta de defunción, en un lapso de CINCO días de despacho siguientes, caso contrario, el tribunal procederá a desestimar el procedimiento.
En el caso sub iudice, se constata que la parte interesada no dio cumplimiento con lo requerido `por este Juzgador circunstancias éstas que conllevan a este tribunal presumir que la justiciable tuvo en el procedimiento o falta de interés procesal, por lo que este tribunal se ve en la necesidad de declara DESESTIMADO el procedimiento y ordenar dar por terminado el asunto mediante auto de egreso.-
El Juez,

Abog. Orlando Torres Abache
La Secretaria Temp.,

Abog. Ana Luisa Mares