ASUNTO: FP02-V-2013-001575
RESOLUCION: PJ083201400056

En horas hábiles del día de hoy 22/01/14, siendo las Nueve y Treinta de la mañana (9:30 AM), día y hora acordada para que comparezcan los ciudadanos: DARWIN DANIEL DONATTI RODRIGUEZ Y REYNA ALEJANDRA MONTE DE OCA GOMEZ, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 18.014.123 Y 22.808.532, respectivamente, a la única audiencia, conforme a lo establecido en el artículos 357 y 358 de la LOPNNA, en la causa de RESPONSABILIDAD DE CRIANZA, interpuesta por el ciudadano DARWIN DANIEL DONATTI RODRIGUEZ contra la ciudadana YESENIA DEL VALLE ARAY RODRIGUEZ, el Tribunal deja constancia que comparecieron las partes la demandante la ciudadana: DARWIN DANIEL DONATTI RODRIGUEZ, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio JOSE JESUS FEBRES MARCHAN, inscrito en el I.P.S.A, bajo el Nro. 154.185, la demandada Ciudadana: REYNA ALEJANDRA MONTE DE OCA GOMEZ, a la presente audiencia, debidamente asistido por el abogado en ejercicio HECTOR RAMON BOLIVAR GARCIA, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nro. 69.671. En este estado se concede el derecho de palabra del actor quien expuso: “Desistir formalmente de modo expreso, en este acto del procedimiento por Responsabilidad de Crianza intentado por mi persona en contra de la ciudadana: REYNA ALEJANDRA MONTES DE OCA GOMEZ, por existir un acuerdo por Régimen de Convivencia Familiar, suscripto entres las partes en fecha 20/01/2014 mediante expediente Nº FP02-V-2013-0001492 ante el Tribunal Primero Mediacion Sustanciacion sede Ciudad Bolivar , Y solicitando al juez se sirva impartir su homologación al mismo. En este acto el Juez recibida la manifestación que antecede, mediante la cual la actora desiste expresamente del presente juicio, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y pro autoridad de la ley le imparte su homologación al referido desistimiento ordenando proceder como si se tratara de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo previsto en los artículos 263 y 363 del CPC. Así se decide. ------------------------------------------------------------------------------
LA JUEZA SEGUNDA DE MEDIACION Y SUSTANCION (TEMPORAL)

ABG. VERONICA JOSEFINA BARRETO.

LA PARTE DEMANDANTE y SU ABOGADO ASISTENTE

LA PARTE DEMANDADO Y SU ABOGADO ASISTENTE

LA SECRETARIA DE SALA

ABG. CAROLINA QUIJADA GUEVARA