REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, COCOROTE, INDEPENDENCIA Y VEROES

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE EL




JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, COCOROTE, INDEPENDENCIA Y VEROES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 03 de Febrero de 2014
Años: 203° y 154°.
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada ciudadanos: GAVIRIA NIRVINA SALCEDO GUEDEZ venezolana, titular de la cédula de identidad N° V- 3.459.132, domiciliada urbanización banco obrero calle 1 casa 44-57, del Municipio Cocorote del Estado Yaracuy y AURA LESENIA MESA AROCHA venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V-13.499.942, domiciliada urbanización Luisa Cáceres Arismendi calle 3 casa numero 9, Municipio Independencia del Estado Yaracuy, respectivamente, este Juzgado Primero de los Municipios San Felipe, Cocorote, Independencia y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS suficiente, para asegurar el derecho que le corresponden a los ciudadanos: JUAN DOMINGO OSORIO ROJAS, GLADYS JOSEFINA OSORIO ROJAS, FRANKLIN GREGORIO OSORIO ROJAS, MARILU OSORIO ROJAS, AIDA MERCEDES OSORIO ROJAS CARLOS GREGORIO OSORIO ROJAS y WILLIAN JOSE OSORIO ROJAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad números V-6.430.900, V-6.293.897, V-7.911.032, V-10.371.263, V-11.649.806, V-12.280.611 y V-12.280.618, hijos del ciudadano: JUAN AMBROSIO OSORIO RODRIGUEZ, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad numero V-1.715.883, quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros. Devuélvase a la parte interesada. Déjese copia de esta providencia.
EL JUEZ,

ABG. CÉSAR AUGUSTO RODRÍGUEZ ACOSTA,
LA SECRETARIA,

ABG. CELSA GONZALEZ
En la misma fecha de hoy, y tal como fue ordenado se devuelve constante de sus folios útiles.

LA SECRETARIA,

ABG. CELSA GONZALEZ.