REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa, 03 de Febrero de 2014
Años: 203° y 154°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: LUISA MARINA VILLALOBOS DE ROMERO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 5.274.715 y domiciliada Calle 17 entre Avenidas 9 y 10, de la Comunidad de Barrio Centro Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y ORLANDO ANTONIO ARIAS LEVET, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 7.581.895 y domiciliada en la Avenida 12 entre Callejón Campo Elías y calle 15 de la Comunidad de Pozo Nuevo Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana: MIRLA TOVAR GARRIDO, Venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº. V- 7.919.646 y de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuría que la solicitante dice poseer sobre un lote de terreno Municipal, ubicado en la Avenia 9 entre calles 16 y 17 Comunidad de Barrio Centro Chivacoa, Municipio Bruzual Estado Yaracuy, en un área Total de Terreno que mide una superficie de CIENTO CATORCE METROS CUADRADOS CON SESENTA Y OCHO CENTIMETROS ( 144,68 mts2), y con un Área de construcción de NOVENTA Y UN METROS CUADRADOS CON DIEZ CENTIMETROS ( 91,10 mts2), dicha bienhechuría posee las siguientes características: Una (1) vivienda unifamiliar con paredes de bahareque, piso de concreto, techo de zinc, friso liso, puertas metálicas, ventanas metálicas, distribuida de la siguiente manera: Una (1) sala – comedor , Dos (2) habitaciones, Un (1) baño, Una (1) cocina, un (1) lavadero de ropa, comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Casa que es o fue de la Flia, Yunis en 6,90 ml ; SUR: Avenida 9 su frente, en 7,00 ml; ESTE: Casa que es o fue de Gladys Salazar en 16,25 ml; OESTE: Casa que es o fue de Digna de Inojoza, en 16,80 ml; según se evidencia en el CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO, Nº 22 03 01 U01 102 07 17, emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy en fecha 30 de Julio del año 2012. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No 3025/2013.-
El Juez
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria,
Abg. ERLEN MARTINEZ
Cy.-