REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS URACHICHE Y JOSE ANTONIO PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Urachiche, 12 de Febrero de 2014
Años: 203° y 154°
Exp. Nº 1796-2014.-
(Titulo Supletorio)
Vista la solicitud formulada por el ciudadano LUIS BELTRAN LINAREZ, al final del escrito que encabeza estas actuaciones y las declaraciones de los testigos jurados, ciudadanos LUIS ENRIQUE OCHOA ORTIZ y ONORINDA NAIR CORDERO DE SILVA, titulares de las cedulas de identidad Nros V-14.607.011 y V-7.500.918 respectivamente, este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y conforme a la Resolución Nº 2.009-0006 de fecha 18 de Marzo del 2.009 de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor del ciudadano: LUIS BELTRAN LINAREZ, titular de la cédula de identidad N° V-4.966.801, sobre unas bienhechurías en un lote de terreno de propiedad Municipal, que se encuentra bajo Regularización de tenencia según Decreto N° DA-2011-004 de fecha 04 de Febrero del año 2011, Publicado en Gaceta Municipal Extraordinaria N° 586 de fecha 14 de Febrero del 2011, que mide DOSCIENTOS QUINCE METROS CON NOVENTA Y TRES CENTIMETROS CUADRADOS (215,93 MTS2); ubicado en la carrera 6/ calles 11 y 12 Sector Santa Inés, Jurisdicción del Municipio Urachiche, Estado Yaracuy; cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Terrenos y bienhechuría que son ocupados por la familia Pire; SUR: Carrera 6 que es su frente; ESTE: Terrenos y bienhechurías que son ocupadas por la familia Suarez; y OESTE: Terrenos y bienhechurías que son ocupados por la familia Castillo. Las bienhechurías en referencia consisten en una casa de paredes de bloque frisado, columnas de concreto y su estructura de madera, techo de zinc, piso de cemento pulido, puerta y ventanas de hierro, una cerca perimetral la cual rodea toda la bienhechuría y un portón de hierro, y dotado de todos los servicios públicos, cuyas características son las siguiente una (1) sala, cuatro (4) habitaciones, una (1) cocina, un (1) comedor, dos (2) baños, un (1) lavadero; cuya área de construcción es de CIENTO NUEVE METROS CON SETENTA CENTIMETROS CUADRADOS (109,70 MTS2). Devuélvase original al interesado a los fines solicitados, sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 555 del Código Civil. Déjese copia de esta providencia.
La Juez Temporal,
Abg. MARIA TERESA SCALA LODATO;
La Secretaria,
Abg. Yuly R. Suárez V.
En la misma fecha se devuelve constante de DIEZ (10) folios útiles.
La Secretaria;
Abg. Yuly R. Suárez V.-
MTSL/aaag.-
La Suscrita Secretaria del Juzgado de los Municipios Urachiche y José Antonio Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, CERTIFICA: que la copia que antecede es traslado fiel y exacto del original que la contiene, la cual corre inserta al folio 10 del expediente distinguido con el Nº 1796-2014. Urachiche, a los DOCE (12) días del mes de Febrero de 2014.-
La Secretaria;
Abg. Yuly R. Suárez V.
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