COMPETENCIA MERCANTIL
De las partes, sus apoderados y de la causa
PARTE DEMANDANTE:
BANCO CARONI C.A., BANCO UNIVERSAL Instituto Bancario domiciliado en Puerto Ordaz, inscrito en el Registro Mercantil en fecha 20 de agosto de 1981, bajo el Nº 17. Tomo A Nº 17, folios 73 al 149, transformado en BANCO UNIVERSAL según modificación inscrita ante el mismo Registro Mercantil en fecha 15 de agosto de 1997, bajo el Nº 22, Tomo A Nº 35, folios 143 al 161 y ultima modificación inscrita ante el Registro Mercantil en fecha 22 de febrero de 2008, bajo el Nº 04 tomo 10-A-PRO.
APODERADOS JUDICIALES:
Los ciudadanos abogados GONZALO MAZA ANDUZE, HECTOR CARDOZO SUAREZ y JORGE ENRIQUE MARIN BASTARDO, venezolanos, mayores de edad, abogados en ejercicio, de este domicilio, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 36.619, 40.489 y 58.767 respectivamente.
PARTE DEMANDADA:
La Sociedad Mercantil INVERSIONES & CONSTRUCCIONES 2005, C.A., domiciliada en Pampatar, Estado Nueva Esparta, en fecha 30 de Junio del 2003, bajo el Nº 36, Tomo 16-A con modificación ante el mismo registro en fecha 26 de mayo de 2005, bajo el Nº 73, Tomo 25-A y con última modificación inscrita ante el mismo Registro mercantil en fecha 13 de noviembre de 2007, bajo el Nº 73, tomo 68-A.
DEFENSORA JUDICIAL:
La ciudadana abogada BLANCA ROMERO, quien es abogada en ejercicio, de este domicilio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 52.822.
CAUSA:
EJECUCION DE HIPOTECA CONVENCIONAL ESPECIAL DE PRIMER GRADO, que cursa por ante el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.-
EXPEDIENTE:
N° 13-4612
Se encuentran en esta Alzada las actuaciones que conforman el presente expediente, en virtud del auto dictado en fecha 05 de agosto de 2013, que oyó en ambos efectos la apelación ejercida al folio 279 de la segunda pieza, por la abogada BLANCA ROMERO en su condición de apoderado judicial de la sociedad mercantil INVERSIONES & CONSTRUCCIONES 2005, C.A., contra la decisión inserta del folio 257 al 271, de fecha 05 de junio de 2013, que declaró CON LUGAR la demanda que por EJECUCION DE HIPOTECA CONVENCIONAL ESPECIAL DE PRIMER GRADO sigue el BANCO CARONI, C.A. BANCO UNIVERSAL contra la sociedad mercantil INVERSIONES & CONSTRUCCIONES 2005, C.A.
Siendo la oportunidad legal para dictar sentencia este Tribunal hace las siguientes consideraciones:
CAPITULO PRIMERO
1.- Limites de la Controversia
1.1.- Alegatos de la parte actora
Consta del folio del 92 al 106 de la primera pieza escrito de REFORMA de la demanda presentada en fecha 15 de octubre de 2009, por los abogados GONZALO RAFAEL MAZA ANDUZE, HECTOR CARDOZO SURAEZ Y JORGE ENRIQUE MARIN BASTARDO, en su condición de apoderados judiciales de la sociedad mercantil BANCO CARONI, C.A. BANCO UNIVERSAL, mediante la cual alegan lo que de seguida se sintetiza:
• Consta de documento protocolizado por ante la Oficina Inmobiliaria de Registro del Municipio Maneiro del estado Nueva Esparta. En fecha 25 de julio de 2008, anotado bajo el Nº 2, folios 12 al 31, protocolo Primero, tomo 5, tercer trimestre de 2005, que su representado otorgó un (01) préstamo por la cantidad de UN MIL SEISCIENTOS MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 1.600.000.000,oo) equivalentes a UN MILLON SEISCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.600.000,oo), según Decreto con Rango y Fuerza de Ley de Reconversión Monetaria, dictado por el Ejecutivo Nacional en fecha 06 de Marzo del año 2007, a la Sociedad mercantil INVERSIONES & CONSTRUCCIONES 2005, C.A., ya identificada. Representada por su Director LEONARDO RAUL BAPTISTA DIAZ, titular de la cédula de identidad Nº 6.254.547, siendo que dicho préstamo fue documentado en un instrumento que anexa a la presente demanda.
• Que igualmente consta en el documento que la prestataria recibió de el banco y se obligó a pagarle la referida cantidad de UN MILLON SEISCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.600.000,oo) en el plazo de un (01) año contados a partir de la fecha de liquidación del préstamo, esto es, 31 de julio de 2008, mediante pagos trimestrales que incluirían en su oportunidad la cuota correspondiente a capital más los intereses sobre el saldo deudor.
• Que expresamente se convino y así fue aceptado por LA PRESTATARIA que dicha cantidad devengaría un interés a la tasa equivalente al veintiocho por ciento (28%) anual variable; y en caso de mora los intereses se calcularían a la tasa pactada más el tres por ciento (3% anual adicional, por todo el tiempo que durara la mora, o el porcentaje anual o puntos porcentuales adicionales que el BANCO CENTRAL DE VENEZUELA u otro organismo competente permita agregar, en los casos de mora, a la tasa pactada. No obstante LA PRESTATARIA aceptó y convino expresamente que EL BANCO, podía en todo momento y sin previo aviso variar la tasa de interés de acuerdo a las condiciones del mercado financiero, siempre y cuando se ajusten a las resoluciones del BANCO CENTRAL DE VENEZUELA u otro organismo competente.
• Que se eligió como domicilio especial a Ciudad Guayana, Municipio Autónomo Caroní del Estado Bolívar, y consta asimismo que para garantizar al banco el pago de todas y cada una de las obligaciones contenidas y derivadas del otorgamiento del referido préstamo, el ciudadano LEONARDO RAUL BAPTISTA DIAZ en su carácter de director de la sociedad mercantil INVERSIONES & CONSTRUCCIONES 2005, C.A. constituyó a favor de su representado, hasta por la cantidad de TRES MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA BOLIVARES (Bs. 3.840.000,oo) hipoteca convencional, especial y de primer grado, sobre los siguientes bienes inmuebles propiedad de la prestataria, constituido por: una (1) parcela de terreno y las Edificaciones construidas sobre la referida parcela que conforman la primera etapa del Conjunto Turístico Residencial Arena Azul, la cual se encuentra ubicada entre las Avenidas Luisa Cáceres de Arismendi y Pampatar, sitio este anteriormente denominado Hato Vimare, Sector San Lorenzo de la Ciudad de Pampatar, Municipio Maneiro, Estado Nueva Esparta, y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas generales NORTE: En ciento Treinta y nueve metros con cincuenta centímetros (139,50 mts) con terrenos que son o fueron de Manuel Guerra; SUR: En ciento treinta y nueve metros con cuenta centímetros (139,50 mts) con terrenos que son o fueron de Manuel Guerra; ESTE: En doscientos veinticinco metros(225,oo mts) con terrenos antes de la sucesión Avila Rojas, hoy de Irán Avila Reyes y OESTE: En doscientos veinticinco metros (225 mts) con terrenos que son o fueron de presente Arocha; para un área total de treinta mil ciento treinta y dos metros cuadrados (30.132 mts2). La primera etapa se encuentra actualmente en construcción y desarrolladas dentro de un área de terreno deslindada con una superficie de siete mil treinta y un metros cuadrados con setenta y cuatro decímetros cuadrados (7.031,74 mts2), comprendida dentro de los siguientes linderos particulares: NORTE: Con la etapa segunda y tercera de Conjunto, SUR: Con la etapa segunda del Conjunto; ESTE: Con la etapa segunda y tercera del Conjunto y OESTE: Con vía de penetración. La primera etapa constará de cuatro (4) edificios distinguidos con las letras “E”, “F”, “K” y “L”, cada edificio tendrá un área de construcción de Un Mil Cuatrocientos Setenta y Seis Metros Cuadrados con Seis Decímetros Cuadrados (1.476,06 mts2) con un área total de construcción de los edificios que componen la primera etapa de cinco mil novecientos cuatro metros cuadrados con veinticuatro decímetros cuadrados (5.904,24 mts); cada edificio constará de cinco (5) niveles, diez (10) apartamentos y una (1) planta de Pent House, el cual tiene a su vez dos (2) niveles; a cada apartamento le corresponde un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero a excepción de los pent house que le corresponde a dos (2) puestos de estacionamiento y dos (2) maleteros, los cuales forman un todo indivisible con cada uno de los apartamentos a enajenar, la primer etapa cuenta con once (11) apartamentos para cada edificio para un total general de cuarenta y cuatro (44) apartamentos. A cada edificio le corresponde (1) depósito de recolección de basura general, situado en la planta baja, cinco (5) depósitos y ductos de basura, ubicado en cada piso, un (1) ascensor por edificio y escaleras de circulación. Los edificios que conformarán la primera etapa se encuentran alinderados de la siguiente manera: EDIFICIO “E”. El edificio “E” se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos NORTE: Con Edificio “F”; SUR: Con área común que separa de puestos de estacionamiento y acceso al edificio; ESTE: En parte con área común que separa del edificio “H” y acceso al edificio; y OESTE: Con área común, en parte acceso al edificio y puestos de estacionamientos. Se encuentra conformado así: APARTAMENTO Nro. EO-1: Corresponde al tipo 2 y se encuentra ubicado en el nivel Planta Baja (P.B.) del edificio “E” de la Primera Etapa, está constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño, una (1) habitación auxiliar, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, una (1) área para servicio de lavandería. Tiene un área total de ciento catorce metros cuadrados con noventa y cinco decímetros cuadrados (114,95 mts2), distribuida en un área techada de ochenta y ocho metros cuadrados con cuarenta decímetros cuadrados (88,40 mts2), un área de patio en la parte trasera de trece metros cuadrados (13 mts2) y un área de jardín en la parte delantera de trece metros cuadrados con cincuenta y cinco decímetros cuadrados (13,55 mts2). Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguidos con la misma nomenclatura del apartamento (E0-1), ubicados en el área destinada a tal fin, los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con apartamento E0-2, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensores en parte con pasillo de circulación y escaleras de acceso; SUR: Con fachada sur del edificio y en parte con cuarto de medidores; ESTE: Con fachada este del edificio y en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada Oeste del edificio y en parte con cuarto de medidores, y le corresponde un porcentaje de condominio de 2,056% sobre los derechos y obligaciones comunes: APARTAMENTO NRO. E0-2: Corresponde al tipo I u se encuentra ubicado en el nivel Planta Baja (P.B.) del edificio “E” que corresponde a la Primera Etapa, esta constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño, dos (2) habitaciones auxiliares, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, un (1) área para servicio de lavandería, tiene un área total de ciento treinta y seis metros cuadrados con cuarenta y cinco decímetros cuadrados (136,45 mts2) distribuida en un área techada de ciento un metros cuadrados con diez decímetros cuadrados (101,10 mts2) un área de patio en la parte trasera de veintidós metros cuadrados (22 mts2) y un área de jardín en la parte delantera de trece metros cuadrados con treinta y cinco decímetros cuadrados (13,35 mts2). Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguidos con la misma nomenclatura del apartamento (E0-2), ubicado en el área destinada a tal fin, los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con apartamento F0-1; SUR: Con apartamento E0-1, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensores y en parte con pasillo de circulación y escaleras de acceso: ESTE: Con fachada este del edificio y en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio y en parte con depósito de basura; y le corresponde de condominio 2,441% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº E1-3: corresponde al tipo 4 y se encuentra ubicado en el nivel primero del edificio “E”, que corresponde a la primera etapa, esta constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño y jardinera, una (1) habitación auxiliar con jardinera, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, balcón, un área para servicio de lavandería. Tiene un área total de Noventa y Cinco Metros cuadrados (95,oo mts2). Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguido con la misma nomenclatura del apartamento (E1-3) ubicado en el área destinada a tal fin, los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes NORTE: Con apartamento E1-4, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensores y en parte con pasillo de circulación y escaleras de acceso; SUR: Con fachada sur del edificio; ESTE: Con fachada este del edificio, en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio; y le corresponde un porcentaje de condominio de 1.699% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº E1-4: corresponde al tipo 3 y se encuentra ubicado en el nivel primero del Edifico “E”, que corresponde a la primera etapa, esta constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño y jardinera, dos (2) habitaciones auxiliares con jardinera, un baño principal, sala, comedor, cocina, balcón, un área para servicios de lavandería. Tiene un área total de ciento diez metros cuadrados (110 mts2). Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguidos con la misma nomenclatura de apartamento (E1-4) ubicados en el área destinada a tal fín, los cuales forman parte integrante del inmueble, se encuentra comprendido dentro de los linderos, particulares siguientes. NORTE: Con apartamento F1-3; SUR: Con apartamento E1-3 en parte con depósito de basura, con fosa de ascensor con pasillo de circulación, y escaleras de acceso; ESTE: Con fachada este del edificio, en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada este del edificio, en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio; y le corresponde un porcentaje de condominio de 1.968% sobre los derechos y obligaciones comunes; APARTAMENTO Nº E2-5: Corresponde al tipo 4 y se encuentra ubicado en el segundo nivel del edificio “E”, que comprende a la Primera Etapa, está constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño y jardinera, una (1) habitación auxiliar con jardinera, un baño principal, sala, comedor, cocina, balcón, un área para servicios de lavandería. Tiene un área total de noventa y cinco metros cuadrados (95,oo mts2). Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguido con la misma nomenclatura del apartamento (E2-5), ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con apartamento E2-6, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensores y en parte con pasillo de circulación y escaleras de acceso; SUR: Con fachada sur del edificio; ESTE: Con fachada este del edificio en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada este del edificio en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio; y le corresponde un porcentaje de condominio de 1.699% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº E2-6: Corresponde al tipo 3 y se encuentra ubicado en el segundo nivel del Edificio “E”, que corresponde a la Primera Etapa, está constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño y jardinería, dos (2) habitaciones auxiliares con jardinería, un baño principal, sala, comedor, cocina, balcón, un área para servicios de lavandería. Tiene un área total de Ciento Diez metros cuadrados (110 mts2). Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (19 maletero, distinguidos con la misma nomenclatura del apartamento (E”-6), ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble, se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con apartamento F2-5; SUR: Con apartamento E2-5, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensor, con pasillo de circulación y escaleras de acceso; ESTE: Con fachada este del edificio; en parte con pasillo de circulación; y OESTE: con fachada oeste del edificio; y le corresponde un porcentaje de condominio de 1.968% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº E3-7: Corresponde al tipo 4 y se encuentra ubicado en el tercer nivel del edifico “E”, que corresponde a la Primera Etapa, está constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño y jardinera, una (1) habitación auxiliar con jardinera, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, balcón, un área para servicios de lavandería. Tiene un área total de Noventa y Cinco Metros Cuadrados (95 mts2). Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguidos con la misma nomenclatura del apartamento (E3-7), ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con apartamento E-8, en parte con depósito de basura. Con fosa de ascensores y en parte con pasillo de circulación y escaleras de acceso; SUR: Con fachada sur del edificio; ESTE: Con fachada este del edificio, en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio; y le corresponde un porcentaje de condominio de 1.699% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº E3-8: corresponde al tipo 3 y se encuentra ubicado en el tercer nivel del edificio “E” que corresponde a la Primera Etapa. Esta constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño y jardinera. Dos (2) habitaciones auxiliares con jardinera, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, balcón, un área para servicios de lavandería. Tiene un área total de ciento diez metros cuadrados (110 mts2). Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguidos con la misma nomenclatura del apartamento (E3-8) ubicado en área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble, se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con apartamento F3-7; SUR: Con apartamento E3-7, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensor, con pasillo de circulación y escaleras de acceso; ESTE: Con fachada este del edificio, en parte con pasillo de circulación; y OESTE: con fachada oeste del edificio y le corresponde un porcentaje de condominio de 1.968% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº E4-9; corresponde al tipo 4, y se encuentra ubicado en el cuarto nivel del Edificio “E” que corresponde a la Primera Etapa. Esta constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño y jardinera, una (1) habitación auxiliar con jardinera, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, balcón, un área para servicios de lavandería. Tiene un área total de Noventa y Cinco metros cuadrados (95 mts2). Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero distinguido con la misma nomenclatura del apartamento (E4-9), ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con apartamento E4-10, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensores y en parte con pasillo de circulación y escaleras de acceso; SUR: Con fachada sur del edificio; ESTE: Con fachada este del edificio, en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio; y le corresponde un porcentaje de condominio de 1.699% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº E4-10: Corresponde al tipo 3 y se encuentra ubicado en el cuarto nivel del Edificio “E” que corresponde a la primera Etapa, está constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño y jardinera, dos (2) habitaciones auxiliares con jardinera, un baño principal, sala, comedor, cocina, balcón, un área para servicios de lavandería. Tiene un área total de ciento diez metros cuadrados (110 mts2). Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguidos con la misma nomenclatura del apartamento (E4-10) ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble, se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con apartamento F4-9; SUR: Con apartamento E4-9, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensor con pasillo de circulación y escaleras de acceso; ESTE: Con fachada este del edificio en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio; y le corresponde un porcentaje de condominio de 1.698% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº E(PH-E): Corresponde al tipo PH y se encuentra ubicado en el nivel Pent House del Edificio “E” que corresponde a la Primera Etapa, esta constituido por los siguientes ambientes y dependencias: Planta Baja. Habitación principal con un (1) baño, vestier, balcón y jardinera, dos (2) habitaciones auxiliares, dos (2) baños, una (1) habitación de servicio con un (1) baño, cocina, comedor, terraza, estar, un baño de visitas, terrazas de servicio descubierta. Planta Alta: una (1) habitación con un baño, estar, terraza descubierta y jardinera. Tiene un área total de trescientos veintiséis metros cuadrados con veinte decímetros cuadrados (326,20 mts2). Distribuidos así: En planta baja tiene un área de Doscientos treinta y siete metros cuadrados (237 mts2). En Planta alta tiene un área de ochenta y ocho metros cuadrados con setenta decímetros cuadrados (88,70 mts2). Consistente en un (1) área de construcción de doscientos setenta y tres metros cuadrados con veinte decímetros cuadrados (273,20 mts2) más un área de terraza en la planta baja de veinticinco metros cuadrados (25 mts2), y en la planta alta de veintiocho metros cuadrados (28 mts2). Le corresponde en propiedad dos (2) puestos de estacionamiento y dos (2) maleteros, distinguidos con la misma nomenclatura del apartamento (PH-E), ubicado en el área destinada a tal fin, los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes; NORTE: Con apartamento PH-F; SUR: Con fachada sur del edificio; ESTE: Con fachada este del edificio, en parte con pasillo de circulación que dan a escaleras de acceso; y OESTE: con fachada oeste del edificio y le corresponde un porcentaje de condominio de 5.835% sobre los derechos y obligaciones comunes. EDIFICIO “F”: El edificio “F” se encuentra comprendido dentro de los linderos siguientes; NORTE: Con área común que separa del edificio “A” y “B”, SUR: Con edificio “E”; ESTE: Con área común que separa del edificio “H”, y OESTE: Con área común, en parte con acceso al edificio y puesto de estacionamiento. Se encuentra conformado así: APARTAMENTO Nº F0-1. Corresponde al tipo 1 y se encuentra ubicado en el nivel Planta Baja (P.B) del edificio “F”, que corresponde a la primera etapa, está constituido por las siguientes ambientes y dependencias: Una (1) habitación principal con baño, dos (2) habitaciones auxiliares, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, un área para servicio de lavandería. Tiene un área total de ciento treinta y seis metros cuadrados con cuarenta y cinco decímetros cuadrados (136,45 mts2) distribuida en un área techada de ciento un metros cuadrados con treinta y cinco decímetros cuadrados (101,35 mts2) un área de patio en la parte trasera de veintidós metros cuadrados con treinta y cinco decímetros cuadrados (13,35 mts2). Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguidos con la misma nomenclatura del apartamento (FO-1), ubicado en área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con apartamento FO-2 en parte con depósito de basura, con fosa de ascensores con pasillo de circulación y escaleras de acceso; SUR: Con apartamento EO-2; ESTE: Con fachada este del edificio y en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio y en parte con depósito de basura; y le corresponde un porcentaje de condominio de 2.441% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº FO-2: Corresponde al tipo 2 y se encuentra ubicado en el nivel Planta Baja (P.B.) del Edificio “F”, de la Primera Etapa, está constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño, una (1) habitación auxiliar, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, un área para servicio de lavandería. Tiene un área total de ciento catorce metros cuadrados con noventa y cinco decímetros cuadrados (114,95 mts2), distribuida en un área techada de ochenta y ocho metros cuadrados con cuarenta decímetros cuadrados (88,40 mts2), un área de patio en la parte trasera de trece metros cuadrados (13 mts2) y un área de jardinera en la parte delantera de trece metros cuadrados con cincuenta y cinco decímetros cuadrados (13,55 mts2). Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguidos con la misma nomenclatura del apartamento (FO-2), ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con fachada norte del edificio y en parte con cuarto de medidores; SUR: Con apartamento FO-1, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensores y en parte con pasillo de circulación y escaleras de acceso; ESTE: con fachada este del edificio y en parte con pasillo de circulación; OESTE: Con fachada oeste del edificio y en parte con cuarto de medidores, y le corresponde un porcentaje de condominio de 2.056% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº F1-3: corresponde al tipo 3 y se encuentra ubicado en el nivel primero del Edificio “F” que corresponde a la Primera Etapa. Está constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño y jardinera, dos (2) habitaciones auxiliares con jardinera, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, balcón, un área para servicio de lavandería. Tiene un área total de ciento diez metros cuadrados (110 mts2). Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguidos con la misma nomenclatura del apartamento (F1-3) ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con apartamento F1-4, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensores y en parte con pasillo de circulación y escaleras de acceso; SUR: Con apartamento E1-4; ESTE: Con fachada este del edificio, en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio; y le corresponde un porcentaje de condominio de 1.968% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº F1-4: Corresponde al tipo 4 y se encuentra ubicado en el nivel primero del edificio “F” que corresponde a la Primera Etapa, está constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño y jardinera, una (1) habitación auxiliar con jardinera, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, balcón, un área para servicio de lavandería. Tiene un área total de noventa y cinco metros cuadrados (95 mts2). Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguidos con la misma nomenclatura del apartamento (F1-4), ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con fachada norte del edificio; SUR: Con apartamento F1-3, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensor con pasillo de circulación y escaleras de acceso; ESTE: con fachada este del edificio en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio; y le corresponde un porcentaje de condominio de 1.699% sobre derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº F2-5: Corresponde al tipo 3 y se encuentra ubicado en el segundo nivel del edificio “F” que corresponde a la Primera Etapa, está constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño y jardinera, dos (2) habitaciones auxiliares con jardinera, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, balcón, un área para servicio de lavandería. Tiene un área total de ciento diez metros cuadrados (110 mts2). Le corresponde en propiedad un puesto de estacionamiento y un (1) maletero distinguidos con la misma nomenclatura del apartamento (F2-5), ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con apartamento F2-6, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensores y en parte con pasillo de circulación y escaleras de acceso; SUR: Con apartamento E2-6; ESTE: Con fachada este del edificio, en parte con pasillo de circulación y OESTE: con fachada oeste del edificio, y le corresponde un porcentaje de condominio de 1.968% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº F2-6: Corresponde al tipo 4 y se encuentra ubicado en el segundo nivel del edificio “F” que corresponde a la Primera Etapa, está constituida por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño y jardinera, una (1) habitación auxiliar con jardinera, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, balcón, un área para servicio de lavandería. Tiene un área total de noventa y cinco metros cuadrados (95 mts2) y le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguido con la misma nomenclatura del apartamento (F2-6), ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: con fachada norte del edificio; SUR: Con apartamento F”-5 en parte con depósito de basura, con fosa de ascensor, con pasillo de circulación y escaleras de acceso; ESTE: con fachada este del edificio en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio; y le corresponde un porcentaje de condominio de 1.699% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº F3-7: Corresponde al tipo 3 y se encuentra ubicado en el tercer en el tercer nivel del edificio “F” que corresponde a la Primera Etapa, esta constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño y jardinera, dos (2) habitaciones auxiliares con jardinera, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, balcón, un área para servicio de lavandería. Tiene un área total de ciento diez metros cuadrados (110 mts2). Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguidos con la misma nomenclatura del apartamento (F3-7), ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con apartamento F3-8, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensores y en parte con pasillo de circulación y escaleras de acceso: SUR: Con apartamento E3-8; ESTE: Con fachada este del edificio en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio, y le corresponde un porcentaje de condominio de 1.968% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº F3-8: Corresponde al tipo 4 y se encuentra ubicado en el tercer nivel del edificio “F” que corresponde a la Primera Etapa, está constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño y jardinera, una (1) habitación auxiliar con jardinera, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, balcón, un área para servicio de lavandería. Tiene un área total de Noventa y Cinco Metros Cuadrados (95 mts2). Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero distinguido con la misma nomenclatura del apartamento (F3-8), ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes. NORTE: Con fachada norte del edificio; SUR: Con apartamento F3-7, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensor, con pasillo de circulación y escaleras de acceso: ESTE: Con fachada este del edificio, en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio; y le corresponde un porcentaje de condominio de 1.699% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº F4-9: Corresponde al tipo 3 y se encuentra ubicado en el cuarto nivel del edificio “F” que corresponde a la Primera Etapa, está constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño y jardinera, dos (2) habitaciones auxiliares con jardinera, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina,, balcón, un área para servicio de lavandería. Tiene un área total de Ciento diez metros cuadrados (110 mts2). Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguidos con la misma nomenclatura del apartamento (F4-9), ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con apartamento F4-10 en parte con depósito de basura, con fosa de ascensores, y en parte con pasillo de circulación y escaleras de acceso; SUR: Con apartamento E4-10; ESTE: Con fachada este del edificio, parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio; y le corresponde un porcentaje de condominio de 1.968% sobre los derechos de obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº F4-10: corresponde al tipo 4 y se encuentra ubicado en el cuarto nivel del edificio “F” que corresponde a la Primera Etapa, está constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño y jardinera, una (1) habitación auxiliar con jardinera, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, balcón, un área para servicio de lavandería. Tiene un área total de Noventa y Cinco Metros Cuadrados (95. mts2). Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguidos con la misma nomenclatura del apartamento (F4-10), ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con fachada norte del edificio, SUR: Con apartamento F4-9, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensor, con pasillo de circulación y escaleras de acceso; ESTE: Con fachada este del edificio, en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio; y le corresponde un porcentaje de condominio de 1.699% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO PENT HOUSE – F (PH-F): Corresponde AL TIPO PH y se encuentra ubicado en el nivel PENT HOUSE del edificio “F”, que corresponde a la primera etapa. Esta constituido por los siguientes ambientes y dependencias: Planta Baja: habitación principal con un (1) baño y vestier, balcón y jardinera, dos (2) habitaciones auxiliares, dos (2) baños, una (1) habitación de servicio con un (1) baño, cocina, comedor, terraza, estar, un (1) baño de visitas, terraza de servicio descubierta. Planta Alta; una (1) habitación con un (1) baño, estar, terraza descubierta y jardinera. Tiene un área total de (326,20 mts2) distribuida así: En planta baja tiene un área de (237 mts2). En planta alta tiene un área de (88,70 mts2) consistente de un (1) área de construcción de doscientos setenta y tres metros cuadrados con veinte decímetros cuadrados (273,20 mts2) más un área de terraza en la planta baja de veinticinco metros cuadrados (25,oo mts2) y en la planta alta de veintiocho metros cuadrados (28 mts2). Le corresponde en propiedad dos (2) puestos de estacionamiento y dos (2) maleteros, distinguidos con la misma nomenclatura del apartamento (PH-F), ubicado en el área destinada a tal fin, los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con fachada norte del edificio; SUR: Con apartamento PH-E; ESTE: Con fachada este del edificio, en parte con pasillo de circulación que dan a escaleras de acceso; y OESTE: Con fachada oeste del edificio, y le corresponde un porcentaje de condominio de 5.835% sobre los derechos y obligaciones comunes. EDIFICIO “K”: El edificio “k” se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con edificio “L”, SUR: Con área común y acceso que separa del edificio “N”; ESTE: Con área común y social; y OESTE: Con área común y acceso al edificio que separa de puestos de estacionamiento. Se encuentra conformado así: APARTAMENTO Nº K0-1: Corresponde al tipo 2 y se encuentra ubicado en el nivel Planta Baja (P.B.) del edificio “K” de la Primera Etapa, esta constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño, una (1) habitación auxiliar, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, un área para servicio de lavandería. Tiene un área total de ciento catorce metros cuadrados con noventa y cinco decímetros cuadrados (114,95 mts2) distribuida en un área techada de Ochenta y Ocho Metros Cuadrados con Cuarenta Decímetros Cuadrados (88,40 mts2), un área de patio en la parte trasera de trece metros cuadrados (13 mts2) y un área de jardín en la parte delantera de trece metros cuadrados con cincuenta y cinco decímetros cuadrados (13,55 mts2). Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguidos con la misma nomenclatura del apartamento (K0-1), ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con apartamento K0-2, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensores y en parte con pasillo de circulación y escaleras de acceso; SUR: Con fachada sur del edificio y en parte con cuarto de medidores; ESTE: Con fachada este del edificio y en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio y en parte con cuarto de medidores; y le corresponde un porcentaje de condominio de 2.056% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº K0-2: Corresponde al tipo 1 y se encuentra ubicado en el nivel Planta Baja (P.B) del edificio “K” que corresponde a la Primera Etapa, está constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño, dos (2= habitaciones auxiliares, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina,, un área para servicio de lavandería. Tiene un área total de ciento treinta y seis metros cuadrados con cuarenta y cinco decímetros cuadrados (136,45 mts2) distribuida en un área techada de Ciento Un metros Cuadrados con Diez Decímetros Cuadrados (101,10 mts2), un área de patio en la parte trasera de veintidós metros cuadrados (22 mts2) y un área de jardín en la parte delantera de trece metros cuadrados con treinta y cinco decímetros cuadrados (13,35 mts2). Le corresponde en propiedad un puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguidos con la misma nomenclatura de apartamento (K0-2), ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con apartamento L0-1; SUR: Con apartamento K0-1, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensores y en parte con pasillo de circulación y escaleras de acceso; ESTE: Con fachada este del edificio y en parte con pasillo de circulación; OESTE: Con fachada oeste del edificio, y en parte con depósito de basura, le corresponde un porcentaje de condominio de 2.441% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº K1-3: corresponde al tipo 4 y se encuentra ubicado en el nivel primero del edificio “K” que corresponde a la primera etapa, está constituido por las siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño y jardinería, una (1) habitación auxiliar con jardinería, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, balcón, un área para servicio de lavandería. Tiene un área total de noventa y cinco metros cuadrados (95 mts2), le corresponde en propiedad un puesto de estacionamiento y un maletero, distinguidos con la misma nomenclatura del apartamento (K1-3), ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con apartamento K1-4, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensores, y en parte con pasillo de circulación y escaleras de acceso; SUR: Con fachada sur del edificio; ESTE: Con fachada este del edificio en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio; y le corresponde un porcentaje un porcentaje de condominio de 1.699% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº K1-4: Corresponde al tipo 3 y se encuentra ubicado en el nivel primero del edificio “K” que corresponde la Primera Etapa, está constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño y jardinera, dos (2) habitaciones auxiliares con jardinera, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, balcón, un área para servicio de lavandería. Tiene un área total de ciento diez metros cuadrados (110 mts2) le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguidos con la misma nomenclatura de apartamento (K1-4) ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con apartamento L1-3, SUR: Con apartamento K1-3, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensores, y en parte con pasillo de circulación y escaleras de acceso. ESTE: Con fachada este del edificio, en parte con pasillo de circulación y OESTE: con fachada oeste del edificio, y le corresponde un porcentaje de condominio de 1968% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº K2-5: Corresponde al tipo 4 y se encuentra ubicado en el nivel del edificio “K” que corresponde a la primera etapa, está constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño y jardinera, una (1) habitación auxiliar con jardinera, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, balcón, un área para servicio de lavandería, tiene un área total de noventa y cinco metros cuadrados (95 mts2). Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguidos con la misma nomenclatura del apartamento (K2-5), ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con apartamento K2-6, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensores, y en parte con pasillo de circulación y escaleras de acceso; SUR: Con fachada sur del edificio; ESTE: Con fachada este del edificio, en parte con pasillo de circulación; y OESTE: con fachada este del edificio, en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio, y le corresponde un porcentaje de condominio de 1.699% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº K2-6: Corresponde al tipo 3 y se encuentra ubicado en el segundo nivel del edificio “K” que corresponde a la Primera Etapa, está constituido por los siguientes ambientes y dependencias: Una (1) habitación principal con baño y jardinera, dos (2) habitaciones auxiliares con jardinera, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, balcón, un área para servicio de lavandería. Tiene un área total de Ciento Diez Metros Cuadrados (110 mts2) le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguidos con la misma nomenclatura del apartamento (K2-6), ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con apartamento L2-5; SUR: Con apartamento K2-5 en parte con depósito de basura, con fosa de ascensores y en parte con pasillo de circulación y escaleras de acceso; ESTE: Con fachada este del edificio en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio; y le corresponde un porcentaje de condominio de 1.968% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº K3-7. Corresponde al tipo 4 y se encuentra ubicado en el tercer nivel del edificio “K” que corresponde a la primera Etapa. Está constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño y jardinería, una (1) habitación auxiliar con jardinería, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, balcón, un área para servicio de lavandería. Tiene un área total de noventa y cinco metros cuadrados (95 mts2). Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un maletero, distinguidos con la misma nomenclatura del apartamento (K3-7), ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con apartamento K3-8, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensores y en parte con pasillo de circulación y escaleras de acceso; SUR: Con fachada sur del edificio; ESTE; Con fachada este del edificio en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio; y le corresponde un porcentaje de condominio de 1.699% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº K3-8. Corresponde al tipo 3 y se encuentra ubicado en el tercer nivel del edificio “K” que corresponde a la Primera Etapa, esta constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño y jardinera, dos (2) habitaciones auxiliares con jardinería, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, balcón, un área para servicio de lavandería. Tiene un área total de Ciento Diez Metros Cuadrados (119 mts2). Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguidos con la misma nomenclatura del apartamento K3-8 ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con apartamento L3-7, SUR: con apartamento K3-7, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensores y en parte con pasillo de circulación, y escalera de acceso; ESTE: Con fachada este del edificio, en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada este del edificio; y le corresponde un porcentaje de condominio de 1.968% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO K4-9; corresponde al tipo 4 y se encuentra ubicado en el cuarto nivel del edificio “K” que corresponde a la primera etapa. Esta constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño y jardinera, una (1) habitación auxiliar con jardinera, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, balcón, un área para servicio de lavandería. Tiene un área total de noventa y cinco metros cuadrados (95 mts2). Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguidos con la misma nomenclatura del apartamento (K4-9), ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con apartamento K4-10, en parte con depósito de basura. Con fosa de ascensores, y en parte con pasillo de circulación y escaleras de acceso; SUR: Con fachada sur del edificio; ESTE: Con fachada este del edificio, en parte con pasillo de circulación, y OESTE: Con fachada oeste del edificio, y le corresponde un porcentaje de condominio de 1.699% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO k4-10: Corresponde al tipo 3 y se encuentra ubicado en el cuarto nivel del edificio “K” que corresponde a la Primera Etapa, está constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño y jardinería, dos (2) habitaciones auxiliares con jardinera, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, balcón, un área para servicio de lavandería. Tiene un área total de ciento diez metros cuadrados (110 mts2). Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguido con la misma nomenclatura del apartamento (K4-10, ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con apartamento L4-9, SUR: Con apartamento K4-9, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensores y en parte con pasillo de circulación y escaleras de acceso; ESTE: Con fachada este del edificio en parte con pasillo de circulación, y OESTE: Con fachada oeste del edificio; y le corresponde un porcentaje de condominio de 1.968% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO PENT HOUSE K (PH-k): Corresponde al tipo PH y se encuentra ubicado en el nivel Pent Souse del Edificio “K” que corresponde a la Primera Etapa. Esta constituido por los siguientes ambientes y dependencias: Planta Baja: Habitación principal con un (1) baño, vestier, balcón y jardinera, dos (2) habitaciones auxiliares, dos (2) baños, una (1) habitación de servicio con un (1) baño, cocina, comedor, terraza, estar, un (1) baño de visitas, terraza de servicios descubierta. Planta Alta: una (1) habitación con un (1) baño, estar, terraza descubierta y jardinería. Tiene un área total de trescientos veintiséis metros cuadrados con veinte decímetros cuadrados (326,20 mts) distribuidos así: en planta baja tiene un área de doscientos treinta y siete metros cuadrados (237, mts2) en Planta alta tiene un área de ochenta y ocho metros cuadrados con setenta decímetros cuadrados (88,70 mts2). Consistente de un (1) área de construcción de doscientos setenta y tres metros cuadrados con veinte decímetros cuadrados (273,20 mts2) más un ára de terraza en la planta baja de veinticinco metros cuadrados (25 mts2) y en la plata alta de veintiocho metros cuadrados (28 mts2) corresponde en propiedad dos (2) puestos de estacionamiento y dos (2) maleteros distinguidos con la misma nomenclatura del apartamento (PH-K), ubicado en el área destinada a tal fin, los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con apartamento PH-L, SUR: Con fachada sur del edificio, ESTE: con fachada este del edificio, en parte con pasillo de circulación que dan a escaleras de acceso; y OESTE: con fachada oeste del edificio; y le corresponde un porcentaje de condominio de 5.835% sobre los derechos y obligaciones comunes. EDIFICIO “L”. El Edificio “L” se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos NORTE: con área común y acceso al edificio que separa los puestos de estacionamientos, SUR: Con edificio “K”, ESTE: Con área común y social; y OESTE: Con área común y acceso al edificio que separa los puestos de estacionamiento y se encuentra conformada así: APARTAMENTO Nº L0-1: Corresponde al tipo 1 y se encuentra ubicado en el nivel Planta Baja (P.B) del edificio “L” que corresponde a la Primera Etapa, está constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño, dos (2) habitaciones auxiliares, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, un área para servicio de lavandería. Tiene un área total de ciento treinta y seis metros cuadrados con cuarenta y cinco decímetros cuadrados (136,45 mts2) distribuida en un área techada de ciento un metros cuadrados con diez decímetros cuadrados (101,10 mts2), un área de patio en la parte trasera de veintidós metros cuadrados (22,mts2) y un área de jardín en la parte delantera de trece metros cuadrados con treinta y cinco decímetros cuadrados (13,35 mts2). Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguidos con la misma nomenclatura de apartamento (L0-1), ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con apartamento L0-2, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensores, y en parte con pasillo de circulación y escaleras de acceso; SUR: Con apartamento K0-2, ESTE: Con fachada oeste del edificio y e parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio y en parte con depósito de basura, le corresponde un porcentaje de condominio de 2.441% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº l0-2. Corresponde al tipo 2 y se encuentra ubicado en el nivel planta Baja (P.B.) del edificio “L” de la Primera Etapa, está constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño, una habitación auxiliar, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, un (1) área para servicio de lavandería. Tiene un área total de ciento catorce metros cuadrados con noventa y cinco decímetros cuadrados (114,95 mts2), distribuida en un área techada de ochenta y ocho metros cuadrados con cuarenta decímetros cuadrados (88,40 mts2), un área de patio en la parte trasera de trece metros cuadrados (13 mts2) y un área de jardín en la parte delantera de trece metros cuadrados con cincuenta y cinco decímetros cuadrados (13,55 mts2). Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguidos con la misma nomenclatura de apartamento (L0-2) ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forma parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con fachada norte del edificio y en parte con cuarto de medidores; SUR: Con apartamento L0-1, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensores y en parte con pasillo de circulación y escaleras de acceso; ESTE: con fachada este del edificio y en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio y en parte con cuarto de medidores y le corresponde un porcentaje de condominio de 2.056% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº L1-3: Corresponde al tipo 3 y se encuentra ubicado en el nivel primero del edificio “L” que corresponde a la Primera Etapa, está constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño y jardinera, dos (2) habitaciones auxiliares con jardinera, un (1) baño principal, sala comedir, cocina, balcón, un área para servicio de lavandería. Tiene un área total de Ciento Diez metros cuadrados (119 mts2). Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguidos con la misma nomenclatura del apartamento (L1-3), ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos y particulares siguientes: NORTE: Con apartamento L1-4, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensores y en parte con pasillo de circulación y escaleras de acceso; SUR: Con apartamento K1-4; ESTE: Con fachada este del edificio, en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada peste del edificio; y le corresponde un porcentaje de condominio de 1.968% sobre los derechos y obligaciones comunes: APARTAMENTO Nº L1-4: Corresponde al tipo 4 y se encuentra ubicado en el nivel primero del edificio “L” que corresponde a la primera etapa, está constituido por las siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño y jardinera, una (1) habitación auxiliar con jardinera, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, balcón, área para servicio de lavandería. Tiene un área total de noventa y cinco metros (95 mts2). Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un maletero, distinguidos con la misma nomenclatura del apartamento (L1-4), ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con fachada norte del Edificio, SUR: Con apartamento L1-3, en parte con depósito de basura con fosa de ascensores, con pasillo de circulación y escaleras de acceso; ESTE: Con fachada este del edificio, con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio y corresponde un porcentaje de condominio de 1.699%, sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº L2-5 Corresponde al tipo 3 y se encuentra ubicado en el nivel primero del edificio “L” que corresponde a la Primera Etapa, está constituido por las siguientes dependencias y ambientes: una (1) habitación principal con baño y jardinera, Dos (2) habitaciones auxiliares con jardinera; un (1) baño principal; sala, comedor, cocina, balcón, un área para servicio de lavandería. Tiene un área total de ciento diez metros cuadrados (110 mts2). Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento, un (1) maletero, distinguido con la misma nomenclatura del apartamento (L2-5), ubicado en el área destinada a tal fin, los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con apartamento L2-6 en parte con depósito de basura, con fosa de ascensores y en parte con pasillo de circulación y escaleras de acceso. SUR: Con apartamento K2-6; ESTE: Con fachada este del edificio , en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio y le corresponde un porcentaje de condominio de 1.968% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº L2-6, Corresponde al tipo 4 y se encuentra ubicado en el segundo nivel del edificio “L” que corresponde a la Primera Etapa, está constituido por las siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño y jardinera, una (1) habitación auxiliar con jardinera, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, balcón, un (1) área para servicio de lavandería. Tiene un área total de noventa y cinco metros cuadrados (95 mts2). Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguido con la misma nomenclatura del apartamento (L2-6), ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con fachada norte del edificio; SUR: Con apartamento L2-5, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensor, con pasillo de circulación y escaleras de acceso: ESTE: Con fachada este del edificio, en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio; y le corresponde un porcentaje de condominio de 1.699% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº L3-7. Corresponde al tipo 3 y se encuentra ubicado en el cuarto nivel del edificio “L” que corresponde a la Primera Etapa, está constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño y jardinera, dos (2) habitaciones auxiliares con jardinera, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, balcón, un área para servicio de lavandería. Tiene un área total de ciento diez metros cuadrados (110 mts2). Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguidos con la misma nomenclatura del apartamento (L3-7), ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con apartamento L3-8, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensores y en parte con pasillo de circulación y escaleras de acceso: SUR: Con apartamento K3-8; ESTE: Con fachada este del edificio, en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio y le corresponde un porcentaje de condominio de 1.968% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº L3-8; Corresponde al tipo 4 y se encuentra ubicado en el tercer nivel del edificio “L” que corresponde a la Primera Etapa , está constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño y jardinera, una (1) habitación auxiliar con jardinera, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, balcón, un área para servicio de lavandería. Tiene un área total de Noventa y Cinco Metros Cuadrados (95 mts2). Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguidos con la misma nomenclatura del apartamento (L3-8), ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con fachada norte del edificio; SUR: Con apartamento L3-7, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensores y en parte con pasillo de circulación y escaleras de acceso; ESTE: Con fachada este del edificio, en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio; y le corresponde un porcentaje de condominio de 1.699% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº L4-9: corresponde al tipo 3 y se encuentra ubicado en el cuarto nivel del edificio “L” que corresponde a la Primera Etapa, está constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño y jardinera; dos (2) habitaciones auxiliares con jardinera, un (1) baño principal, sala, cocina, comedor, balcón, un área para servicio de lavandería. Tiene un área total de ciento diez metros Cuadrados (110 mts2). Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguidos con la misma nomenclatura del apartamento (L4-9), ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con apartamento L4-10, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensores, y en parte con pasillo de circulación y escaleras de acceso; SUR: Con apartamento K4-10; ESTE: Con fachada este del edificio, en parte con pasillo de circulación y OESTE: Con fachada oeste del edificio, y le corresponde un porcentaje de condominio de 1.968% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO L4-10: Corresponde al tipo 4 y se encuentra ubicado en el cuarto nivel del edificio “L”, corresponde a la Primera Etapa, está constituido por los siguientes ambientes y dependencias: Una (1) habitación principal con baño y jardinera, una (1) habitación auxiliar con jardinera, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, balcón, un área para servicio de lavandería. Tiene un área total de noventa y cinco metros cuadrados (95 mts2) y le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguido con la misma nomenclatura del apartamento (L4-10), ubicado en el área destinada a tal fin, los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con fachada norte del edificio: SUR: Con apartamento L4-9, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensores, con pasillo de circulación y escaleras de acceso; ESTE: Con fachada este del edificio, en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio; y le corresponde un porcentaje de condominio de 1.699% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO PENT HOUSE-L- (PH-L) Corresponde al tipo PH y se encuentra ubicado en el nivel Pent House del Edificio “L” que corresponde a la Primera Etapa. Está constituido por los siguientes ambientes y dependencias: Planta Baja: Habitación principal con un (1) baño, vestier, balcón y jardinera, dos (2) habitaciones auxiliares, dos (2) baños, Una (1) habitación de servicio con un (1) baño, cocina, comedor, terraza, estar, un (1) baño de visitas, terraza de servicio descubierta. Plata Alta: una (1) habitación con un (1) baño, estar, terraza descubierta y jardinería. Tiene un área total de trescientos veintiséis metros cuadrados con veinte decímetros cuadrados (326,20 mts2), distribuidos así: En Planta baja tiene un área de doscientos treinta y siete metros cuadrados (237 mts2). En Planta alta tiene un área de ochenta y ocho metros cuadrados con setenta decímetros cuadrados (88,70 mts2). Consistente en un (1) área de construcción de doscientos setenta y tres metros cuadrados con veinte decímetros cuadrados (273,20 mts2), más un área de terraza en la planta baja de veinticinco metros cuadrados (25 mts2) y en la planta alta de veintiocho metros cuadrados (28 mts2). Le corresponde en propiedad dos (2) puestos de estacionamiento y dos (2) maleteros, distinguidos con las misma nomenclatura del apartamento (PH-L), ubicado en el área destinada a tal fin, los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con vahada norte del edificio; SUR: Con apartamento PH-K; ESTE: Con fachada este del edificio, en parte con pasillo de circulación que dan a escaleras de acceso y OESTE: Con fachada oeste del edificio; y le corresponde un porcentaje de condominio de 5.835% sobre los derechos y obligaciones comunes. Formaron parte de la mencionada hipoteca los bienes comunes del CONJUNTO TURISTICO Y RESIDENCIAL ARENA AZUL, los cuales se describen a continuación: a) veinticinco (25) puestos de estacionamiento para visitantes con un área de 240 m a 500 m. completamente asfaltados, distinguidos con los Nros: 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29,30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42 y 34. b) una (1) caseta de vigilancia. C) 661.00 metros lineales de muro perimetral. D) 11.200 m3 de movimiento de tierra para la conformación de todas las terrazas del conjunto habitacional. e) Tanque de almacenamiento subterráneo de agua potable con capacidad para 780.000 lts. f) construcción de portal de acceso. g) 2.889.00 de vialidad asfaltada. h) 2.562.84 m2 de caminerías y áreas verdes. i) churuata recreacional de 50 mts2. j) 400 ml. De tubería de PVC 4” para la alimentación de aguas blancas. K) 205 ML de tuberías de PVC “3” para la alimentación de aguas blancas. I) Construcción de una caseta de bombeo de 47 mts2 con sus respectivos equipos de impulsión. m) 250 ml. de tubería de recolección de aguas negras en PVC “8”. n) Red eléctrica en baja y alta tensión para el conjunto. o) Instalación de dos (2) tanques de almacenamiento y distribución de gas domiciliario con su respectiva red de alimentación a cada edificio. p) Red de instalación contra incendio para los cuatro edificios. q) La conserjería con un área de sesenta metros cuadrados (60 mts2). r) Centro de suministro de energía eléctrica y un banco de transformadores general para el conjunto con su respectiva acometida eléctrica. S) Oficina de obra talleres comedor, baño y cocina para el funcionamiento del personal directivo y obrero del desarrollo. El inmueble anteriormente descrito le pertenece a la prestataria así: La parcela de terreno conforme consta de documento protocolizado por ante la Oficina Inmobiliaria de Registro del Municipio Maneiro del Estado Nueva Esparta, en fecha 14 de julio del 2006, bajo el Nº 18, folios 89 al 92, protocolo primero, tomo 3. Tercer Trimestre, la cual fue deslindada conforme a documento especial de condominio protocolizado por ante la mencionada oficina inmobiliaria en fecha 20 de diciembre de 2007, bajo el Nº 24, folios del 94 al 120, Protocolo Primero, tomo 14, Cuarto Trimestre, posteriormente reformulado mediante documento protocolizado ante la misma oficina inmobiliaria, en fecha 21 de febrero de 2008, bajo el Nº 12, folio 47 al 66, Protocolo Primero, tomo 7.
• Que la prestataria ha incumplido su obligación de pagarle AL BANCO las cuotas a las cuales quedó obligado en virtud del documento, a pesar de las gestiones de cobranza hechas por su representado, siendo que para la fecha, esto es el 29 de julio de 2009, adeuda la cantidad de DOS MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y TRES BOLIVARES (Bs. 2.000.533,33), por concepto de saldo a capital mas intereses convencionales y de mora, según Posición de deuda que se anexa marcado con la letra “E”.
• Que expresamente se convino en EL DOCUMENTO que la falta de pago de una (1) cuota trimestral que incluiría capital e intereses, daría derecho al BANCO de considerar la obligación total como de plazo vencido, y exigir el pago inmediato del saldo deudor y habida cuenta del reiterado incumplimiento por parte de LA PRESTATARIA en sus obligaciones de pago, en ejecución del derecho que le confieren a su representado las citadas estipulaciones de EL DOCUMENTO, es por lo que EL BANCO ha resuelto considerar las citadas obligaciones de LA PRESTATARIA como de plazo vencido, siendo líquidas y exigibles, por lo cual siguiendo las expresas instrucciones de su representado, acuden ante su competente autoridad a fin de demandar como en efecto lo hacen LA EJECUCION DE LA HIPOTECA CONVENCIONAL ESPECIAL DE PRIMER GRADO constituida por LEONARDO RAUL BAPTISTA DIAZ en nombre y representación de la Sociedad mercantil INVERSIONES & CONSTRUCCIONES 2005, C.A., como anteriormente señalaron sobre los inmuebles anteriormente descritos, los cuales han sido suficientemente identificados y deslindados en este libelo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 660 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.
• Solicitan al Tribunal que se acuerde la intimación de LA PRESTATARIA, sociedad mercantil INVERSIONES & CONSTRUCCIONES 2005, C.A., en la persona de su Director, ciudadano LEONARDO RAUL BAPTISTA DIAZ, en su condición de deudora de las obligaciones aquí referidas y como propietaria del inmueble (garante hipotecario) objeto de la presente solicitud de ejecución de hipoteca, para que apercibidos de ejecución, paguen al BANCO CARONI, C.A. BANCO UNIVERSAL, o a ello sean condenados por el Tribunal las cantidades siguientes:
• PRIMERO: La cantidad de UN MILLON SEISCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.600.000,oo) por concepto de saldo capital del préstamo a que se ha referido este escrito.
• SEGUNDO: La cantidad de TRESCIENTOS SESENTA MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS BOLIVARES CON SESENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. 360.266,67) correspondientes a los intereses por concepto de intereses convencionales, calculados sobre el monto adeudado de capital de dicho pagaré, a la tasa del veintiocho por ciento (28%).
• TERCERO: La cantidad de CUARENTA MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS BOLIVARES CON SESENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs 40.266,67), correspondiente a los intereses de mora calculados desde el 03 de Diciembre de 2006 hasta el 29 de julio de 2009.
• CUARTO: Para la cancelación de los intereses del capital que se sigan produciendo desde el 30 de julio de 2009, hasta la cancelación total del monto demandado y los cuales deberán ser computados a la tasa activa del mercado de las instituciones financiera.
• Solicitan se decreta medida de prohibición de enajenar y gravar sobre el inmueble hipotecado objeto de la presente ejecución.
1.1.1.- Recaudos consignados junto con la demanda
- Riela del folio 25 al 43 de la primera pieza, documento de contrato de préstamo.
- Consta al folio del 107 al 127 de la primera pieza, auto de fecha 19 de Octubre de 2009, dictado por el Tribunal de la causa, mediante el cual se admite la reforma de demanda y se ordena intimar al deudor y propietario del inmueble objeto de la presente demanda, sociedad mercantil INVERSIONES & CONSTRUCCIONES 2005, C.A., en la persona de su director ciudadano LEONARDO RAUL BAPTISTA DIAZ, para que comparezca por ante el tribunal dentro de los tres (03) días de despacho siguientes contados a partir de que conste en autos su intimación, más cinco (05) días continuos que se le concede como término de la distancia a pagar las cantidades establecidas en dicho auto. Asimismo se decreta MEDIDA DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre los bienes inmuebles que conforman la primera etapa del CONJUNTO TURISTICO RESIDENCIAL ARENA AZUL.
1.2.- Alegatos de la parte demandada
- Riela a los folios 39 y 40 de la segunda pieza, escrito presentado por la abogada BLANCA ROMERO en su condición de DEFENSORA JUDICIAL de la sociedad mercantil INVERSIONES Y CONSTRUCCIONES 2005, C.A., mediante la cual alega lo que de seguida se sintetiza:
• Que opone la cuestión previa contenida en el Ordinal 6º del artículo 346 es decir el defecto de forma de la demanda por no haberse llenado en el libelo los requisitos que indica el artículo 340 del Código de Procedimiento Civil.
• Asimismo hace formal oposición al pago que se le intima a su defendida por los siguientes motivos:
• Ordinal 5º por disconformidad con el saldo establecido por el acreedor en la solicitud de ejecución con la salvedad que ante la imposibilidad de ubicar la demandada o sus representados o apoderados, es imposible consignar prueba escrita de este fundamento.
• Que se desprende de la demanda que el acto hace referencia a un reiterado incumplimiento, más no señala si en alguna oportunidad le fue deducido algún pago de la cuenta que debió aperturar en el banco acreedor, o si per se, el ahora demandado, pagó capital o intereses de la supuesta deuda que adquirió con el Banco. Por otra parte los intereses alegados en la denominada posición de deuda aportada por el mismo actor no refleja montos exactos que hayan sido pagados por el deudor intimado y en el supuesto que existiera dicha obligación, deben ser objeto del debate probatorio los intereses demandados y su quantum.
1.3.- Escrito de subsanación de la cuestión previa opuesta.
- Riela a los folios 41 y 42 de la segunda pieza, escrito de subsanación de la cuestión previa opuesta.
- Consta al folio 51 de la segunda pieza, auto de fecha 08 de agosto de 2011, mediante el cual el Tribunal declara subsanada las cuestiones previas opuesta por la parte demandada y se declara improcedente la oposición formulada por la parte demandada, por cuanto no consignó prueba escrita, tal como lo establece el artículo 663 Ordinal 5º del Código de Procedimiento Civil
- Cursa al folio 52 de la segunda pieza, escrito presentado por la abogada BLANCA ROMERO, DEFENSORA JUDICIAL de la sociedad mercantil INVERSIONES Y CONSTRUCCIONES 2005, C.A., mediante el cual solicita se proceda a declarar el procedimiento abierto a pruebas y su continuación por los trámites del procedimiento ordinario.
- Consta al folio 53 de la segunda pieza, escrito presentado por el abogado DAVID ELIAS KABECHE JIMENEZ apoderado judicial del BANCO CARONI, C.A., mediante el cual peticiona al tribunal proceda a emitir el correspondiente pronunciamiento sobre la admisión o rechazo de la oposición formulada, a los fines de darle continuidad y certeza al juicio.
- Corre inserto al folio 54 de la segunda pieza, diligencia de fecha 09 de agosto de 2011, suscrita por la abogada BLANCA ROMERO, DEFENSORA JUDICIAL de la accionada, mediante la cual apela de la sentencia interlocutoria de fecha 08 de agosto de 2011, dicha apelación fue oída en un solo efecto por auto de fecha 21 de septiembre de 2011, que riela al folio 55 de la segunda pieza de este expediente.
- Consta al folio 58 de la segunda pieza, escrito presentado por el apoderado judicial de la parte actora, mediante el cual solicita se declare firme el decreto de intimación y con fuerza ejecutiva, ordenando la continuidad de la ejecución y se libre mandamiento de ejecución a cualquier juzgado ejecutor de la República Bolivariana de Venezuela para materializar la medida.
- Por auto de fecha 17 de octubre de 2011, el Tribunal de la causa decreta medida ejecutiva de embargo sobre bienes propiedad de la parte demandada hasta cubrir la cantidad de TRES MILLONES DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 3.200.000,oo) que corresponde al doble de la suma demandada (Bs. 1.600.00,oo), mas la cantidad de TRESCIENTOS SESENTA MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS BOLIVARES CON 67/100 (Bs. 360.266,67), correspondiente a los intereses convencionales, mas la cantidad de CUARENTA MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS BOLIVARES CON SESENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. 40.266,67), la cual recaerá especialmente sobre los siguientes bienes inmuebles constituidos por una parcela de terreno y las edificaciones construidas sobre la referida parcela que conforman la primera etapa del conjunto turístico residencial, Arena Azul.
- Consta al folio 78 de la segunda pieza, auto de fecha 26 de octubre de 2011, mediante el cual el Tribunal establece como honorarios del Defensor Judicial debido a las actuaciones realizadas la cantidad del 10% de la cantidad demandada, las cuales deberán ser canceladas por la parte demandada.
- Riela del folio 95 al 115 de la segunda pieza, acta de fecha 03 de noviembre de 2011, en la que se deja constar que tuvo lugar la práctica de la medida ejecutiva de embargo, donde quedaron embargados ejecutivamente los bienes inmuebles identificados y los pone en posesión del apoderado de la DEPOSITARIA JUDICIAL ORIENTE C.A., quien declara recibirlos conforme. Asimismo el perito avaluador ciudadano JOSE ORDAZ, efectuó el avalúo los bienes inmuebles antes embargados ejecutivamente en la cantidad de TRES MILLONES OCHOCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 3.800.000,oo).
- Consta a los folios del 140 al 147 de la segunda pieza , auto de fecha 24 de noviembre de 2011, mediante el cual exhorta al Juzgado de Primera Instancia que designe peritos avaluador y consecuente con ello su juramento y practiquen el avalúo de los inmuebles ya identificados.
1.4.- De las pruebas
- Por la parte demandada.
- Cursa a los folios 167 y 168 de la segunda pieza, escrito de promoción de pruebas presentado por la abogada BLANCA ROMERO en su condición de DEFENSORA JUDICIAL de la parte demandada donde promovió lo siguiente:
• Reproduce el merito favorable de autos los cuales invoca a su favor y ratifica el merito favorable de los documentos que constan en autos, específicamente, el documento aportado por la parte actora de fecha 26 de julio de 2011, y en el cual se refleja que su representada pagó la suma de Bs. 37.333.33 al banco prestatario.
• En el capítulo II solicitó prueba de informes en el sentido que se requiera del Banco Caroní el documento donde consta la fecha exacta de la liquidación del pretendido crédito que dice haber otorgado la accionada con especial referencia el monto que le fue depositado al momento de la liquidación. Fecha exacta en que ingresó al patrimonio de la accionada el referido préstamo. 3) Deducciones que le fueron aplicadas al momento de la liquidación del préstamo. 4) Que señale expresamente en que cuenta bancaria le fue consignada la suma dada en préstamo y a quien pertenece dicha cuenta.
• Por la parte actora
- Consignó escrito de promoción de pruebas que riela del folio 171 de la segunda pieza, mediante el cual promovió lo siguiente:
En el capitulo I reprodujo el merito favorable por lo que respecta al documento de préstamo, documento fundamental de la demanda que corre inserto al expediente.
En el capítulo II promovió la posición de deuda, actualizada a la fecha emitida por la vicepresidencia de contraloría de su representado, en el cual se refleja la cuota Nº 1 cancelada por el cliente y las cuotas desde la numero 2 hasta la numero 13 dejadas de cancelar desde hasta el 17 de abril de 2012.
- Riela al folio 248 de la segunda pieza, escrito de informes presentado por la abogada BLANCA ROMERO en su condición de DEFENSORA JUDICIAL de la parte demandada.-
- Cursa al folio 249 de la segunda pieza, escrito de informes presentado por el apoderado judicial de la parte actora.
- Consta a los folios del 257 al 271 de la segunda pieza, sentencia de fecha 05 de Junio de 2013, mediante la cual se declaró CON LUGAR la demanda de EJECUCION DE HIPOTECA CONVENCIONAL ESPECIAL Y DE PRIMER GRADO incoada por BANCO CARONI, C.A. BANCO UNIVERSAL contra la sociedad mercantil INVERSIONES & CONSTRUCCIONES 2005, C.A..
- Riela al folio 279 de la segunda pieza, diligencia de fecha 26 de julio de 2013, suscrita por la abogada BLANCA ROMERO en su condición de DEFENSOR JUDICIAL de la parte demandada mediante la cual apela de la sentencia de fecha 05 de junio de 2013, dicha apelación fue oída en ambos efectos por auto de fecha 05 de agosto de 2013, tal como consta al folio 282 de este expediente.
1.5.- Actuaciones celebradas en esta alzada
- Cursa al folio del 286 al 287 de la segunda pieza, escrito de informes presentado por la defensora judicial de la parte demandada.
CAPITULO SEGUNDO
2.- Argumentos de la decisión
El eje central del presente recurso radica en la apelación ejercida al folio 279 de la segunda pieza, por la defensora judicial de la sociedad mercantil INVERSIONES Y CONSTRUCCIONES 2005, C.A., contra la decisión inserto del folio 257 al 271 de la segunda pieza, de fecha 05 de junio de 2013, que declaró con lugar la demanda que por ejecución de hipoteca convencional y de primer grado interpusiera el BANCO CARONI, C.A. BANCO UNIVERSAL, argumentado la recurrida entre otros que al analizar los elementos probatorios se desprende de autos y de conformidad con la disposición del artículo 506 del Código de Procedimiento Civil, la cual establece la carga de la prueba, la cual no regula la actividad del Juez, al establecer los hechos, sino que permite a éste, ante la falta de prueba, decidir quien deberá correr con las consecuencias de creencia probatoria y siendo que la parte demandada no probó a los autos los hechos concretos que alegue extintivo o modificados la acción, en los términos de su oposición al monto intimado, como era la prueba de experticia contable de conformidad con el artículo 451 del Código de Procedimiento Civil que pudiera evidenciar la procedencia de la disconformidad con el saldo planteada por la demandada, o cualesquiera otras circunstancias contables que pudieran modificar o afectar de alguna manera el monto de la deuda, solo quedando evidenciado en dicho lapso probatorio la deuda del demandado, proveniente de la relación jurídica que mantuvo con el actor, y que evidentemente demuestra con los documentos aportados por el actor, la obligación de pago que tenía el demandado. En consecuencia, conforme a lo analizado en autos quedó demostrada la existencia de las hipotecas convencionales de primer grado constituidas sobre los inmuebles ya descritos en el texto del presente fallo, para garantizar el cumplimiento de la obligación contraída por la sociedad mercantil INVERSIONES & CONSTRUCCIONES 2005, C.A. ante el BANCO CARONI C.A. BANCO UNIVERSAL; por lo cual este juzgador considera procedente declarar con lugar la demanda de ejecución de hipoteca convencional especial de primer grado presentado por el BANCO CARONI, C.A. BANCO UNIVERSAL contra la Sociedad Mercantil INVERSIONES & CONSTRUCCIONES 2005, C.A.
La pretensión de la parte actora consiste en que la demandada de autos pague la cantidad de UN MILLON SEISCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.600.000,oo) por concepto de saldo capital del préstamo. La cantidad de TRESCIENTOS SESENTA MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS BOLIVARES CON SESENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. 360.266,67) correspondiente a los intereses por concepto de intereses convencionales. La cantidad de CUARENTA MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS BOLIVARES CON SESENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. 40.266,67), en virtud que la prestataria ha incumplido su obligación de pagar al BANCO las cuotas a las cuales quedó obligada en virtud del DOCUMENTO mediante el cual se le otorgó préstamo por la cantidad de UN MILLON SEISCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.600.000,oo).
La parte demandada a través de su defensora judicial a los folios del 39 al 40 de la segunda pieza, presentó escrito mediante la cual opuso la cuestión previa contenida en el Ordinal 6º del artículo 346 es decir el defecto de forma de la demanda por no haberse llenado en el libelo los requisitos que indica el artículo 340 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo hizo formal oposición al pago que se le intima a su defendida por los siguientes motivos: “…Ordinal 5º por disconformidad con el saldo establecido por el acreedor en la solicitud de ejecución con la salvedad que ante la imposibilidad de ubicar la demandada o sus representados o apoderados, es imposible consignar prueba escrita de este fundamento…”. Alega que se desprende de la demanda que el acto hace referencia a un reiterado incumplimiento, más no señala si en alguna oportunidad le fue deducido algún pago de la cuenta que debió aperturar en el banco acreedor, o si per se, el ahora demandado, pagó capital o intereses de la supuesta deuda que adquirió con el Banco. Por otra parte los intereses alegados en la denominada posición de deuda aportada por el mismo actor no refleja montos exactos que hayan sido pagados por el deudor intimado y en el supuesto que existiera dicha obligación, deben ser objeto del debate probatorio los intereses demandados y su quantum.
En informes presentados en esta alzada la demandada de autos a través de su defensora judicial alegó que la parte actora remitió al Juzgado de Primera Instancia lo solicitado, y concluido el lapso probatorio el Tribunal pronunció sentencia condenando a pagar al demandado las sumas contenidas en su pretensión, dando lugar a la presente apelación por cuanto en el supuesto negado de la parte demandada, le adeudare al actor alguna suma de dinero, que ese monto debe estar expresa y precisamente señalado, indicando con exactitud lo que realmente esté causado por concepto de capital, intereses, gastos de cobranza ya realizados, que como se puede apreciar no existe prueba alguna de haber realizado gastos de cobranza previos a la demanda.
Planteada como ha quedado la controversia, este Tribunal para decidir observa:
El jurista Oswaldo Parilli Araujo, (2.001) en su obra “De la Hipoteca (Mobiliaria e Inmobiliaria, 5ta edición, Gráficas Mar S.R.L, Caracas. Pág. 27), define a la ejecución de hipoteca como “ El procedimiento mediante el cual el acreedor hipotecario hace una solicitud dirigida al Tribunal competente, para que éste proceda a la intimación del deudor y del tercero poseedor a fin de obtener de ellos el pago del crédito en un término perentorio, con la advertencia conminatoria que en caso de ser acatada la orden de pago, se continuará el procedimiento hasta producirse el remate de los bienes hipotecados con el fin de cancelar al acreedor su crédito garantizado con el privilegio hipotecario. La solicitud deberá contener los requisitos contenidos en el artículo 661 del Código de Procedimiento Civil y estar acompañada de los recaudos allí requeridos. Si el Juez encuentra que están llenos los extremos que se exigen en la norma, decretará la prohibición de enajenar y gravar, iniciándose el procedimiento”.
Toyn F. Villar V., (2.008), en su texto ‘La Hipoteca y Ejecución de Hipoteca (Inmobiliaria y Mobiliaria). Ediciones Libra, Caracas. Pág. 230’. Apunta que es el, procedimiento mediante el cual, el acreedor hipotecario hace una solicitud ante el Tribunal competente a fin de que proceda a la intimación del deudor y del tercero poseedor para que efectúe el pago del crédito en un término perentorio, con la advertencia conminatoria de que en caso de no ser acatada la orden de pago, se continuará el procedimiento hasta el remate de los bienes hipotecados con la finalidad de cancelar al acreedor a su crédito garantizado con privilegio hipotecario.
Es así, que cuando se constituye una hipoteca por vía contractual como garantía de un contrato principal, se le aplican los principios de la teoría general del contrato y sus nulidades, en tal sentido la hipoteca debe cumplir con los requisitos de forma exigidos por el Legislador, así como también con los requisitos que son concurrentes y esenciales para hacer valer en juicio este tipo de procedimiento judicial, en tal sentido la parte demandante interpone dicha solicitud de hipoteca para satisfacer con esa garantía el pago de su acreencia derivada de la obligación contraída por la Sociedad Mercantil INVERSIONES & CONSTRUCCIONES 2005, C.A.
Es así, que pasa este Tribunal al análisis de las pruebas aportadas por las partes en el presente juicio y de las cuales se tiene que la parte actora al momento de presentar su demanda consignó lo que de seguida se señala:
• Documento de préstamo que riela del folio 25, al 43 de la primera pieza, el cual esta registrado por ante la oficina inmobiliaria de registro del Municipio Maneiro del Estado Nueva Esparta, anotado bajo el Nº 2, folio 12 al 31, protocolo primero, tomo 5, tercer trimestre del año 2008, de fecha 25 de Julio de 2008.
Con relación al presente documento del mismo se evidencia que se trata de un contrato de préstamo a interés celebrado entre el Banco Caroní, C.A. BANCO UNIVERSAL y la sociedad mercantil INVERSIONES & CONSTRUCCIONES 2005 C.A., mediante el cual el BANCO otorga a la prestataria la cantidad de UN MILLON SEISCIENTOS MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 1.600.000,oo), el cual se valora de conformidad con lo establecido en el artículo 1357 y 1360 del Código Civil, en concordancia con el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil y así se establece.
• Planilla de posición de deuda al 29-07-2009, emitida por el Rancio Caroní, folio 44 de la primera pieza.
Con relación a esta prueba, de la misma se evidencia que se trata de una planilla emitida de la vicepresidencia de crédito gerencia de cobranza y recuperaciones del Banco Caroní, donde se señala que la sociedad mercantil INVERSIONES & CONSTRUCCIONES 2005 C.A., tiene un total de deuda capital más intereses de DOS MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y TRES MIL BOLIVARES CON TREINTA Y TRES CENTIMOS (Bs. 2.000.533,33), el cual no fue impugnado ni desconocido por la parte demandada, en virtud de ello se le otorga valor probatorio, y así se establece.
• Certificación de gravamen expedido por el registro Público del Municipio Maneiro Estado Nueva Esparta.
Con relación a esta prueba la misma cursa a los folios 46 y 47 de la segunda pieza, y se trata de la certificación de gravamen expedida por el Registro Público del Municipio Maneiro estado Nueva Esparta, el cual se valora de conformidad con lo establecido en el artículo 1357 y 1360 del Código Civil en concordancia con el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil y así se establece.
Asimismo promovió en el escrito de pruebas que riela a los folios del 171 de la segunda pieza, lo siguiente:
• Planilla que riela al folio 172 de la segunda pieza, emitida por el Banco Caroní Vicepresidencia de Contraloría.
Con relación a esta prueba, de la misma se desprende el monto y las cuotas a deber por la sociedad mercantil demandada, desde el 31-07-2008 hasta el 17 de abril de 2012, donde se señala el interés convencional y la tasa de mora a pagar por la accionada, siendo cancelada la primera cuota tal como se desprende de la referida planilla, la cual este Tribunal la valora como documento electrónico de conformidad con el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil, y así se establece.
Por su parte de la demandada de autos a través de su defensora judicial reprodujo lo siguiente:
• El mérito favorable de autos los cuales invoca a su favor y ratifica el merito favorable de los documentos que constan en autos específicamente el documento aportado por la parte actora de fecha 26 de julio de 2011, el cual se encuentra inserto al expediente y reproduce en copia y del cual – a su decir- se refleja que su representada pagó la suma de Bs. 37.333,33 al Banco Prestatario. promovió las siguientes pruebas:
Con relación a esta prueba que riela al folio 169 de la segunda pieza, se evidencia que se trata de una copia simple –que a decir de la accionada fue aportado por la parte actora-, y del cual se evidencia que la demandada pagó una cuota por Bs. 37.333,33, con fecha de pago del 24-11-2008. Sin embargo de la revisión hecha a las actuaciones aportadas por la parte actora, no se constata que exista una planilla original como la que presenta la parte demandada al folio 169 de la segunda pieza, por lo que en virtud de ser presentada en copia simple la misma no tiene valor probatorio a tenor de lo dispuesto en el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil, por lo que se desestima, y así se establece.
• Misiva de fecha 26 de junio de 2012, emanada del Banco Caroní mediante el cual informa al Tribunal que el monto que le fue depositado al momento de la liquidación del crédito fue de Un Millón Quinientos Once Mil Ochocientos Veintidós Bolívares con 22/100 céntimos (Bs. 1.511.822,22). Que la fecha exacta en que ingresó al patrimonio de la accionada el referido préstamo, fue el 31 de julio de 2008, mediante la nota de crédito Nº 31070002. Que las deducciones que le fueron aplicadas al momento de la liquidación del crédito fue la cantidad de (Bs, 88.177,78). Que la cuenta bancaria en que fue consignada la suma dada en préstamo y a quien pertenece dicha cuenta fue la cuenta Nº 0128-0060-63-6000768108 a nombre de la Sociedad Mercantil Inversiones u Construcciones 2005, C.A..
Con relación a esta prueba de informes, que riela a los folios del 185 al 186 de la segunda pieza, se evidencia que el banco dio respuesta al requerimiento del Tribunal y en el anexo I adjuntó estado de cuenta perteneciente al mes de Julio de 2008, en el cual se evidencia la nota de crédito Nº 31070002, por un Millón Quinientos Once Mil Ochocientos Veintidós Bolívares con 22/100 céntimos (Bs. 1.511.822,22). Asimismo en el anexo II remitió expediente de conformación de la cuenta corriente Nº 0128-0060-63-6000768108, a nombre de la sociedad mercantil Inversiones y Construcciones 2005, c.a. y remite estados de cuenta de los años 2007, 2008, 2009, 2010, 2011 y 2012 correspondiente a la precitada cuenta corriente, dichos anexos cursan del folio 187 al 238 de la segunda pieza, de los cuales se evidencia la deuda liquida y exigible y el monto real de la misma que mantiene la sociedad mercantil INVERSIONES & CONSTRUCCIONES 2005, C.A. y así se establece.
Una vez analizado el material probatorio es menester señalar lo establecido en el artículo 506 del Código de Procedimiento Civil, cuando establece “Las partes tienen la carga de probar sus respectivas afirmaciones de hecho. Quien pida la ejecución de una obligación debe probarla, y quien pretenda que ha sido libertado de ella, debe por su parte probar el pago o el hecho extintivo de la obligación”. Es decir, el referido artículo es una norma general sobre la distribución de la carga de la prueba que no guarda relación con el establecimiento y valoración de los hechos, la carga de la prueba no significa obligación de probar y su determinación conduce a definir quien deberá soportar las consecuencias de la omisión probatoria; como se evidencia del contenido del artículo 508 del Código adjetivo, dicha disposición, al igual que el contenido del artículo 1354 del Código Civil, establecen la obligación de las partes de probar sus respectivas afirmaciones de hecho, regulando en cada caso, la carga que tienen los mismos de demostrarlo a través de los distintos medios de prueba previstos en la ley.
Es así, que se evidencia de todo el material probatorio vertido en los autos, que ciertamente la demandada de autos sólo pago una cuota como se desprende de la prueba de informe al folio 185 de la segunda pieza, por lo que no cumplió con la obligación de pago que tenía con el actor tal como se refleja de las actuaciones aportadas por el actor en el expediente, tales como el contrato, la certificación de gravámenes y la planilla que riela al folio 172 de la segunda pieza de este expediente, de lo cual se demuestra el incumplimiento en el pago del préstamo garantizado con la hipoteca, y así se decide.
Como corolario de todo lo expuesto, considera quien aquí sentencia que la sentencia de fecha 05 de junio de 2013, dictada por el Tribunal de la causa debe confirmarse como así se establecerá en la dispositiva de este fallo, por lo que resulta sin lugar la apelación ejercida por la parte accionada y así se establece.
CAPITULO TERCERO
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriores, este Juzgado Superior Civil, Mercantil y de Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por EJECUCION DE HIPOTECA CONVENCIONAL ESPECIAL DE PRIMER GRADO incoara la sociedad mercantil BANCO CARONI, C.A. BANCO UNIVERSAL contra la sociedad mercantil INVERSIONES & CONSTRUCCIONES 2005, C.A.; en consecuencia se condena a la parte demandada Sociedad Mercantil INVERSIOENS & CONSTRUCCIONES 2005, C.A., a pagar a la parte actora, las siguientes cantidades de dinero:
PRIMERO: La cantidad de UN MILLON SEISCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.600.000,oo) por concepto de saldo capital del préstamo.
SEGUNDO: La cantidad de TRESCIENTOS SESENTA MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS BOLIVARES CON SESENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. 362.566,67), correspondiente a los intereses por concepto de intereses convencionales, calculados sobre el monto adeudado al capital, a la tasa del veintiocho por ciento (28%) desde el 01 de octubre de 2008 hasta el 31 de marzo de 2009, a la tasa del veintiséis por ciento (26%) desde el 01 de abril de 2009 hasta el 04 de junio de 2009; a la tasa del veinticuatro por ciento (24%) desde el 05 de Junio de 2009 hasta el 29 de julio de 2009, fecha ésta que se ha tomado como cierre de esta demanda, tal como se evidencia en la posición de deuda elaborada y debidamente certificado por la Gerencia de Crédito de su representada que se acompaña marcada “E”.
TERCERO: La cantidad de CUARENTA MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS CENTIMOS (Bs. 40.266,67) correspondiente a los intereses de mora calculados desde el 03 de Diciembre de 2006 hasta el 29 de julio de 2009 a la tasa del tres por ciento (3%) anual. Tal como se evidencia en la posición de deuda elaborado y debidamente certificado por al Gerencia de Crédito de su representado que acompaña marcado “E”.
Todo ello de conformidad con las disposiciones legales, doctrinarias y jurisprudenciales citadas y los artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil.
Se declara SIN LUGAR la apelación ejercida por la parte demandada a través de su Defensora Judicial abogada BLANCA ROMERO.
Queda CONFIRMADA en todas sus partes la sentencia de fecha 05 de Junio de 2013, dictada por el Tribunal de la causa.
Se condena en costas a la parte demandada por haber resultado totalmente vencida en la presente causa de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada de esta decisión y en su oportunidad legal devuélvase el expediente al Juzgado de origen.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Civil, Mercantil y de Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en Puerto Ordaz, a los diecinueve (19) días del mes de Febrero de dos mil catorce (2014). Años 203º de la Independencia y 154º de la Federación.
El Juez,
Abg. José Francisco Hernández Osorio
La Secretaria,
Abg. Lulya Abreu López
En esta misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.) previo anuncio de Ley. Conste.
La Secretaria,
Abg. Lulya Abreu López
JFHO/lal/cf
Exp. Nº 13-4612
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