REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRANSITO DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR
ASUNTO: FP02-V-2013-000927
En fecha 26 de septiembre de 2013 fue admitida por este Tribunal demanda de partición y liquidación de bienes y sus recaudos intentada por la ciudadana Gladys Del Carmen Jennings Mujica, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.599.611 y de este domicilio, debidamente asistida por la profesional del derecho Yanira Salazar Landoni, abogada en ejercicio e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 146.657 contra el ciudadano Leobaldo Felipe Ron Jaramillo, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.801.536, y de este domicilio. De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario.
En fecha 02 de junio de 2008, el demandado ciudadano Leobaldo Felipe Ron se dio por citado mediante diligencia (fl. 109).
El día 11 de octubre del hogaño, la apoderada judicial Abg. Maria Fortuna Reyes procedió a dar contestación a la demanda ( fl. 113-114 y vto).
Cumplido los requisitos de ley se fijó audiencia la cual se llevó a cabo el día 22 de octubre 2.013.
El día 25 de octubre del 2.013 el tribunal procedió hacer la fijación de hechos y el límite de la controversia, quedando abierto el lapso probatorio.
En fecha 04 de noviembre la apoderada de la demandada Abg. Maria Fortuna Reyes consignó escrito de promoción de pruebas las cuales fueron admitidas el 06/11/2013.
Llegada la oportunidad para llevarse a cabo la audiencia de pruebas, el tribunal deja constancia la no comparencia de las partes ni sus apoderados por lo que se declaró desierta.
El artículo 223 de la Ley de Tierra y Desarrollo Agrario establece que “… Si ningunas de las partes comparece a la audiencia el proceso se extingue…”. Comoquiera que en la presente causa las partes no comparecieran a la audiencia de pruebas la causa deberá declararse extinguida.
Por las razones expuestas este Tribunal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDO el presente juicio de partición y liquidación intentado por la ciudadana Gladis Del Carmen Jennings Mujica contra el ciudadano Teobaldo Felipe Ron Jaramillo.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de este tribunal, en Ciudad Bolívar, a los seis días del mes de febrero del año dos mil catorce. Años: 203° de la Independencia y 154° de la Federación.
El Juez,
ABG. MANUEL A. CORTÉS.-
La Secretaria,
ABG. SORAYA CHARBONÉ.-
En la misma fecha se publicó la anterior sentencia, siendo la una y cuarenta de la tarde (1:40 p.m.).-
La Secretaria,
ABG. SORAYA CHARBONÉ
MAC/SCH/indira.-
Resolución N° PJ0192014000033-
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