ASUNTO: FP02-V-2013-001477
RESOLUCIÒN Nº PJO822014000119

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA QUE DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA.

En horas hábiles del día de hoy Trece (13) de febrero de 2014, siendo las Tres y Quince de la tarde (03:15), se constituye de conformidad con lo previsto en el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, la ciudadano Jueza del TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES EXTENSION CIUDAD BOLIVAR, Abogada LOLIMAR GARCIA, y la ciudadana CAROLINA QUIJADA GUEVARA, secretaria del Circuito y deja constancia de que no compareció, la parte actora, a la presente audiencia, REVISION DE SENTENCIA DE BLIGACION DE MANUTENCION, visto que no compareció la parte actora ciudadana ESTHER MARIBEL GARCIA GUERRA, titular de la Cedula de Identidad Nº V-11.168.517, a la presente audiencia, se considera DESISTIDO el presente procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 472, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia dando cumplimiento a lo establecido en el referido artículo este Tribunal de Mediación y Sustanciación administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley: EXTINGUE la presente causa, advirtiéndole a la demandante que no podrá volver a presentar nueva demanda antes de que transcurra un (01) mes, contados a partir de la presente fecha. Se deja constancia que no compareció el ciudadano JOSE LUIS BIONDI GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-10.566.052, de este domicilio, igualmente, se deja constancia que se encuentra presente la Dra. GUADALUPE RIVAS, Defensora Pública Tercera en Materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Déjese constancia en el Libro Diario del Tribunal y archívese el presente expediente. Es todo, termino, se leyó y conformes firman, siendo las tres y treinta. -
LA JUEZA (1º) DE MEDIACION.

ABOG LOLIMAR GARCIA HURTADO


GUADALUPE RIVAS
DEFENSORA PÚBLICA TERCERA


LA SECRETARIA.

ABOG. CAROLINA QUIJADA GUEVARA.