REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

Nº DE EXPEDIENTE UP11-L-2014-000102
PARTE DEMANDANTE MAYERLIN YELITZA SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. v- 16.974.319

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA GERMAN ALBERTO GUERRA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 143.880

PARTE DEMANDADA SUPERMERCADO AVEIRO, C.A y solidariamente contra la ciudadana YAJAIRA MARTINEZ DIAZ PINTO

APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA ANA GABRIELA FLORES SANCHEZ inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Número 187.571


En el día de hoy miércoles dos (2) de julio del año dos mil catorce (2014), siendo las once (11:00 a.m.), de la mañana, hora fijada para la Instalación de la audiencia preliminar, anunciado como ha sido el acto a las puertas de la Sala de Espera del Circuito Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy en el expediente Nº UP11-L-2014-000102, nomenclatura de este Juzgado, contentivo de la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales, incoada por la ciudadana MAYERLIN YELITZA SANCHEZ, contra la sociedad mercantil, SUPERMERCADO AVEIRO, C.A y solidariamente contra la ciudadana YAJAIRA MARTINEZ DIAZ PINTO. Se deja constancia de la comparecencia de la parte actora debidamente representada por el abogado GERMAN ALBERTO GUERRA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 143.880, de igual manera se deja constancia de la comparecencia de la apoderada judicial de la parte demandada y solidariamente demandada abogada ANA GABRIELA FLORES SANCHEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 187.571. Constituido como se encuentra el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, presidido por la ciudadana Jueza BERTHA FERNANDEZ MARCANO, declara abierto el acto y da inicio a la Audiencia Preliminar, recordándole y explicándole a las partes la importancia del uso de los medios alternos de solución de conflictos, a los fines de alcanzar resultados satisfactorios para las partes involucradas en esta causa y de este modo lograr ahorro de energías y recursos, mediante la evitación de un proceso prolongado. Inmediatamente se le concede el derecho de palabra a la representación judicial de la parte actora quien ratifica el contenido de su escrito libelar. Por su parte la representación judicial de la parte demandada, reconoce la relación laboral y manifiesta que su representada si adeuda las prestaciones sociales de la ciudadana Mayerlin Sánchez, por lo que manifiesta animo conciliatorio. Seguidamente la ciudadana jueza solicita los medios probatorios, consignando la Parte actora: Escrito de promoción de pruebas constante de tres (3) folios útiles, y treinta y un folio anexo. Parte demandada: Escrito de promoción de pruebas constante de tres (3) folios útiles y diez (10) folios anexos. Solidariamente demandada: escrito de promoción de pruebas constante de cinco (5) folios y dieciséis (16) folios anexos. Agotado como ha sido el lapso para el debate el Tribunal acuerda la prolongación de la audiencia y fija su continuación para el día LUNES (11) de Agosto de 2014, a las diez de la mañana (10:00 a.m). Siendo las doce y quince minutos de la mañana (12:15 p.m). Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-

LA JUEZA,


BERTHA FERNANDEZ MARCANO
EL SECRETARIO,

RUBEN ARRIETA

APODERADO JUDCIAL DE LA ACTORA,

Abg. GERMAN GUERRA


APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDA,

Abg. ANA GABRIELA FLORES



CIUDADANA


MAYERLIN YELITZA SANCHEZ