REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto (4º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la
Circunscripción Judicial del Estado Bolívar,
Extensión Territorial Puerto Ordaz
Puerto Ordaz, DIEZ (10) de Julio de 2014.
Año 203º y 154º
ASUNTO: FP11-L-2012-000229.
ACTA DE PROLONGACION DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR
IDENTIFICACION DE LAS PARTES
PARTE ACTORA: Ciudadano ARTURO DEL VALLE PAUL ACERO venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº 8.891.450.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: No asistió ni por si ni por apoderado judicial que lo represente.
PARTE DEMANDADA: Asociación Civil “CVG CARBONES DEL ORINOCO, C.A. (CARBONORCA)”.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: JORGE JAVIER OTERO JIMENEZ 125.474
MOTIVO: COBRO DE INDEMNIZACIÓN POR ENFERMEDAD OCUPACIONAL y OTROS CONCEPTOS.
En el día hábil de hoy, 10 de Julio de 2014, siendo las Diez 10:00a.m., (horas de la mañana), día y hora para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, compareció a la misma el apoderada judicial de el demandado: , “CVG CARBONES DEL ORINOCO, C.A. (CARBONORCA)”, representada por su apoderado judicial, JORGE JAVIER OTERO JIMENEZ, abogado inscrito en el IPSA N° 125.474, se deja expresa constancia que la parte actora no asistió ni por si ni por apoderado judicial que lo represente, de tal manera que verificando tal situación este tribunal declara DESISTIDO el presente procedimiento, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y así se decide. Es todo. Se firma siendo las: 10:30 diez y treinta de la mañana
EL JUEZ 4º S.M.E. del Trabajo,
EVELY FARIAS P
La Secretaria de Sala,
LAS PARTES COMPARECIENTES:
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