REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL SEDE EN PUERTO ORDAZ

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR
PUERTO ORDAZ, VEINTIUNO (21) DE JULIO DEL 2014
AÑOS: 204 Y 155
COMPETENCIA TRANSITO

Conforme a lo ordenado en el auto anterior, el Tribunal procede a Homologar la presente demanda de la siguiente manera:

Visto el DESISTIMIENTO del procedimiento contenido en la diligencia presentada en fecha 23 de Junio del año 2010, por el Ciudadano: BENJAMIN SALAZAR, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 55.111, actuando en su carácter de Apoderado Judicial del Ciudadano: GRAVIEL ANTONIO ESPINOZA P. venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nª V-14.396.465, PARTE DEMANDANTE en el presente juicio que por DAÑOS Y PERJUICIOS DERIVADOS DE ACCIDENTE DE TRÀNSITO, le sigue en contra de la Sociedad Mercantil TRAKI DISTRIBUIDORA, C.A. y el Ciudadano: MARCO BENITO SALAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.779.147 que se tramita en el presente expediente N° 43.641, por ante este Tribunal, y por cuanto el referido desistimiento no es contrario a derecho, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y AGRARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su aprobación, y HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes, dándole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, y así se decide en nombre de la República y por Autoridad de la Ley.


Publíquese y Regístrese y déjese copia certificada en el Tribunal de la presente decisión.


EL JUEZ PROVISORIO.,
ABG. JOSE SARACHE MARIN
LA SECRETARIA TEMPORAL,
AB. ANDREINA RODRIGUEZ

En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
LA SECRETARIA TEMPORAL,

AB. ANDREINA RODRIGUEZ
JSM/ar/dp
EXP N° 43.641