REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO HERES DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR
CIUDAD BOLIVAR, SIETE DE JULIO DEL DOS MIL CATORCE
204º Y 155º

RESOLUCION Nº: PJ0252014000213
ASUNTO Nº. FP02-S-2014-000977

Visto el desistimiento (folio 24) del presente procedimiento, hecho por el ciudadano JOSE LUIS SOLANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº. 8.866.985 de este domicilio, asistido en este acto por el ciudadano WILLIAN CALDERA RODRIGUEZ, abogado libre en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº. 47.632, con motivo a la solicitud de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO.
Y vista como ha sido el desistimiento presentada por el solicitante antes mencionado, este Tribunal, en atención a lo dispuesto en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, da por consumado el acto y procede.
Por los razonamiento antes expuestos este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la correspondiente HOMOLOGACION al desistimiento presentado por el solicitante de autos, pasando como en efecto lo hace, como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada.
Déjese copia certificada de la presente resolución para el archivo de este Tribunal. Procédase como se ha decidido.-
El Juez,

ABG. ORLANDO TORRES ABACHE.-
La Secretaria,


ABG. EMILIA CAMINERO SAMBRANO.


OTA/ECS/mares
DIARIZADO