REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa: 01 de Julio de 2014
Años: 204° y 155°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: YRIMA MASSIEL CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-25.031.644, domiciliada en la calle principal, sector Nuevo Circo, Comunidad el Ceibal, Municipio Bruzual, Estado Yaracuy; y, REINA ANDRICA RIERA MENDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-21.049.277, domiciliada en la Comunidad Poa Poa, Sector Brisas del Campo, Municipio Bruzual, Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el Artículo 937º del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de la ciudadana: DIMINES RANGELIS ORDOÑEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V-20.539.986, de este domicilio; y, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos, sobre unas bienhechurías que la solicitante fomento sobre un Lote de Terreno Propiedad del INTi; que mide una superficie de TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (375.00 Mts2), con un Área de Construcción de VEINTICINCO METROS CUADRADOS (25.00 Mts2), Ubicado en la Vía Agrícola entre Avenida 1 y 2, Sector 4 de Febrero, Comunidad Poa – Poa, Parroquia Campo Elías, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, constituida con las siguientes características: Una (01) casa de una (01) sola pieza, construida con paredes de bahareque, techo de zinc, piso de tierra, con una (01) puerta de entrada de madera, cercada perimetralmente con empalizada construida con estantillos de madera viva y muerta con cuatro (04) cintas o pelos de alambre de púas, con servicios de electricidad y aguas blancas; y, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa que es o fue de María Suarez, 25.00 M; SUR: Casa que es o fue de Marianny Carolina Virguez, 25.00 M; ESTE: Vía Agrícola, 15.00 M; OESTE: Casa que es o fue de Jean Carlos Peralta, 15.00 M., Según se evidencia en Certificado de Empadronamiento Nº 22 03 02 AR 104 16 05, otorgado por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 11 de Abril de 2014. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el Archivo del Tribunal. Se le Asignó el Nº 3273-2014.-
El Juez,
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria
AA.- Abg. ERLEN MARTINEZ.