REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ODINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS.
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY. ACTUANDO EN ESTA SEDE DE MANERA TRANSITORIA.
Chivacoa: 14 de agosto de 2014
AÑOS: 204º y 155º
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos YSIDRO BAUTISTA LÓPEZ y ANIBAL CESARIO FUENTES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-3.458.532 y V-2.570.430, domiciliado (el primero), en la calle Municipal sector la Gotera, vía Higuerón, Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy, (el segundo), calle principal sector La Gotera, diagonal al Talle de Latonería y Pintura, Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy, SIN PERJUICIOS DE TERCERO DE IGUAL O MEJOR DERECHOS, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de La Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO, sobre un área de terreno propiedad Instituto Nacional de Tierras (INTI), ubicado en la Calle principal, esquina calle La Alegría, sector La Gotera, jurisdicción del Municipio Autónomo Arístides Bastidas del Estado Yaracuy, con una superficie real de; DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS METROS CUADRADOS (286,00 M2), aproximadamente, cuyos linderos particulares son los siguientes: NORTE: Calle La Alegría, con una longitud de 14,65 Mts; SUR: Casa y solar de Andrea Ordoñez, con una longitud de 15,00 Mts; ESTE: Calle principal de la Gotera que es su frente, con una longitud de 19,00 Mts y OESTE: Casa y solar de Rómulo Trejo, con una longitud de 19,60 Mts. Cuyas bienhechurías constan en una cerca perimetral en los linderos Norte, Sur y Este, construida de paredes de bloques de concreto, en el lindero Oeste unas tuberías de hierro fijas que serán utilizadas para posterior edificación y un portón de metal; de igual manera he construido un (01) tanque para almacenar agua con una capacidad de Cuatro mil litros (4.000 L) aproximadamente y posee instalaciones de agua potable suministrada y de luz eléctrica superficiales básicas. El costo total aproximado de las bienhechurías sin incluir el valor del terreno es de: SETENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 70.000,00), a favor del ciudadano: JESUS GUTIÉRREZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.968.956 y de este domicilio. Regístrese, publíquese y déjese copia certificada, a los efectos indicados en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil y devuélvase original con sus resultas a la parte interesada, una vez que sean provistas por esta las copias fotostáticas relativas a la misma.
El Juez Temporal,
Abg. Osmar José Klemm Gutiérrez.
El Secretario,
Abg. Villasmil Antonio Petit
Se dará cumplimiento a lo ordenado en la anterior decisión. En ésta misma fecha, siendo las dos y treinta de la tarde (02:30 Pm) se registró y publicó la anterior decisión.
El Secretario,
Abg. Villasmil Antonio Petit
OJKG/vap/mcgv.
N° 036/14