REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ODINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS.

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY. ACTUANDO EN ESTA SEDE DE MANERA TRANSITORIA.
Chivacoa: 04 de AGOSTO de 2014
AÑOS: 204º y 155º
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos HUMBERTO JOSÉ SATURNO GAINZA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-2.574.862 y domiciliado avenida tres entre calles 6 y 7 en San Pablo, Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy y FRANCISCO ANTONIO HERNANDEZ PADILLA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-7.581.923 y domiciliado al final de la segunda avenida, sector centro dos, en San Pablo, Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy, SIN PERJUICIOS DE TERCERO DE IGUAL O MEJOR DERECHOS, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de La Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO, en tierras que fueron propiedad del Doctor Gilberto Hernández Martínez, la cual ha venido poseyendo con su permiso y autorización, de manera pública, notoria e ininterrumpida, desde finales del siglo pasado y ahora de su sucesor el Doctor Gilberto Hernández Eskout, ubicada en la Avenida Dos, entre Calles Nueve y Diez de la población de San Pablo, Municipio Arístides Bastidas del estado Yaracuy, cuyos linderos son: Norte: con terreno donde está casa de Mary Luz Suarez, en una longitud de dieciocho metros (mts. 18,00),Sur: Avenida Dos, que es su frente en una longitud diecisiete metros con sesenta centímetros (mts. 17,60), Este: con terreno donde está Cancha Múltiple Marisol Mujica, en una longitud de treinta y ocho metros con treinta y ocho centímetros (mts. 38,38) y Oeste: con terreno donde está casa de Rafael Torrealba; en una longitud de cuarenta metros con treinta centímetros (mts. 40,30), totalmente cercada. En la parte de su frente está cercada con bloques de concreto con una altura de tres metros y medio (mts. 3,50) y diez (10) ventanas ornamentales; las referidas bienhechurías consisten en una vivienda construida con las siguientes características: piso de cemento revestido de baldosas de color, paredes: estructura de columnas y vigas, bloques de concreto frisadas, techo provisional de acerolit, anclado en tubos de hierro; distribuida de la siguiente manera: Un porche, sala, comedor, cocina, un corredor, tres cuartos, el principal con closets, maletero y baño privado, dos baños con pisos y paredes revestidas de cerámica y todos los equipos y accesorios, ventanas y puertas de madera; con sus servicios, tales como instalaciones de electricidad, agua de acueducto, aguas servidas empotradas a cloacas, construcción aparte, cuarto para depósito 4 x 3 mts., altura de tres metros, techo de placa de concreto, debajo de éste un estanque subterráneo con capacidad aproximada de ocho mil litros con sistema hidroneumático de 1.5 caballos de fuerza. Las referidas bienhechurías tienen un área de construcción de CIENTO CUARENTA METROS CON SETENTA Y NUEVE CENTIMETRO (140,79 M2), aproximadamente y un costo aproximado de QUINIENTOS MIL BOLÍVARES (BS.500.000,00); a favor del ciudadano: el ciudadano EDECIO RAMÓN MUJICA, mayor de edad, soltero, de profesión Abogado, domiciliado en Caracas, aquí de tránsito, titular de la Cédula de Identidad Nº V-823.930. Regístrese, publíquese y déjese copia certificada, a los efectos indicados en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil y devuélvase original con sus resultas a la parte interesada, una vez que sean provistas por esta las copias fotostáticas relativas a la misma.
El Juez Temporal,

Abg. Osmar José Klemm Gutiérrez.
El Secretario,

Abg. Villasmil Antonio Petit
Se dará cumplimiento a lo ordenado en la anterior decisión. En ésta misma fecha, siendo las tres de la tarde (03:20 Pm) se registró y publicó la anterior decisión.
El Secretario,
Abg. Villasmil Antonio Petit

OJKG/vap/ol.
N° 017/14