REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS URACHICHE Y JOSE ANTONIO PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Urachiche, 31 de Julio de 2014
Años: 204° y 155°
Exp. Nº 1887-2014.-
(Justificativo de Únicos y Universales Herederos)

Visto el escrito que antecede suscrito por el ciudadano ARGENIS RAMON OVIEDO; los documentos anexos al mismo y las de¬claraciones de los testigos jurados, ciudadanos: SOLANO AMAYA y VICTOR AMBROSIO MENDEZ, titulares de las Cédulas de Identidad Nros: V-2.128.465 y V-4.963.746 respectivamente, este Tri¬bunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autori¬dad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y conforme a la Resolución Nº 2.009-0006 de fecha 18 de Marzo del 2.009 de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, declara las presentes actuaciones JUSTIFICATIVO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, suficiente para asegurar el derecho que le corresponde a los ciudadanos: ELIGIO ANTONIO OVIEDO, VIRGINIA ANTONIA OVIEDO, CARLOS GUSTAVO OVIEDO y ARGENIS RAMÓN OVIEDO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-4.474.329, V-4.478.236, V-7.579.042, y V-7.557.621 respectivamente, en su condición de hijos, de la ciudadana: TERESA DE JESUS OVIEDO, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.706.832, domiciliada en la Carrera 06 entre Calles 08 y 09, Casa N° 40, Sector El Silencio, Sabana de Parra, Municipio José Antonio Páez, Estado Yaracuy, fallecida en el Hospital Central Doctor Placido Daniel Rodríguez Rivero, el día 17-12-2012; todo ello sin perjuicio de terceros, de iguales o mejores dere¬chos. Devuélvase original con sus resultas al solicitante previa expedición de las copias certificadas requeridas por el mismo. Déjese copia de esta Providencia.
La Juez Temporal;


Abg. MARIA TERESA SCALA LODATO


La Secretaria;


Abg. Yuly R. Suárez V.
En la misma fecha se devuelve constante de Dieciséis (16) folios útiles y se expidieron las copias certificadas requeridas por el solicitante.
La Secretaria;


Abg. Yuly R. Suárez V.