REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE
LOS MUNICIPIOS URACHICHE Y JOSE ANTONIO PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Urachiche, 07 de Julio de 2014
Años: 204° y 155°
Exp. Nº 1873-2014.-
(Titulo Supletorio)
Vista la solicitud formulada por los ciudadanos MARIA PERFECTA ALVARADO DE JIMENEZ y JUAN ACASIO GIMENEZ TOVAR, al final del escrito que encabeza estas actuaciones y las declaraciones de los testigos jurados, ciudadanos ANGELICA MARIA PEREZ RAMIREZ y FELIX RAMON LOZADAS, titulares de las cedulas de identidad Nros V-12.278.859 y V-3.537.942 respectivamente, este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y conforme a la Resolución Nº 2.009-0006 de fecha 18 de Marzo del 2.009 de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de los ciudadanos: HERMINIA ZENAIDA JIMENEZ ALVARADO, CARLOS RAMON JIMENEZ ALVARADO, ARGENIS ENRIQUE JIMENEZ ALVARADO, ORLANDO JOSE JIMENEZ ALVARADO, GIOVANNY JOSE JIMENEZ ALVARADO, EULOGIO RAMON JIMENEZ ALVARADO, JUAN ACACIO GIMENEZ ALVARADO, DEXY AURORA JIMENEZ ALVARADO y YELITZA JOSEFINA JIMENEZ ALVARADO , titular de la cédula de identidad N° V-7.554.982, V-7.514.028, V-7.554.981, V-7.910.699, V-10.370.348, V-3.911.198, V-7.500.256, V-10.860.282 y V-10.370.347 respectivamente, sobre unas bienhechurías en un área de terreno propiedad Municipal, que mide CUATROCIENTOS CUATRO METROS CON CINCUENTA Y SEIS CENTIMETROS CUADRADOS (404,56 M2) aproximadamente, ubicado en la calle 10 entre carreras 04 y 05, Barrio Cuatro Esquina, Sabana de Parra, Municipio José Antonio Páez, Estado Yaracuy; cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Parcela y casa de la Sra. Blanca Torres; SUR: Parcela y local del Sr. Domingo Franco; ESTE: Calle 10; y OESTE: Parcela y casa de la Sra. Milagros Castillo. Las referidas bienhechurías consisten en una casa distribuida de la siguiente manera: cinco (5) habitaciones, una (1) sala, una (1) cocina, dos (2) baños, un (1) corredor construido con paredes de bloques, techo de acerolit, piso de cemento liso y cerámica, con un área de construcción de CIENTO OCHENTA Y CUATRO METROS CON NOVENTA Y UN CENTIMETROS CUADRADOS (184,91 M2). Devuélvase original al interesado a los fines solicitados, sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 555 del Código Civil. Déjese copia de esta providencia.
La Juez Temporal,
Abg. MARIA TERESA SCALA LODATO;
La Secretaria,
Abg. Yuly R. Suárez V.
En la misma fecha se devuelve constante de TRECE (13) folios útiles.
La Secretaria;
Abg. Yuly R. Suárez V.-
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