ASUNTO: FP02-V-2014-000086
RESOLUCION: PJ0832014000320.
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA DECLARANDO DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y EXTINGUIDA
En horas hábiles del día de hoy 27/06/14, siendo las NUEVE Y TREINTA de la mañana día y hora acordados para que comparezcan los ciudadanos: MARIA GABRIELA DIAZ VERGARA y JOSE JESUS SANCHEZ, titulares de la Cedulas de Identidad Nros: 17.839.264 y 17.837.460 , respectivamente, en la causa por REVISION LA OBLIGACION DE MANUTENCION, a favor del niño (IDENTIDAD OMITIDA EN VIRTUD DE LO PRECEPTUADO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES).de: nueve (09) años de edad, el Tribunal deja constancia de que no compareció la parte demandante solo la parte demandada ciudadano JOSE JESUS SANCHEZ, asistido por la abogada EVALUZ DE PACE DASILVA debidamente inscrita en IPSA bajo el Nº 70.659 ya identificadas, a la presente audiencia, por lo cual este Tribunal administrado justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara DESISTIDO el presente procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 472, primer aparte de la Ley Orgánica para la Protección de niños, niñas y adolescentes y en tal virtud EXTINGUIDA LA INSTANCIA, advirtiéndole a la demandante que no podrá volver a presentar nueva demanda antes de que transcurra un (01) mes, contados a partir de la presente fecha. Déjese constancia en el Libro Diario del Tribunal y archívese el presente expediente. Es todo, termino, se leyó y conformes firman, siendo las diez cincuenta y cuatro de la mañana.-------
LA JUEZA (2º) DE MEDIACION (TEMPORAL)
ABG. VERONICA JOSEFINA BARRETO.
DEMANDADO Y SU ABOGADO
EL SECRETARIO.
ABG. HECTOR GREGORIO MARTINEZ JAIME.
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