REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del
Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, diecisiete de Junio de Dos Mil Catorce
204º y 155º
RESOLUCION Nº: PJ0252014000195
ASUNTO: FP02-V-2014-000233
Vista la diligencia de fecha 10-06-2014, inserta al folio sesenta y ocho (68), mediante la cual el ciudadano ALONSO GALVIS CALA, debidamente identificado en autos, debidamente asistido por los abogados en ejercicio EDUARDO FERNANDES DA SILVA y OSWALDO SANCHEZ MORALES, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nº 172.169 y 164.430, en su carácter de parte actora, mediante la cual DESISTE DE LA ACCION, en la presente causa.
Este Tribunal Segundo Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte la correspondiente HOMOLOGACIÓN al desistimiento realizado por la parte actora, teniéndose como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
Se acuerda la devolución de los documentos originales acompañados al libelo de la demanda previa certificación en autos.
Déjese copia certificada del presente auto y del escrito de desistimiento en el copiador de homologaciones del tribunal. Dese por terminado el presente asunto y ordénese su archivo definitivo del expediente mediante auto de egreso.-
Dada, firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en Ciudad Bolívar a los diecisiete días del mes de junio de dos mil catorce.- Años 204° de la Independencia y 155° de la federación.-
El Juez,
Abog. Orlando Torres Abache
La Secretaria
Abog. Emilia Caminero Sambrano
La anterior decisión fue publicada en su fecha siendo las tres y cinco minutos de la tarde (3:05 p.m.).- Conste.-
La Secretaria
Abog. Emilia Caminero Sambrano
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