REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del
Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del
Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, veinte de junio de dos mil catorce
204º y 155º

RESOLUCION Nº: PJ0252014000200
ASUNTO: FP02-V-2014-000319

Vista las diligencias de fechas 13-06-2014 y de fecha 18- 06-2014, mediante la cual el abogado en ejercicio RACHID RICARDO HASSANI EL SOUKI, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 35.713, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano ALDO CALABRO DELIA interpuso demanda por RESOLUCIÓN DE CONTRATO contra los ciudadanos RAIMUNDA ALVES DE SIQUEIRA y GILBERTO RIBEIRO SOBRINHO, plenamente identificados en autos, mediante la cual DESISTE DEL PROCEDIMIENTO en esta causa.

Este Tribunal Segundo Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial de estado Bolívar, por no ser contrario a derecho y de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte la correspondiente HOMOLOGACIÓN al desistimiento presentado por la parte demandante, teniéndose como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.

Se acuerda la devolución de los documentos originales acompañados al libelo de la demanda previa certificación en autos.

Déjese copia certificada del presente auto y del escrito de desistimiento en el copiador de homologaciones del tribunal.

Termínese el presente asunto y ordénese el archivo definitivo del expediente mediante auto de egreso.-

Dada, firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en Ciudad Bolívar, a los veinte días del mes de junio de dos mil catorce.- Años 204° de la Independencia y 155° de la federación.-
El Juez,

Abog. Orlando Torres Abache
La Secretaria

Abog. Emilia Caminero Sambrano

La anterior decisión fue publicada en su fecha siendo las diez y cuarenta minutos de la mañana (10:40 a.m.).- Conste.-
La Secretaria

Abog. Emilia Caminero Sambrano