REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.

TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa: 06 de Junio de 2014
Años: 203° y 155°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: ELSY MARIA VARGAS YANEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-7.916.683, domiciliada en la Comunidad Guatanquire, Chivacoa, Municipio Bruzual, Estado Yaracuy; y, FRENEIDYS CAROLINA CUBA APONTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-24.797.648, domiciliada en la Comunidad Guatanquire, Chivacoa, Municipio Bruzual, Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el Artículo 937º del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de los ciudadanos: RAFAEL VICENTE CONDE, JACINTO ANTONIO CONDE, TULIO RAMON AGUILAR CONDES y YUDY MARLENY CONDE, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-4.137.075, V-7.905.475, V-7.577.276 y V-7.025.746, de este domicilio; y, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos, sobre unas bienhechurías que los solicitantes fomentaron sobre un Lote de Terreno Propiedad Municipal; que mide una superficie de CUATROCIENTOS CUARENTA Y UN METROS CUADRADOS CON SESENTA Y SEIS CENTIMETROS (441.66 Mts2), con un Área de Construcción de CIENTO TREINTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y SEIS CENTIMETROS (135.96 Mts2), Ubicado en la Avenida 3 entre Calles 16 y 17, Comunidad Guatanquire, Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, constituida con las siguientes características: Una (01) casa construida con paredes de bloque, techo de acerolit y zinc, piso de cemento pulido, distribuida de la siguiente manera: Un (01) porche, una (01) sala con una (01) puerta de madera, una (01) ventana de aluminio y vidrio, una (01) cocina con una (01) puerta de hierro y una (01) ventana de madera, un (01) comedor, cuatro (04) habitaciones con puertas de madera con ventanas de aluminio y vidrio con protector de hierro, un (01) baño con su puerta de hierro, cercada perimetralmente con bloques, con servicios de electricidad, aguas blancas y aguas servidas; y, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Avenida 3 Su Frente, 14.80 M; SUR: Casa que es o fue de Marcos Suarez, 14.40 M; ESTE: Casa que es o fue de Euclides Oviedo, 28.30 M; OESTE: Casa que es o fue de Manuel Sánchez, 28.50 M., Según se evidencia en Certificado de Empadronamiento Nº 22 03 01 AUR 106 14 02, otorgado por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 27 de Marzo de 2014. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el Archivo del Tribunal. Se le Asignó el Nº 3246-2014.-

El Juez,

Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria,

AA.- Abg. ERLEN MARTINEZ.