REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE
LOS MUNICIPIOS URACHICHE Y JOSE ANTONIO PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Urachiche, 27 de Junio de 2014
Años: 204° y 155°
Exp. Nº 1862-2014.-
(Titulo Supletorio)
Vista la solicitud formulada por el ciudadano MARIA SIMONA BAUDIN PALACIOS, al final del escrito que encabeza estas actuaciones y las declaraciones de los testigos jurados, ciudadanos DOUGLAS JOSE MENDOZA CASTILLO y OSCAR ALFREDO PEREZ TRAVIEZO, titulares de las cedulas de identidad Nros V-14.211.898 y V-11.652.259 respectivamente, este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y conforme a la Resolución Nº 2.009-0006 de fecha 18 de Marzo del 2.009 de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana: MARIA SIMONA BAUDIN PALACIOS, titular de la cédula de identidad N° V-12.728.395, sobre unas bienhechurías en un lote de terreno propiedad del INTI, cuya área total de terreno es de TRESCIENTOS CATORCE METROS CON OCHENTA Y OCHO CENTIMETROS CUADRADOS (314,88 MTS2), ubicado en la Calle La Cancha con Carrera 03, Sector Barrio Simón Bolívar de Camunare Rojo, Jurisdicción del Municipio Urachiche, Estado Yaracuy; comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Terreno y bienhechurías que son o fueron ocupados por el ciudadano: Miguel Aldana; SUR: Terreno y bienhechurías que son o fueron ocupados por el ciudadano: Rufino Aldana; ESTE: Calle La Cancha, que es su frente; y OESTE: Terreno y bienhechurías que son o fueron ocupados por el ciudadano: Néstor Henríquez. Las referidas bienhechurías consisten en una (01) casa de habitación familiar, con las siguientes características: paredes de bloque, pisos de cemento, techo de zinc, puertas de hierro, ventanas de romanillas-vidrio, distribuida de la siguiente manera: una (1) sala, dos (02) dormitorios, un (01) comedor, una (01) cocina, un (01) baño, un (01) estacionamiento, un (01) lavadero, con los servicios de agua de acueducto, luz eléctrica y pozo séptico, con un área total de construcción de CUARENTA Y CUATRO METROS CON OCHENTA Y SIETE CENTIMETROS CUADRADOS (44,87 MTS2). Devuélvase original a la interesada a los fines solicitados, sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 555 del Código Civil. Déjese copia de esta providencia.
La Juez Temporal,
Abg. MARIA TERESA SCALA LODATO;
La Secretaria,
Abg. Yuly R. Suárez V.
En la misma fecha se devuelve constante de TRECE (13) folios útiles.
La Secretaria;
Abg. Yuly R. Suárez V.-
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