REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, COCOROTE, INDEPENDENCIA Y VEROES

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, COCOROTE, INDEPENDENCIA Y VEROES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO
YARACUY.
San Felipe, 26 de Marzo del 2.014.
Años: 203° y 155°




Vista la solicitud formulada al final del escrito que encabeza estas actuaciones y las declaraciones de los testigos jurados, LESWI CLAY SANDOVAL REAÑEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad número V-4.478.564 y domiciliada en la calle 05 sector N° 05 casa N° 05, Municipio San Felipe, estado Yaracuy y MIRELLA DEL CARMEN PRIETO PALMERA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad número V-7.585.480 y domiciliada en Higuerón quinta etapa calle 05, sector N° 05 casa N° 02, Municipio San Felipe, estado Yaracuy, este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS suficiente, para asegurar el derecho que le corresponde a los ciudadanos: EDUARDO JOSÉ COLMENAREZ, BETTY DEL VALLE MUJICA COLMENAREZ, VLADIMIR JOSÉ MUJICA COLMENAREZ, CECILIA NACARITH MUJICA COLMENAREZ, CARMEN ALICIA MUJICA COLMENAREZ Y PAVER MARCELINO MUJICA COLMENAREZ, todos venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-22.306.410, V-14.709.866, V-16.481.830, V-12.727.407, V-11.651.916 y V-11.272.082, respectivamente, hijos del de Cujus ciudadana MERCEDES ALICIA COLMENAREZ DE MUJICA, quien era venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº V-4.968.473; quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros. Devuélvase a la parte interesada. Déjese copia de esta providencia.

EL JUEZ,

ABG. CESAR AUGUSTO RODRÍGUEZ ACOSTA.
LA SECRETARIA,

ABG. CELSA L. GONZÁLEZ A.

En la misma fecha de hoy, y tal como fue ordenado se devuelve constante de sus folios útiles.

LA SECRETARIA,

ABG. CELSA L. GONZÁLEZ A.










Exp. Nº 175-14