REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR.
PUERTO ORDAZ, CATORCE (14) MARZO DEL 2014.-
AÑOS: 203º Y 155º
COMPETENCIA CIVIL.-

Visto el DESISTIMIENTO, de la EL PROCEDIMIENTO contenida en la diligencia de fecha 12 de Marzo del presente año, suscrita por el abogado en ejercicio FERNANDO GARCIA MATA, venezolano, mayor de edad, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 11.779, apoderado judicial de la parte actora en el presente juicio de COBRO DE BOLIVARES POR EL PROCEDIMIENTO DE INTIMACION incoado en contra de la Sociedad Mercantil CONSTRUCTORA ARATA C.A. y el ciudadano LUIS ENRIQUE MEJIAS UMAÑA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-9.244.734, de este domicilio, y por cuanto el presente desistimiento no es contraria a derecho este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, BANCARIO Y DEL TRANSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su aprobación, lo HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes dándole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, y así se decide en nombre de la República y por Autoridad de la Ley. Y así mismo se ordena la devolución de los documentos originales solicitados, previa su certificación en autos conforme a lo dispuesto en el Artículo 112 ejusdem.-
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISIÓN EN EL TRIBUNAL.
EL JUEZ PROVISORIO,

ABG. JOSE ORANGEL SARACHE MARIN.
EL SECRETARIO,

ABG. JHONNY JOSE CEDEÑO.

Publicada en el día de su fecha, previo anuncio de ley, siendo las tres horas de la tarde (3:00 p.m.)
EL SECRETARIO,

ABG. JHONNY JOSE CEDEÑO.

Jsm/jc/lev
Exp. N° 42.300