REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
Juzgado Segundo del Municipio Heres
 
Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del
 
Estado Bolívar
 
Ciudad Bolívar, 14 de Marzo de 2014
 
203° y 155°
 
 
RESOLUCION Nº: PJ0252014000089
 
ASUNTO: FP02-V-2013-001388
 
 
Vista la  diligencia de fecha 12-03-2014, mediante la cual el abogado en ejercicio RACHID RICARDO HASSANI EL SOUKI,  inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 35.713, en su carácter de acreditado de autos, en representación de la parte actora por una parte y por la otra parte el abogado en ejercicio GARY GUTIERREZ, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 169.732, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, mediante la cual la parte actora DESISTE DEL  PROCEDIMIENTO, y la parte demanda de común acuerdo acepta el desistimiento realizado por la parte demandante, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte la correspondiente HOMOLOGACIÓN teniéndose como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Se deja sin efecto el decreto de la Medida Preventiva de Secuestro decretada en el presente asunto en fecha 10 de diciembre de 2013,  inserto en el cuaderno separado de medidas. Igualmente se acuerda la devolución de los documentos originales acompañados al libelo de la demanda previa certificación en autos. Déjese copia certificada del presente auto y del escrito de desistimiento en el copiador de homologaciones del tribunal. Termínese el presente asunto en el sistema Juris 2000 y ordénese el archivo definitivo del expediente mediante auto de egreso.- 
 
               El Juez,
 
 
Abg. Orlando Torres Abache                                             La Secretaria,
 
				
 
                   Abg. Emilia Caminero Sambrano
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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