REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de 1ra. Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Transito - Ciudad Bolívar
Ciudad Bolívar, diecinueve de marzo de dos mil catorce
203º y 155º
Visto el desistimiento hecho por el ciudadano Wuilliam Josè Salazar, debidamente asistido por el abogado Josè Lester Núñez Maigua, con motivo del juicio de divorcio incoado en contra de Ruth Esther Aray Álvarez, todos plenamente identificados en autos. El Tribunal, en atención a lo dispuesto en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, dá por consumado el acto y procede, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley a homologar como en efecto lo hace; en consecuencia, se ordena dar por terminadas las presentes actuaciones y remite el expediente a la oficina de archivo judicial a los fines de su mejor resguardo, constante de dieciseìs (16) folios útiles. Procédase como se ha decidido.
La Jueza Temporal,
Abg. Soraya Charboné.
La Secretaria Temporal,
Abg. Indira Díaz Jaspe.
SCH/IDJ/Àngela
ASUNTO: FP02-V-2014-000133
Resolución Nº PJ0192014000062
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