REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa, 07 de Marzo del 2014
Años: 203° y 154°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por las partes interesadas, ciudadanas SCARLETH NOGUERA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.337.113, con domicilio en La Comunidad de Guatanquire de la Ciudad de Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy e ISABRATH SANCHEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 20.539.836, con domicilio en la Comunidad de Guatanquire de la Ciudad de Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de la ciudadana KEILA YELINDA PEREZ MACHADO, Venezolana, Titular de la cedula de identidad Nº 12.080.161; sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre unas bienhechurias que la solicitante fomentó en un Lote de Terreno Propiedad del Instituto Nacional de Tierra (Inti) que mide DOSCIENTOS UN METROS CUADRADOS CON DIEZ CENTIMETROS ( 201,10 mts2), en un área de construcción de NUEVE METROS CUADRADOS CON TREINTA CENTIMETROS ( 9,30 Mts2), Ubicada en la Calle 1 entre avenidas 1 y 2 de la Comunidad de Sabana Larga en la Ciudad de Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, consistente de una casa de una sola pieza, construida con paredes de bloques, techo de acerolit, piso de cemento rustico, con una puerta de entrada de hierro y tres ventanas, dos con protectores de hierro y una de hierro con protector de hierro y con vidrios, cercada perimetralmente con bloques y con servicios de electricidad; cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Zona de aéreas verdes en 16.35 ml; SUR: Casa y solar de Yenis Pérez en 16.35 ml; ESTE: Casa y solar de Transporte Rosalio Castillo en 12.30 ml; OESTE: Calle 1 su frente en 12.30 ml, Según se evidencia del Certificado de Empadronamiento Nº 22-03-01-U01-122-20-01, Otorgado por la Dirección de Castrato del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 07 de Octubre del año 2013. Devuélvase original Con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le Asignó el No. 3101/2014.-
El Juez,
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA La secretaria,
Abg. Erlen Martínez
EBA/EM/klency.-