REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control del Estado Monagas
Maturín, 30 de Mayo de 2014
204º y 155º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2014-004804
ASUNTO : NP01-P-2014-004804
Corresponde a este Tribunal, pronunciarse en cuanto a la admisión o rechazo de la Querella presentado por el abogado JOSE CIPRIANO ROJAS MENESES, actuando en este acto en su condición de Sindico Procurador Municipal de la Alcaldía del Municipio Acosta del estado Monagas según consta en Gaceta Municipal de fecha 23 -05-2009 distinguida con el N° 898 Extraordinario a través de resolución 046-2009 de fecha 18-11-2013 constante de que riela a los folios (64 al 67) ambos inclusive de las presentes actuaciones; mediante el cual interpone Querella Penal en contra de la ciudadana JUANA ISABEL BRITO BLANCO, quien es Venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de identidad N° 14.232.248, por la presunta comisión del delito de APROPIACIÓN INDEBIDA, previsto y sancionado en el artículo 468 del Código Penal venezolano, este Tribunal procede a verificar si el mismo cumple o no con los requisitos establecidos en el artículo 276 del Código Orgánico Procesal Penal, lo que se hace de seguidas.
Revisada minuciosamente como ha sido la querella interpuesta, mediante escrito presentado en fecha 15-04-2014, y luego de haber constatado que efectivamente cumple los requisitos exigidos en el Articulo 276 del Código Orgánico Procesal Penal, es por lo que quien decide considera que lo ajustado a derecho en presente caso es admitir la misma, debiendo otorgarle la condición de parte Querellante al abogado JOSE CIPRIANO ROJAS MENESES, actuando en su condición de Sindico Procurador Municipal de la Alcaldía del Municipio Acosta del estado Monagas según consta en Gaceta Municipal de fecha 23 -05-2009 distinguida con el N° 898 Extraordinario a través de resolución 046-2009 de fecha 18-11-2013, según consta en las actuaciones constante de a los folios (64 al 67) ambos inclusive, ordenándose Notificar al Querellado de la presente Decisión, y oficiar al Fiscal Superior del Ministerio Publico del Estado Monagas, para que comisione a un Fiscal del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial, a los fines de darle cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 278 del Código Orgánico Procesal Penal. Así mismo se ordena notificar a la ciudadana JUANA ISABEL BRITO BLANCO, quien es querellado, para que comparezca ante este Despacho a designar Abogado para que lo asista en la presente causa, y una vez designado el referido defensor por parte del querellado se ordena remitir las presentes actuaciones a la Fiscalía Superior del Ministerio Publico del Estado Monagas, a objeto que de cumplimiento a lo ordenado. Así se decide.
DECISION
Por todas las consideraciones antes expuestas este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ADMITE la Querella interpuesta por el Abogado JOSE CIPRIANO ROJAS MENESES, actuando en este acto en su condición de Sindico Procurador Municipal de la Alcaldía del Municipio Acosta del estado Monagas según consta en Gaceta Municipal de fecha 23 -05-2009 distinguida con el N° 898 Extraordinario a través de resolución 046-2009 de fecha 18-11-2013, que riela a los folios (64 al 67) ambos inclusive de las presentes actuaciones, quien desde este momento tiene la cualidad de Querellante, en contra de la ciudadana JUANA ISABEL BRITO BLANCO, quien es Venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de identidad N° 14.232.248, por la presunta comisión de los delitos de APROPIACIÓN INDEBIDA, previsto y sancionado en el artículo 468 del Código Penal venezolano. Y así se decide.
Notifíquese a las partes de esta decisión. Regístrese, déjese copia certificada.
LA JUEZA SEXTA DE CONTROL
ABG, MIRIAN DEL VALLE LEONETT LA SECRETARIA
ABG. YANITZA CARVAJAL