REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN PUERTO ORDAZ
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz
Puerto Ordaz, veintisiete de (27) de Mayo de 2014
Años: 204º y 155º
ACTA DE PROLONGACIÒN DE AUDIENCIA PRELIMINAR
N° DE EXPEDIENTE: FP11-L-2014-000122
PARTE ACTORA: CLARA DEL VALLE ROJAS REINA, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 8.944.861.
COAPODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: Procurador de Trabajadores de la Región Guayana HECTOR E BARRIOS C, Abogado, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 113.718.
PARTE DEMANDADA: Empresa BASTO LA PROVIDENCIA, F.P
REPRESENTANTE DE LA EMPRESA: RAFAEL RODRIGUEZ titular de la cedula de identidad Nº 16.393.683 actuando en su carácter de Administrador de la referida empresa asistido por el abogado LUIS ALBERTO ROSAS titular de la cédula de identidad Nº 5.754.761 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 93.379
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MOTIVO: PAGO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS DERIVADOS DERIVADO DE LA RELACIÒN LABORAL
En el día de hoy, martes veintisiete (27) de mayo de 2014, siendo las 10:00 a.m. de la mañana oportunidad prevista para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar en la causa signada con el Nº FP11-L-2014-000122; a la misma comparecen: comparecen: HECTOR BARRIOS CORONA, Abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 113.718, actuando en su condición de coapoderado judicial de la ciudadana CLARA DEL VALLE ROJAS REINA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 8.944.861, tal como se evidencia de instrumento poder que riela a las actas del expediente; por la demandada comparece el ciudadano RAFAEL RODRIGUEZ titular de la cedula de identidad Nº 16.393.383, en su condición de administrador de la Empresa ABASTOS LA PROVIDENCIA , F.P., asistido por el abogado LUIS ALBERTO ROSAS, Abogado en ejercicio, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº. 93.379. En este estado, la ciudadana Juez insta a las partes a la mediación y concede el derecho de palabra a cada uno de los comparecientes quienes hicieron uso del mismo y realizaron sus planteamientos de hecho y derecho. Ahora bien, debatidos los puntos controvertidos, ambas partes conjuntamente con la jueza consideran necesario prolongar la presente audiencia, en tal sentido se convoca a las partes para día LUNES NUEVE (09) DE JUNIO 2014 A LAS 10:00 AM, DE LA MAÑANA conformidad con el artículo 132 de Ley Orgánica Procesal del Trabajo, quedan notificada las partes a fin de continuar las conversaciones y mediar la solución del conflicto, por cuanto la inasistencia de alguno de ellos o de todos, acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley. Es todo terminó, se leyó y conforme firman.
LA JUEZA TERCERO,
ABOG. MAGLIS MUÑOZ F
LOS COMPARECIENTES
LA SECRETARIA,