REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.
Ciudad Bolívar, 20 de mayo de 2014.
204º y 155º


Se abre el presente cuaderno separado de medidas encabezado con copia del auto de admisión del juicio por resolución de contrato de venta con reserva de dominio, incoado por José Rafael Natera T., en su carácter de apoderado judicial del ciudadano Mario Fernando Cabrera García contra Doritza Mercedes Yánez Guevara. Vista la medida solicitada este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 22 de la Ley de Venta con Reserva de Dominio, decreta medida preventiva de secuestro, sobre el vehículo identificado así: Clase: AUTOMOVIL; Marca: MITSUBISHI; Modelo: LANCER GLX; Tipo: SEDAN; Color: GRIS; Año: 2012; Serial de Carrocería: 8X1STCS38CB002340; Serial del Motor: KP2387; Uso: PARTICULAR; Placas: AB790NB; a tales efectos se ordena comisionar suficientemente a cualquier Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar. El demandante deberá consignar caución conforme a lo dispuesto en la citada disposición legal, por la cantidad de cien mil bolívares con cero céntimos (Bs. 100.000,00) para que el Tribunal pueda acordar el depósito en su persona. Se ordena oficiar lo conducente a Cualquiera Autoridades Civiles y/o Militares del Estado Bolívar, para que proceda a la detención administrativa del vehículo antes mencionado. Líbrese la comisión y los oficios correspondientes.
El Juez,

Abg. Manuel Alfredo Cortés.
La Secretaria Temporal,


Abg. Indira Díaz.

MAC/aji
Asunto: FH02-X-2014-000012
Resolución Nº PJ0192014000102