REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR
ASUNTO: FP02-R-2014-000177
El 14 de Mayo de 2014 fue presentada por la Unidad de Recepción de Demandas y Documentos (URDD) y recibida en esa misma fecha, diligencia suscrita por la profesional del derecho María Monterrey, en su condición de coapoderada del ciudadano Chaoquan Zheng parte demandada, mediante la cual apela del auto de admisión de pruebas dictado por este Tribunal en fecha 13 de Mayo de 2014 el cual riela desde el folio 62 al 64 en el juicio de Oferta Real incoado por Yanitza Margarita Rodríguez, de la cual desiste mediante diligencia de fecha 16 de mayo de 2014, por cuanto la misma fue formulada por error involuntario de la apelante.
Por las razones expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, y en atención al pedimento contenido en el referido desistimiento y de conformidad con el artículo 282 del Código de Procedimiento Civil, da por consumado el acto y procede, en consecuencia, a homologar el desistimiento de la apelación planteada.-
Dese por terminado el recurso de apelación Nº FP02-R-2014-177.
Publíquese, regístrese y déjese copia de la presente decisión en el Tribunal.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Audiencia de este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en Ciudad Bolívar, a los veintitrés días del mes de Mayo de dos mil catorce. Años 204° de la Independencia y 155º de la Federación.-
El Juez,
Abg. Manuel Alfredo Cortés
La Secretaria Temporal,
Abg. Indira Díaz Jaspe.
MAC/IDJ/tgsdm.-
c.c. Archivo.-
RESOLUCION Nº PJ0192014000110
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