REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO OCTAVO (8º) DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN,
MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL
SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR.
EXTENSIÓN TERRITORIAL PUERTO ORDAZ

Puerto Ordaz, 20 de mayo de 2014
Años: 203º y 155º
Nº DE EXPEDIENTE: FP11-L-2013-000264
PARTE ACTORA: DANIEL OROZCO, RENIS LOROÑO, ELISEO MORENO, ASDRUBAL RAMIREZ, YOHANSER TRIBIÑO, SIMON GONZALEZ, YLBER BRIZUELA, LARRISON GUTIERREZ, WILFREDO ROJAS, FRANCISCO FAJARDO, CESAR RODRIGUEZ, JESUS MALAVE y JUAN LORETO, venezolanos, mayores de edad, portadores de las cédulas de identidad personal Nos. V-19.804.051, V-22.838.100, V-19.804.270, V-19.730.515, V-17.381.134, V-20.557.052, V-17.764.727, V-18.515.771, V-20.300.669, V-17.885.396, V-19.800.386, V-18.513.846 y V-18.170.868, respectivamente, de este domicilio.-
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: FREDDLYN MORALES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº: 108.483.
PARTE DEMANDADA: PROTECCIÓN 2010, C. A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: LUIS TABATA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº: 49.535.
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE BENEFICIOS DERIVADOS DE LA RELACIÓN LABORAL

ACTA DE PROLONGACIÓN DE AUDIENCIA PRELIMINAR

En horas de audiencia del día de Hoy, 20 de mayo de 2014, siendo las 9:00 de la mañana, fecha y hora fijada para que tenga lugar LA PROLONGACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR en la presente causa, fue anunciada a las puertas del Tribunal a viva voz haciendo el llamado tres (3) veces en la Sala de Alguaciles de este Circuito Laboral a viva voz, y a tal efecto se deja expresa constancia de la incomparecencia de la parte actora los ciudadanos DANIEL OROZCO, RENIS LOROÑO, ELISEO MORENO, ASDRUBAL RAMIREZ, YOHANSER TRIBIÑO, SIMON GONZALEZ, YLBER BRIZUELA, LARRISON GUTIERREZ, WILFREDO ROJAS, FRANCISCO FAJARDO, CESAR RODRIGUEZ, JESUS MALAVE y JUAN LORETO, plenamente identificados en autos, quien no comparecieron ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, por otra parte hace acto de presencia el ciudadano abogado en ejercicio LUIS VÍCTOR TABATA PEÑA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 49.535, en su carácter de apoderado judicial de la DEMANDADA, según consta en autos. Por todo lo antes expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Octavo (8º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, se leyó y estando conformes pasan a firmar: siendo las 9:30 de la mañana.
EL JUEZ 8º S. M. E. DEL TRABAJO,





ABG. RAFAEL JIMÉNEZ CHACÓN
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA




APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA

LA SECRETARIA DE SALA